CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES. FIDUAGRARIA S.A. en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, evaluará únicamente las ofertas de los Proponentes que hayan acreditado la totalidad de requisitos habilitantes definidos en los términos de referencia de la presente invitación, y que no se hallen incursas en ninguna de las causales de rechazo descritas. La calificación de las propuestas se efectuará a través de los factores técnicos y de experiencia, el cual se realizará dentro de la fecha establecida para el efecto en el cronograma que rige el presente proceso. El puntaje máximo asignable a las Propuestas presentadas, que cumplan con los requisitos habilitantes exigidos en el presente documento, será de cien (100) puntos, distribuidos de la siguiente manera: Experiencia Especifica Proponente 60 Experiencia General y Especifica del Coordinador o Profesional Social, según aplique. 40 La calificación de cada uno de los factores, se realizará según los siguientes criterios:
CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PROPONENTES. FIDUAGRARIA S.A. en calidad de vocera y administradora del Patrimonio Autónomo VISR, evaluará únicamente las ofertas de los Proponentes que hayan acreditado la totalidad de requisitos habilitantes definidos en los términos de referencia de la presente invitación, y que no se hallen incursas en ninguna de las causales de rechazo descritas. Tratándose de un proceso de selección de consultoría en donde la experiencia mínima del proponente constituye condición habilitante y no puntuable, el criterio de selección del proponente estará dado bajo la experiencia adicional de acuerdo con los siguientes criterios y tendrá un puntaje máximo de NOVECIENTOS (900) puntos de acuerdo con los siguientes criterios: 3.7.1. EXPERIENCIA ESPECÍFICA ADICIONAL DEL PROPONENTE Experiencia adicional MAYOR a la MINIMA REQUERIDA como criterio habilitante en interventoría de soluciones de Vivienda de Interés Social Rural (VISR) 1.5 ≤ (Numero de VISR MINIMO REQUERIDO COMO HABILITANTE) 500 1.3≤(Numero de VISR MINIMO REQUERIDO COMO HABILITANTE) < 1.5 veces 300 1.1 ≤(Numero de VISR MINIMO REQUERIDO COMO HABILITANTE) < 1.3 veces 200 El puntaje maximo que podrá obtener un proponente sera de quinientos (500) puntos para este criterio. 3.7.2. CRITERIO DE EXPERIENCIA ADICIONAL EQUIPO PROFESIONAL Para el caso del Director de Interventoría, los criterios de experiencia adicional se evaluaran de conformidad con la siguiente tabla: EXPERIENCIA ADICIONAL EQUIPO PROFESIONAL – DIRECTOR DE INTERVENTORÍA 300 Experiencia del Director de Interventoría en proyectos con más de 500 unidades de vivienda VISR 200 Experiencia del Director de Interventoría > a 15 años 100 Experiencia del Director de Interventoría en proyectos con unidades de vivienda VISR entre 200 y 500. 100 Experiencia del Director de Interventoría ≤ a 15 años 50 TOTAL PUNTAJE MÁXIMO 300 El puntaje maximo que podrá obtener un proponente sera de trescientos (300) puntos para este criterio. Para el caso del Coordinador de residentes de interventoría, los criterios de experiencia adicional se evaluaran de conformidad con la siguiente tabla: CRITERIO PUNTAJE EXPERIENCIA ADICIONAL EQUIPO PROFESIONAL – COORDINADOR DE RESIDENTES DE INTERVENTORÍA Experiencia del Coordinador de residentes de Interventoría en proyectos con unidades de vivienda VISR mayor a 500. 100 Experiencia del Coordinador de residentes de Interventoría en proyectos con unidades de vivienda VISR entre 200 y 500. 50 TOTAL PUNTAJE MÁXIMO 100 El puntaje maximo que podrá obtener un propo...

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  • Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o su clasificación de conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la cláusula 1. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 6 de la cláusula 1. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP.

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  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

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  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

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