Common use of DEDUCTIVAS Clause in Contracts

DEDUCTIVAS. Se aplicará una deductiva al Proveedor por el cumplimiento parcial o deficiente en el arrendamiento. Dicha deductiva corresponderá del 2% sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable en la CONDUSEF. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP. Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el Proveedor suspenda el arrendamiento por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamiento. En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado del arrendamiento, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones podrá optar por cancelar total o parcialmente el arrendamiento aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicado, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.

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Samples: Contrato Específico Plurianual De Prestación De Servicio Arrendamiento De Equipo De Cómputo Personal Y Periféricos

DEDUCTIVAS. Se aplicará una deductiva al Proveedor proveedor por el cumplimiento incumplimiento parcial o deficiente en el arrendamientoservicio. Dicha deductiva corresponderá será del 2% sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable en la CONDUSEF. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSPLey de Adjudicaciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el Proveedor proveedor suspenda el arrendamiento servicio por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamientoservicio, independientemente de que no se pagaría arrendamiento por el tiempo que dure la suspensión. En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado proveedor del arrendamientoservicio, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones el Administrador del Contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el arrendamiento servicio aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicadoproveedor, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, citada o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica No

DEDUCTIVAS. Se aplicará una deductiva al Proveedor por el cumplimiento parcial o deficiente en el arrendamiento. Dicha deductiva corresponderá del 20.5 al 5% sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable en para el Instituto Mexicano de la CONDUSEFPropiedad Industrial. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP. Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el Proveedor suspenda el arrendamiento por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamiento. En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento cumplimento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado del arrendamiento, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones el Administrador del contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el arrendamiento aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicado, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.

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Samples: www.impi.gob.mx

DEDUCTIVAS. Se aplicará una deductiva al Proveedor por el cumplimiento parcial o deficiente en el arrendamientoservicio. Dicha deductiva corresponderá del 20.5 al 5% sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable en de cada una de la CONDUSEFEntidad. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP. Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el Proveedor suspenda el arrendamiento servicio por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamientoservicio. En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado del arrendamientoservicio, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones el Administrador del contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el arrendamiento servicio aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicado, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional

DEDUCTIVAS. Se aplicará una deductiva al Proveedor por el cumplimiento parcial o deficiente en el arrendamientoarrendamiento (incumplimiento de los niveles de servicio). Dicha deductiva corresponderá del 24% sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo Anexo Técnico por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable en la CONDUSEFal CENACE. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP. Igual porcentaje, se aplicará aplicarán como deductiva en los casos que el Proveedor suspenda el arrendamiento por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamiento. En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado del arrendamiento, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones el Administrador del contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el arrendamiento aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicado, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.

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Samples: Contrato Cerrado Para El Arrendamento en Adhesión Al Contrato Marco Para El Arrendamiento De Equipo De Computo Personal Y Periféricos

DEDUCTIVAS. Se aplicará una deductiva al Proveedor por el cumplimiento parcial o deficiente en el arrendamientoservicio. Dicha deductiva corresponderá será del 23% según la normatividad aplicable de cada Dependencia o Entidad, sobre el monto de la facturación del mes inmediato anterior correspondiente al equipo que no sea sustituido o reparado en los términos y plazos establecidos en el presente anexo por cada día natural de atraso, según la normatividad aplicable en la CONDUSEF. Lo anterior, de conformidad en lo establecido en el artículo 53 bis de la LAASSP. Igual porcentaje, se aplicará como deductiva en los casos que el Proveedor suspenda el arrendamiento servicio por cualquier causa injustificada, esto es fuera de los casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditado y documentado en términos de la normatividad aplicable, por cada día natural que suspenda el arrendamientoservicio, independientemente de que no se pagaría arredramiento por el tiempo que dure la suspensión. En caso de que los conceptos en los que subsistan el cumplimiento parcial o la deficiencia sean equivalentes al importe de la garantía otorgada por el Proveedor adjudicado del arrendamientoservicio, la Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones el Administrador del Contrato podrá optar por cancelar total o parcialmente el arrendamiento servicio aplicando la pena convencional máxima al posible licitante adjudicadoProveedor, lo anterior, en términos del artículo 100 del Reglamento de la Ley antes citada, o bien, optar por rescindir el contrato en término de la Ley.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional