Control de la Calidad CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses contados a partir de la Fecha de Terminación.
CONTROL DE CALIDAD 9.3.1. El control de calidad comprende el conjunto de acciones, actividades y técnicas necesarias para proveer confianza suficiente de que el material, el equipo, la obra o el servicio objeto del Contrato cumplirán satisfactoriamente las condiciones requeridas por ENEL y, en su caso, por las normas técnicas correspondientes. 9.3.2. El Proveedor será el único responsable del control de calidad, independientemente de los controles y pruebas que efectúe o exija ENEL por sus propios medios o por los de un tercero. Estos ensayos no alterarán la plena responsabilidad que exclusivamente le corresponde al Proveedor. 9.3.3. Antes de iniciar el proceso de fabricación, o la realización de la obra o servicio contratado, el Proveedor presentará, a requerimiento de ENEL, para su aprobación, un Plan de Control de Calidad. 9.3.4. Una vez presentado el Plan de Control de Calidad mencionado, ENEL podrá formular objeciones al mismo durante un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su presentación a ENEL, siempre por motivos justificados, y el Proveedor deberá obligarse a modificarlo con la debida diligencia, realizando las correcciones necesarias de acuerdo con las objeciones indicadas por ENEL. 9.3.5. Durante la ejecución del Contrato, el Proveedor dará la más estricta y rigurosa observancia a lo establecido en su Sistema de Aseguramiento de la Calidad y Plan de Control de Calidad aprobados por ENEL, quien se reserva el derecho a efectuar las auditorías necesarias para comprobar su cumplimiento. 9.3.6. Al concluir la ejecución del Contrato, el Proveedor entregará a ENEL, para su aprobación, un informe final de Control de Calidad, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en el Contrato y en el Plan de Control de Calidad aprobado. 9.3.7. El cumplimiento de estas condiciones de control de calidad no exime al Proveedor, en ningún caso, de su responsabilidad por la incorrecta ejecución del Contrato.
Expediente Registro Fecha Documento Folios Asunto Destino 00421258 00592367 10/08/2017 OFICIO 001643--GRU-GGR-GRI 001 PAGO DE VALORIZACION Nº 08 (JULIO 2017) - I.E. Nº 64019 GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA XXXXX XXXXXX XXXXXX. CONSORCIO XXXXX 00420762 00592378 10/08/2017 OFICIO 001644--GRU-GGR-GRI 001 PAGO DE VALORIZACION Nº 07 (JUNIO 2017) - I. E. Nº 65099 OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACION NUEVO AMANECER. CONSORCIO AMANECER 00421274 00592388 10/08/2017 OFICIO 001645--GRU-GGR-GRI 001 PAGO DE VALORIZACION Nº 07 (JULIO 2017) - I. E. Nº 64020 XXXX SUB GERENCIA DE OBRAS - GRI XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX. CONSORCIO UNIDOS LASS 00421735 00592428 10/08/2017 OFICIO 001646--GRU-GGR-GRI 001 SOLICITO OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE A OBRAS SUB GERENCIA DE ESTUDIOS - GRI COMPLEMENTARIAS DE SANEAMIENTO, PROPUESTAS EN EXPEDIENTE TÉCNICO. 00421739 00592430 10/08/2017 OFICIO 001647--GRU-GGR-GRI 001 SOLICITO OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE A OBRAS SUB GERENCIA DE ESTUDIOS - GRI COMPLEMENTARIAS DE SANEAMIENTO, PROPUESTAS EN EXPEDIENTE TÉCNICO. 00412627 00592448 10/08/2017 OFICIO 001648--GRU-GGR-GRI 001 SOLICITO APROBACIÓN DE PLAN DE TRABAJO PARA SUB GERENCIA DE ESTUDIOS - GRI ELABORACIÓN DE ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA - SEDE CENTRAL 00420789 00592464 10/08/2017 OFICIO 001650--GRU-GGR-GRI 001 PAGO DE VALORIZACION Nº 06 SUPERVISIÓN DE OBRA (JULIO OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACION 2017) - I.E. NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA Nº 64353 XXXXXXXX XXXXXX. CONSORCIO CONSULTOR N & G 00421286 00592466 10/08/2017 OFICIO 001651--GRU-GGR-GRI 001 PAGO DE VALORIZACION Nº 06 SUPERVISIÓN DE OBRA (JULIO SUB GERENCIA DE OBRAS - GRI 2017) - INSTALACION DE SS.EE.II. ESCOLARIZADA CC.NN. ALTO CHENCORENI, CHINCHENI, JAVIROSCHI, XXXXXXXX, KATOTENI Y XXXXXX. CONSORCIO SUPERVISOR XXXXXXX 00418451 00592472 10/08/2017 OFICIO 001652--GRU-GGR-GRI 001 SOLICITO CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL PARA FINANCIAR GERENCIA GENERAL REGIONAL GASTOS DERIVADOS DE PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA 00418453 00592473 10/08/2017 OFICIO 001653--GRU-GGR-GRI 001 SOLICITO CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL PARA FINANCIAR GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA GASTOS DERIVADOS DE PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA 00421222 00592474 10/08/2017 OFICIO 001654--GRU-GGR-GRI 001 PAGO DE VALORIZACION Nº 13 (JULIO 2017) - OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACION FORTALECIMIENTO HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLCA. CONSORCIO XXXXXXXXXX Y ASOCIADOS 00419872 00592488 11/08/2017 OFICIO 001655--GRU-GGR-GRI 001 SOLICITO QUE A NIVEL DE ALTA DIRECCIÓN SE DISPONGAN SUB GERENCIA DE ESTUDIOS - GRI ACCIONES PARA APROBACIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE COSTOS DEL EXPEDIENTE TECNICO DE PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA - JR. XXXXXXX XX XXXXXX. 00422242 00592508 11/08/2017 OFICIO 001656--GRU-GGR-GRI 001 REMITO INFORME DE ESTADO SITUACIONAL DE SUB GERENCIA DE OBRAS - GRI INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA AL 00 XX XXXXX XXX 0000. Fecha: 21/08/2019 Hora: 16:25:10
Registros El Contratista deberá llevar registros completos y exactos de todas las mediciones de los Hidrocarburos, debiendo poner a disposición de la CNH copia fiel de los mismos. Adicionalmente, el Contratista deberá entregar los informes que establezca la Normatividad Aplicable.
Control de Plazos CGC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro xx xxxx (10) días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA Concluida la vigencia del contrato, y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de ésta.
Control de Costos CGC 46.2 Si corresponde: La moneda extranjera será la siguiente: No aplica para este caso; toda vez que los trabajos serán contratados y ejecutados dentro del territorio nacional colombiano. La forma y condiciones de pago al Contratista en virtud del Contrato serán las siguientes: EL CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA el valor por el cual le fue adjudicado el contrato (el cual corresponde para este caso al total del presupuesto estimado), por el sistema de precio global fijo sin fórmula de reajuste para la FASE 1; y por el sistema de precios unitarios fijos sin fórmula de reajuste por monto agotable para la FASE 2, así: FASE 1 DISEÑO ARQUITECTÓNICO Y ESTUDIOS TÉCNICOS El noventa por ciento (90%) del valor total de la Fase 1, previo recibo a satisfacción y aprobación por parte de la Interventoría y el Supervisor designado por FONADE y el designado del DNP; de los Productos 1, 2, 3, 4 y 5. El diez por ciento (10%) restante del valor total de la Fase 1, previo recibo a satisfacción y aprobación por parte de la Interventoría y el Supervisor designado por FONADE y el designado del DNP; del Producto 6. Nota 1: Teniendo en cuenta que para la ejecución de la FASE 2, es necesario contar con los resultados de la FASE 1, en caso de presentarse una alternativa técnica y económica más elevada frente al presupuesto estimado que se tiene para realizar la FASE 2, FONADE se reserva el derecho de continuar con su ejecución y por lo tanto podrá dar por terminado el contrato, cancelando a EL CONTRATISTA el valor de la FASE 1 y procediendo con la liquidación del contrato. En el evento en que el valor ofertado para la ejecución de la Fase 2, resulte menor al presupuesto estimado para dicha fase, las partes acordarán la ejecución del proyecto por el valor ofertado. FASE 2 COMPONENTE OBRA CIVIL, ACABADOS, INSTALACIONES HIDRÁULICAS, ELÉCTRICAS, VOZ Y DATOS Y EQUIPOS ESPECIALES. EL CONTRATANTE podrá desembolsar a EL CONTRATISTA, a título de anticipo, treinta por ciento (30%) del valor total del contrato inicial para el componente de obra civil de la Fase 2, una vez se aprueben los Estudios y Diseños por parte de la Interventoría y EL CONTRATANTE contemplados en la Fase 1. El anticipo deberá estar respaldado por garantía bancaria a primer requerimiento, equivalente al cien por ciento (100%) del valor del mismo. (El contratista tendrá la potestad de elegir si requiere o no del anticipo a que se hace referencia. En caso de no ser requerido el valor asignado para este primer pago se distribuirá en los pagos mensuales previstos en los siguientes párrafos). El valor del componente de obra civil de la Fase 2 del proyecto se pagará mensualmente, hasta el noventa por ciento (90%) del valor total de las respectivas actas xx xxxxx mensual e informes de obra, por el sistema de avance de obra, de acuerdo con el cronograma de ejecución aprobado, previa presentación, entrega y aprobación de las mismas a la Interventoría y de la respectiva factura, descontando, en todo caso, el porcentaje del anticipo por amortizar. Y un último pago del valor del componente de obra civil de la Fase 2, correspondiente al saldo xxx xxxx por ciento (10%) del valor total de las actas xx xxxxx de esta Fase, de acuerdo con los trabajos realmente ejecutados y recibidos a satisfacción, se pagará una vez suscrito el acta de recibo final de esta Fase a satisfacción de la Interventoría y de EL CONTRATANTE realizada la entrega total, recibo a satisfacción de todos los componentes, fases y actividades que comprenden el contrato, así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas.
Registro de Licitadores El certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación relativa a la capacidad de obrar, bastanteo del poder, de las declaraciones de no encontrarse incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid y, en su caso, de la certificación acreditativa de encontrarse clasificados para los tipos de contratos a los que pretendan concurrir y de la declaración relativa al compromiso de tener contratados trabajadores con discapacidad. No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos y mesas de contratación al mismo por medios electrónicos, según lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Orden de 19 de enero de 2007, de la Consejería de Hacienda, sobre la presentación telemática de solicitudes en los procedimientos del Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid, la consulta en Internet de los datos registrados y el acceso por medios electrónicos a los certificados de inscripción. El empresario deberá presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores, según el modelo que figura como anexo VIII al presente pliego. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN FECHA ÍTEM MODIFICADO DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO
Devolución y cancelación de la garantía definitiva Aprobada la liquidación del contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y trascurrido, en su caso, el plazo de garantía de los servicios determinado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego, se dictará acuerdo de devolución de aquélla. Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, o seis meses en el caso de que el importe del contrato sea inferior a 100.000 euros, o cuando las empresas licitadoras reúnan los requisitos de pequeña o mediana empresa (definida según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 xx xxxxxx de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado y no estén controladas directa o indirectamente por otra empresa que no cumpla tales requisitos), sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP. En el supuesto de que se hubiesen establecido recepciones parciales, se estará a lo indicado en el apartado 4 del Anexo I al presente pliego respecto de la cancelación parcial de la garantía.