Control de Plazos. CGC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro xx xxxx (10) días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación.
Control de Plazos a) Actualización del Plan de Trabajos: Salvo distinta estipulación en el PCP, dentro de los cinco (5) días contados desde el Inicio de la prestación, el Contratista presentará a EANA para su aprobación la actualización del Plan de Trabajos acompañado en su Oferta en el que constarán los métodos generales, procedimientos, secuencias y tiempos de ejecución de todas las actividades relativas a la prestación. Asimismo, salvo distinta estipulación en el PCP, el Contratista deberá presentar también a la IO, para su aprobación, una actualización trimestral del Plan de Trabajos y la Curva de Inversión o con una frecuencia menor, si ocurrieran hechos que así lo hicieran necesario o si así lo solicitara la Inspección de Obra. La actualización del Plan de Trabajos mostrará los avances reales de cada actividad y efectos de tales avances sobre los plazos de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades y cualquier modificación aprobada en los montos o plazos del Contrato de Obra. Si el Contratista no entregara oportunamente el Plan de Trabajos o sus actualizaciones, EANA podrá aplicar las respectivas sanciones. La aprobación del Plan de Trabajos por la Inspección de Obra no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista.
b) Prórroga de la fecha prevista de terminación: EANA podrá prorrogar la fecha prevista de terminación cuando ordene una modificación o cualquier otra causa justificada que hiciera imposible la terminación de la prestación o una de sus etapas en la fecha prevista de terminación, sin que el Contratista tuviera que adoptar medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes que exigieran al Contratista incurrir en costos adicionales. EANA determinará si debe prorrogarse la fecha prevista de terminación y por cuánto tiempo, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicita una decisión sobre los efectos de una variación o de un trabajo o servicio adicional y proporciona toda la información de respaldo. Si el Contratista no hubiere dado alerta anticipada acerca de alguna demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falta de cooperación no será considerada para determinar la nueva fecha prevista de terminación. El Contratista adecuará su labor para cumplir con el plazo establecido, aunque deba trabajar en días u horas inhábiles. Si el Contratista dispone trabajar en esos días u horas lo hará a su exclusiva xxxxx e informará a l...
Control de Plazos. Programa Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. En contratos a suma alzada, las actividades incluidas en el programa deberán ser consistentes con las actividades incluidas en el Calendario de Actividades. El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa a intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. En caso de contratos a suma alzada, el Contratista deberá proveer un Calendario de Actividades actualizado dentro de los 14 días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras lo haya requerido. La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los eventos compensables.
Control de Plazos. CGC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro de quince (15) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación.
Control de Plazos. Uno. PROGRAMA: Dentro de treinta (30) días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación de la oferta, el Contratista presentará al Contratante, para su aprobación, un Programa actualizado que tome como base el presentado en la Oferta en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. Dos. El Programa recogerá las estimaciones de pago actualizadas que serán aquellas que reflejen los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. Tres. El Contratista deberá presentar al Supervisor para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecido de treinta (30) días. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Contratante podrá retener el diez por ciento (10%) del pago parcial correspondiente al avance físico del periodo (Sección V de dichos términos de referencia), del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. Cuatro. La aprobación del Programa por el Contratante no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Contratante en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.
Control de Plazos. CGC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Supervisor dentro de quince (15) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación.
CGC 27.3 Los plazos entre cada actualización del Programa serán de sesenta (60) días. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de L.1,000.00 por día.
Control de Plazos. El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro de 5 días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación.
Control de Plazos. El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro de 15 días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación.
Control de Plazos. B.1 El Supervisor de Obra delegado del Departamento de Infraestructura Civil del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS), podrá ordenar al Contratista la suspensión en la iniciación o avance de cualquier actividad comprendida en la Obra, lo cual no dará lugar a ninguna compensación económica por el atraso generado.
Control de Plazos. CGC 26.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Supervisor de Obras dentro de ocho (8) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación.