CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. 5.1. Criterios generales de evaluación.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que el FINAFIM y el FOMMUR tomarán en consideración, son los siguientes:
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que LA CONVOCANTE tomará en consideración, son los siguientes:
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. 25 5.1. CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN. 25
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que el IPAB tomará en consideración, son los siguientes:
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que la CNBV tomará en consideración, son los siguientes:
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que la SHCP tomará en consideración, son los siguientes:
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que La Secretaría y el Sector Coordinado tomarán en consideración, son los siguientes:
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. 5.1. Criterios generales de evaluación. y Materiales del PRONAFIM, revisarán las propuestas económicas de cada licitante, debiendo verificar las operaciones aritméticas de las propuestas recibidas.
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES. Los criterios de evaluación que la AEFCM tomará en consideración, son los siguientes: