Costos Cláusulas de Ejemplo
Costos. El proponente asumirá todos y cada uno de los costos relacionados con la preparación y/o presentación de la Propuesta, independientemente de si su Propuesta resulta seleccionada o no. El PNUD en ningún caso será responsable por dichos costos, independientemente de la modalidad o del efecto del proceso de contratación.
Costos. El tribunal arbitral fijará en el laudo los costos del arbitraje. Los costos del arbitraje comprenden:
a. Los honorarios y gastos del tribunal arbitral.
Costos. Los costos que ocasione la legalización del presente contrato, estarán a cargo del CONTRATISTA.
Costos. Cualquier costo que se cause con ocasión de la celebración o prorroga de este Contrato, incluyendo el impuesto de timbre, será sumido en su integridad por el Arrendatario.
Costos. El uso de la(s) tarjeta(s) estará(n) sujetos a los siguientes costos: Costo por emisión de la tarjeta, será cobrado por LA COOPERATIVA Y/O EMISOR por una sola vez, un valor que ha sido previamente conocido y aceptado por EL (LOS) TARJETAHABIENTE(S), valor que será debitado por adelantado de la cuenta DEL (LOS) TARJETAHABIENTE(S) en la fecha de suscripción de este contrato. Una vez que LA COOPERATIVA Y/O EMISOR hubiere emitido la tarjeta y efectuado el débito en la cuenta DEL (LOS) TARJETAHABIENTE (S) por el costo de esta, dicho valor no será reembolsado, aún en el caso de que EL (LOS) TARJETAHABIENTE(S) no retire(n) dicha tarjeta, o que la misma se encuentre bloqueada, o que esté inactiva; Costo por renovación del plástico, EL (LOS) TARJETAHABIENTE(S) autoriza(n) expresamente a LA COOPERATIVA Y/O EMISOR a efectuar el débito correspondiente al costo por renovación por plástico; Costo por reposición, EL (LOS) TARJETAHABIENTE(S) autoriza(n) expresamente a LA COOPERATIVA Y/O EMISOR a efectuar el débito correspondiente al costo por reposición de la tarjeta en caso de extravío o pérdida; y En cuanto al costo por las transacciones que se efectúen a través de los cajeros propios de LA COOPERATIVA Y/O EMISOR o de terceros, EL (LOS) TARJETAHABIENTE (S) reconocerá(n) por su uso un costo que es previamente conocido y aceptado por EL (LOS) TARJETAHABIENTE(S), costo que en caso de variar será puesto en conocimiento del EL (LOS) TARJETA HABIENTE(S). El valor que la institución podrá cobrar a EL (LOS) TARJETAHABIENTE(S) por estos servicios, será los establecido por el organismo de control respectivo y que formará parte integrante de este contrato.
Costos. “LAS PARTES” convienen en que cada una de ellas se hará cargo y absorberá la totalidad de los recursos en que incurra con motivo de la ejecución de las acciones de colaboración estipuladas en “EL CONVENIO”.
Costos. Todos los pagos por concepto de impuestos, estampillas, retención en la fuente y otros establecidos por las disposiciones legales vigentes serán de cuenta del Contratista. CLÁUSULA VIGÉSIMA.-PAGO DE APORTES: EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando su vinculación se exija de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal. PARÁGRAFO PRIMERO: El incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se de el cumplimiento, previa verificación de la xxxx mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando durante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe la persistencia de este incumplimiento, por cuatro (4) meses la entidad estatal dará aplicación a la cláusula excepcional de caducidad administrativa.
Costos. El Adjudicatario será responsable de todos los costos incurridos por él o a su nombre en relación con el ejercicio de los Derechos, excepto, en los casos en los que expresamente se establezca lo contrario en el presente contrato.
Costos. El Patrocinador será responsable de todos los costos incurridos por él o a su nombre en relación con el ejercicio de los Derechos, excepto, en los casos en los que expresamente se establezca lo contrario en el presente contrato.
Costos. PARA PRESENTAR EXÁMENES ES REQUISITO INDISPENSABLE estar al corriente en el pago de las cuotas de colegiaturas, SI ADEUDAN EL MES EN QUE SE APLICAN NO SE APLICARÁ EL EXAMEN.