CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS. El CDTI clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, atendiendo a los criterios de valoración objetivos señalados en el presente Pliego de Condiciones, adjudicando el contrato a la proposición económicamente más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de la misma, en los términos establecidos en el artículo 150 del TRLCSP. Las propuestas recibidas se calificarán de 0 a 100 puntos, según los siguientes crite- xxxx de valoración: A) Ponderación de la oferta económica en la valoración final: 40% Se aplicará el máximo número de puntos representados por los criterios eco- nómicos al licitador que presente la oferta económicamente más baja, siempre y cuando no se consideren valores anormales o desproporcionados. Se considerarán desproporcionadas o anormales aquellas ofertas que se en- cuentren por debajo del 20% de la media. Todas las demás ofertas serán evaluadas y puntuadas en relación a esta oferta de coste más bajo, siguiendo una proporción lineal. B) Ponderación de la oferta técnica en la valoración final: Criterios a considerar en la valoración técnica: 60% - Calidad técnica de las instalaciones y nivel de adecuación de los servicios ofre- cidos: 40% - Proximidad a Madrid y facilidad de acceso: 20% La fórmula para la asignación de puntos para la oferta económica será la siguiente: Puntos.of: Puntuación asignada a cada oferta Max.P= Máximo de puntos a asignar Pof=Precio de oferta sin IVA Pb=Precio más bajo de las ofertas presentadas no consideradas desproporcionadas o anormales, sin IVA La puntuación final será la suma de las obtenidas en los apartados A y B. Con la pun- tuación de cada una de las ofertas se construirá una tabla de resultados ordenada de mayor a menor puntuación. En el supuesto de igualdad de puntuación, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta recibida que presente el precio más bajo.
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Samples: Contract for Services
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS. El CDTI clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadasLa Cámara de Badajoz, atendiendo propondrá la adjudicación a la empresa que obtenga mayor puntuación sobre la base de los criterios objetivos de valoración objetivos señalados en el presente Pliego adjudicación cuantificables mediante la mera aplicación de Condiciones, adjudicando el contrato a la proposición económicamente más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de la misma, fórmulas en los términos establecidos en el artículo 150 del TRLCSPeste apartado. Las propuestas recibidas proposiciones se calificarán de 0 valorarán xx XXXX (0) a 100 CIEN (100) puntos, según los siguientes crite- xxxx de valoración:
A) Ponderación de la oferta económica en la valoración final: 40% Se aplicará el máximo número de puntos representados por conforme a los criterios eco- nómicos al licitador que presente se indican a continuación. Los criterios técnicos y económicos que se evaluarán para determinar la oferta económicamente más bajaventajosa a la que se adjudicará el contrato son los siguientes: Obtendrá mejor puntuación la propuesta económicamente más ventajosa, siempre y cuando que será la que mayor número de puntos acumule. Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula: P= X * min. of Donde P es la puntuación obtenida. X es la máxima cantidad que puntos que pueden obtenerse en este apartado min es la oferta más baja de entre todas las presentadas. Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora La Cámara de Badajoz podrá declarar el procedimiento de contratación desierto si las ofertas no se consideren valores anormales reúnen, a su juicio, las condiciones mínimas en cuanto a proyecto técnico o desproporcionadosidoneidad en los precios ofertados. Se considerarán desproporcionadas o anormales aquellas ofertas que se en- cuentren por debajo del 20% de valorará atendiendo a la media. Todas las demás ofertas serán evaluadas y puntuadas en relación a esta oferta de coste más bajo, siguiendo una proporción lineal.
B) Ponderación de la oferta técnica en la valoración final: Criterios a considerar en la valoración técnica: 60% - Calidad técnica de las instalaciones y nivel de adecuación calidad de los servicios ofre- cidosmateriales, los procesos de fabricación y controles de calidad sobre los mismos, su durabilidad así como medidas adicionales que mejoren la durabilidad de los mismos: 40% - Proximidad a Madrid 30 puntos. Se valorará el servicio postventa atendiendo al personal, tiempo de respuesta, periodos de garantía y facilidad la acreditación de accesoexistencia de material y/o repuestos de sustitución y reparación: 20% La fórmula para la asignación de puntos para la oferta económica será la siguiente: Puntos.of: Puntuación asignada a cada oferta Max.P= Máximo de puntos a asignar Pof=Precio de oferta sin IVA Pb=Precio más bajo de las ofertas presentadas no consideradas desproporcionadas o anormales, sin IVA La puntuación final será la suma de las obtenidas en los apartados A y B. Con la pun- tuación de cada una de las ofertas se construirá una tabla de resultados ordenada de mayor a menor puntuación15 puntos. En todo caso, La Cámara se reserva el supuesto derecho a declarar desierto el procedimiento de igualdad contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible y sin perjuicio de puntuación, tendrá preferencia los casos en la adjudicación la oferta recibida que presente el precio más bajoproceda renunciar o desistir del mismo.
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CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS. El CDTI clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas, atendiendo a los criterios de valoración objetivos señalados contrato se adjudicará quien presente la mejor oferta. Para ello se tomará en el presente Pliego de Condiciones, adjudicando el contrato a consideración la proposición económicamente oferta económica que sea más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de la misma, en los términos establecidos en acuerdo con el artículo 150 del TRLCSPsiguiente criterio: Oferta económica. Las propuestas recibidas se calificarán de 0 a Hasta 100 puntos, según los siguientes crite- xxxx : Regla para la valoración económica del precio global: La puntuación máxima se concederá a la empresa con mejor propuesta económica resultante de valoración:
A) Ponderación aplicar la siguiente fórmula: 𝑿 ∗ 𝒎𝒊𝒏 𝑶𝒇 Donde: P es la puntuación obtenida X es la mayor cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado Min es la oferta económica en más baja de todas las presentadas Of es la valoración final: 40% Se aplicará el máximo número de puntos representados por los criterios eco- nómicos oferta correspondiente al licitador que presente la oferta económicamente más baja, siempre y cuando no se consideren valores anormales o desproporcionadosvalora Criterios de desempate. Se considerarán desproporcionadas o anormales aquellas ofertas que se en- cuentren por debajo del 20% En caso de la media. Todas las demás ofertas serán evaluadas y puntuadas en relación a esta oferta de coste más bajo, siguiendo una proporción lineal.
B) Ponderación de la oferta técnica empate en la valoración finalpuntuación obtenida por dos o más licitadores, éste se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas: Criterios a considerar - Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la valoración técnica: 60% - Calidad técnica de las instalaciones y nivel de adecuación de los servicios ofre- cidos: 40% - Proximidad a Madrid y facilidad de acceso: 20% La fórmula para la asignación de puntos para la oferta económica será la siguiente: Puntos.of: Puntuación asignada a cada oferta Max.P= Máximo de puntos a asignar Pof=Precio de oferta sin IVA Pb=Precio más bajo de las ofertas presentadas no consideradas desproporcionadas o anormales, sin IVA La puntuación final será la suma de las obtenidas en los apartados A y B. Con la pun- tuación plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla. - Menor porcentaje de contratos temporales en plantilla de cada una de las empresas. - Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas. - El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar al desempate. La documentación acreditativa de los criterios de desempate a que se refiere el presente apartado será aportada por los licitadores en el momento que se produzca el empate y no con carácter previo. -Ofertas anormalmente bajas. El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas anormales. A tal efecto, se construirá una tabla considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones que se encuentran en los siguientes supuestos:
a) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de resultados ordenada licitación en más de mayor 25 unidades porcentuales.
b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a menor puntuaciónla otra oferta.
c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
d) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de igualdad las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobe las tres ofertas de puntuaciónmenor cuantía. Cuando se identifique una proposición que se encuentre incursa en presunción de anormalidad, tendrá preferencia se dará audiencia al licitador que la haya presentado para que, en un plazo máximo de 72 horas a contar desde el día siguiente a dicha notificación (sin contar sábados y festivos), justifique y desglose razonada y detalladamente el bajo nivel de precios, o de costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de aquella información y documentación que resulten pertinentes a estos efectos. En particular, deberá presentar la justificación de los bajos costes en lo que se refieren a los siguientes valores:
a) El ahorro que permita el procedimiento de fabricación, los servicios prestados o el método de construcción,
b) Las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables que disponga para ejecutar la prestación,
c) La innovación y la originalidad de las soluciones propuestas,
d) El respeto de obligaciones que resulten aplicables en materia medioambiental, social o laboral, y de subcontratación, no siendo justificables precios por debajo xx xxxxxxx.
e) O la posible obtención de una ayuda de Estado. El área gestora que promueva la contratación evaluará toda la información y documentación proporcionada por el licitador en plazo y, elevará de forma motivada la correspondiente propuesta de aceptación o rechazo al órgano de contratación. De considerar el órgano de contratación que efectivamente la oferta es anormalmente baja podrá determinar su exclusión. Cuando el licitador que hubiese estado en presunción de anormalidad resultara adjudicatario de la licitación, la Cámara de Comercio de España establecerá los mecanismos adecuados para realizar el seguimiento pormenorizado de la ejecución del mismo, con el objetivo de garantizar la correcta ejecución del contrato sin que produzca una merma en la adjudicación la oferta recibida que presente el precio más bajocalidad de los servicios contratados.
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CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OFERTAS. El CDTI clasificará Se adjudicará a la entidad ofertante que obtenga la mayor puntuación en calidad-precio de los distintos criterios a valorar, tanto los técnicos como económicas. La aplicación de los criterios que dependan de juicios de valor se evaluará por orden decreciente las proposiciones presentadasla mesa o los servicios dependientes del órgano de contratación y se valorarán xx XXXX (0) a CIEN (100) puntos, atendiendo conforme a los criterios que se indican a continuación: ⇨ Criterios cuantificables mediante juicio de valor: se valorará la calidad de la propuesta técnica hasta un máximo de 25 puntos: - Contenido de la acción formativa elaborada - Requisitos de la plataforma de teleformación conforme al presente documento - Funcionalidad y seguimiento de la plataforma puesta a disposición del contrato - Informes de ejecución del contrato ⇨ Criterios cuantificables mediante fórmulas, con un máximo de 75 puntos: La presentación de la oferta en la que licita la entidad debe estar detallada en el Anexo II, con una puntuación máxima de 50 puntos. La oferta económica más ventajosa, será según criterio de valoración objetivos señalados del precio mediante la siguiente formula: P= X*min. Of. P = es la puntuación obtenida. X = es la máxima cantidad que puntos que pueden obtenerse en el presente Pliego este apartado (máximo 50 puntos) Min = es la oferta más baja de Condicionesentre todas las presentadas. Of. = es la oferta correspondiente al licitador que se valora. Este precio deberá establecerse en condiciones xx xxxxxxx, adjudicando el contrato pudiendo las propuestas ser calificadas como “bajas temerarias” y ser desestimadas. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones que se encuentren en algunos de los siguientes supuestos: -Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. -Cuando concurran dos licitadores, las que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales, a la otra oferta. -Cuando concurran tres licitadores o más las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha medida la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media, En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. En estos supuestos, CEHE, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta tres días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada. En caso de que el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida, se acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa. Por otro lado, sin atender exclusivamente al precio de la misma, en los términos establecidos en el artículo 150 del TRLCSP. Las propuestas recibidas se calificarán de 0 a 100 puntos, según los siguientes crite- xxxx de valoración:
A) Ponderación de la oferta económica en la valoración final: 40% Se aplicará el máximo número de puntos representados por los criterios eco- nómicos al licitador que presente la oferta económicamente más baja, siempre y cuando no se consideren valores anormales o desproporcionados. Se considerarán desproporcionadas o anormales aquellas ofertas que se en- cuentren por debajo del 20% de la media. Todas las demás ofertas serán evaluadas y puntuadas en relación a esta oferta de coste más bajo, siguiendo una proporción lineal.
B) Ponderación de la oferta técnica en la valoración final: Criterios a considerar en la valoración técnica: 60% - Calidad técnica de las instalaciones y nivel de adecuación aportación de los servicios ofre- cidos: 40% - Proximidad a Madrid Certificados de Calidad y facilidad de acceso: 20% La fórmula para la asignación de puntos para la oferta económica será la siguiente: Puntos.of: Puntuación asignada a cada oferta Max.P= Máximo de puntos a asignar Pof=Precio de oferta sin IVA Pb=Precio más bajo de las ofertas presentadas no consideradas desproporcionadas o anormales, sin IVA La puntuación final será la suma de las obtenidas en los apartados A y B. Con la pun- tuación de cada una de las ofertas se construirá una tabla de resultados ordenada de mayor a menor puntuación. En el supuesto planes de igualdad tendrá la siguiente puntuación: Aportación del certificado de puntuación, tendrá preferencia en la adjudicación la oferta recibida que presente el precio más bajo.calidad ISO 90001 5 PUNTOS Aportación del certificado de calidad ISO 14001 5 PUNTOS Aportación del certificado de calidad ISO 27001 5 PUNTOS PLAN DE IGUALDAD 10 PUNTOS
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Samples: Contract for the Development of Virtual Learning Content and Leasing of an E Learning Platform