De las Operaciones del Contratista con Terceros. El Contratista se obliga a incluir en todas sus operaciones con terceros, vinculadas con este Contrato e incluyendo entre otros, la procura de bienes y servicios y la comercialización de los Hidrocarburos que le correspondan como Contraprestación, una disposición que establezca que cuando así se le solicite por el Fondo, la Secretaría de Hacienda, o la CNH, dicho tercero estará obligado a entregar directamente al solicitante la información sobre sus operaciones con el Contratista por virtud del Contrato.
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Samples: Contrato Para La Extracción De Hidrocarburos, Contrato Para La Extracción De Hidrocarburos Bajo La Modalidad De Licencia, Contrato Para La Extracción De Hidrocarburos Bajo La Modalidad De Producción Compartida