DECLARATORIA DE DESIERTA. La DNDA declarará desierto totalmente el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición. La DNDA declarará desierto el presente proceso de selección cuando: condiciones. propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
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Samples: Public Contract
DECLARATORIA DE DESIERTA. La DNDA declarará desierto totalmente el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición. La DNDA declarará desierto el presente proceso de selección cuando: condiciones. existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
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Samples: Public Contract
DECLARATORIA DE DESIERTA. La DNDA declarará desierto totalmente el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición. La DNDA declarará desierto el presente proceso de selección cuando: No se presenten ofertas. Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el pliego de condiciones. Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
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Samples: Contract for Services
DECLARATORIA DE DESIERTA. La DNDA Secretaría Distrital de Gobierno declarará desierto totalmente el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - – SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xxII. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición. La DNDA Secretaría Distrital de Gobierno declarará desierto el presente proceso de selección cuando: • No se presenten ofertas. • Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el pliego de condiciones. • Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 numnúm. 18 de la Ley 80 de 1993.
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Samples: Pliego De Condiciones
DECLARATORIA DE DESIERTA. La DNDA declarará desierto totalmente el presente proceso dentro del plazo previsto para adjudicar, cuando entre las propuestas presentadas no se logre adjudicar a ninguna el contrato ofrecido, ya sea porque las propuestas no cumplan con las condiciones para ser adjudicatarias, porque no se presenten ofertas, o por cualquier otra causa que impida la selección objetiva. La declaratoria de desierto del proceso, se hará mediante acto motivado conforme lo establecido en el artículo 25 numeral 18 de la Ley 80 de 1993, el cual se notificará a todos los proponentes y se publicará en el Portal Único de Contratación- Sistema Electrónico de la Contratación Pública - SECOP xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. Contra dicho acto procede únicamente el recurso de reposición. La DNDA declarará desierto el presente proceso de selección cuando: No se presenten ofertas. Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el pliego de condiciones. Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
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