Criterios de Evaluación y Re-Evaluación Cláusulas de Ejemplo

Criterios de Evaluación y Re-Evaluación. El Supervisor del contrato evaluará al contratista durante la ejecución del contrato, dicha evaluación será comunicada al mismo, por parte del supervisor, quien además realizará retroalimentación al contratista, a fin de garantizar que el contrato se ejecute conforme con lo establecido en el mismo. La evaluación constará en el formato GCC- FOR-003 y se realizará semestralmente, si la orden o contrato tiene una duración mínima un (1) año; si su plazo es inferior a un (1) año se efectuará cuando culmine su ejecución. Así mismo, el supervisor realizará la Re-Evaluación al contratista, una vez culminada la ejecución de la orden o el contrato con duración mínima de un (1) año. La Re- Evaluación constará en el formato GCC-FOR-003. Los contratos y ordenes cuyo plazo sea inferior a un (1) año, no requerirán Re-Evaluación. Los criterios para la Evaluación y Re- evaluación son los establecidos en el formato GCC-FOR-003. La contratación de mínima cuantía, es decir la que sea hasta siete (7) SMMLV y los convenios no requieren Evaluación ni Re-Evaluación”.
Criterios de Evaluación y Re-Evaluación. El supervisor del contrato evaluará al contratista durante la ejecución del contrato, la cual será comunicada al mismo por parte del supervisor, quien además realizará retroalimentación al contratista, a fin de garantizar que el contrato se ejecute conforme a lo establecido en el mismo. La Evaluación constará en el formato CNT-FOR-003 y se realizará semestralmente si la orden o contrato tiene una duración mínima un (1) año; si su plazo es inferior a un (1) año se efectuará cuando se cumpla la mitad del plazo pactado. Así mismo, el supervisor realizará la Re-Evaluación al contratista una vez culminada la ejecución de la orden o el contrato, quien comunicará y retroalimentará al contratista sobre la ejecución del contrato. La Re-Evaluación constará en el formato CNT-FOR- 003. Los criterios para la Evaluación y Re-evaluación son los establecidos en el formato CNT-FOR-003.

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  • Metodología de Evaluación La máxima autoridad o su delegado realizará la evaluación de los documentos solicitados como requisitos mínimos, sobre la base de la metodología cumple/no cumple, con los oferentes que cumplan las condiciones establecidas en el pliego, serán puntuados atendiendo requisitos de inclusión: por asociatividad y criterios de igualdad; así como por parámetros de calidad.

  • FACTORES DE EVALUACIÓN La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos. Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente:

  • Informe de Evaluación A más tardar treinta (30) Días contados a partir de la terminación del Período de Evaluación para cualquier Descubrimiento, el Contratista deberá entregar a la CNH un informe de todas las actividades de Evaluación llevadas a cabo durante dicho Período de Evaluación, de conformidad con la Normatividad Aplicable.

  • Criterios de Evaluación y Calificación Esta sección detalla los criterios que se utilizarán para establecer la oferta evaluada como la más baja y las calificaciones que deberá poseer el Oferente para ejecutar el contrato.

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices Financieros 2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas

  • DE LA ETAPA DE EVALUACIÓN 8.1. Evaluación de Curricular Documentado

  • Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: [indicar la dirección precisa incluyendo el número de oficina] Fecha: [indicar la fecha]; Hora: [indicar la hora] IAO 25.1 Se agrega: Vista de actuaciones En todo procedimiento competitivo de contratación, una vez obtenido el pronunciamiento de la Comisión Asesora de Adjudicaciones y antes de la adjudicación o rechazo de las ofertas por apartamiento de las normas o condiciones preestablecidas, la Administración deberá dar vista del expediente a los oferentes, excepto de aquella información de carácter confidencial contenida en las ofertas respecto de la cual se haya dado cumplimiento a la normativa vigente en la materia para ser considerada como tal (Ley N° 18.381 y Arts. 28 a 32 del Decreto N° 232/010) debiendo haber sido presentadas en ese carácter (Art. 10 Ley N° 18.381). A tales efectos, se pondrá el expediente de manifiesto por el término de cinco días, notificándose a los interesados dentro de las veinticuatro horas de dispuesto el trámite aludido. Los oferentes podrán formular por escrito, dentro del primer plazo establecido en el inciso precedente, las consideraciones que les merezca el proceso cumplido hasta el momento y el dictamen o informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones. No será necesario esperar el transcurso de este plazo si los interesados expresaran que no tienen consideraciones que formular. Los escritos o impugnaciones que se formulen en esta etapa por los interesados serán considerados por la Administración como una petición, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 30 y 318 de la Constitución de la República a tener en cuenta al momento de dictar resolución de adjudicación, y respecto de cuya petición debe existir informe fundado. El interesado remitirá copia del escrito o impugnación presentada al Tribunal de Cuentas, disponiendo de un plazo de cuarenta y ocho horas a tales efectos. IAO 28 28.1 Se sustituye la redación de la clausula 28.1 de las Instrucciones a los Oferentes por: Cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio que no modifique el precio total que figura en letras en el formulario de oferta, el cual no se podrá modificar. 28.2 No aplica

  • CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.