Delegados de Prevención. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. En lo que se refiere a sus competencias y facultades, se estará a lo previsto en el artículo 36 de la Ley 31/1995. Será de aplicación a los Delegados de Prevención lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Prevención 31/1995, en su condición de representantes de los trabajadores. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes de los trabajadores, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo 34 de la Ley 31/1995. En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de 31 a 49 trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal. En las empresas de 50 o más trabajadores los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes de los trabajadores, con arreglo a la escala establecida en el artículo 35, número 2, de la Ley 31/1995.
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Samples: Collective Agreement, Convenio Colectivo Nacional, Collective Bargaining Agreement
Delegados de Prevención. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. En lo que se refiere a sus competencias y facultades, se estará a lo previsto en el artículo 36 de la Ley 31/1995. Será de aplicación a los Delegados de Prevención lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Prevención 31/1995, en su condición de representantes de los trabajadores. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes de los trabajadores, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo 34 de la Ley 31/1995. En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de 31 a 49 trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal. En las empresas de 50 o más trabajadores los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes de los trabajadores, con arreglo a la escala establecida en el artículo 35, número 2, de la Ley 35/1995. En lo que se refiere a sus competencias y facultades, se estará a lo previsto en el artículo 36 de la Ley 31/1995. Será de aplicación a los Delegados de Prevención, en materia de garantías y sigilo profesional, lo previsto en el artículo 37, de la Ley de Prevención 31/1995, en su condición de representantes de los trabajadores.
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Samples: Convenio Colectivo
Delegados de Prevención. Los Delegados 2.1.- En aquellas Empresas en las que exista representación de los Trabajadores, dicho representante, asumirá las funciones de Delegado de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos de trabajo. Tendrán aquellas competencias y facultades previstas en el trabajoart. En lo que se refiere a sus competencias y facultades, se estará a lo previsto en el artículo 36 de la Ley 31/1995. Será 31/1995 y normas complementarias, siéndoles de aplicación a los Delegados de Prevención lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Prevención 31/1995, en su condición de representantes de los trabajadorestrabajadores las mismas garantías que el Art. Los 68 del Estatuto de los Trabajadores, reconoce a los miembros de comité de Empresa y Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes de los trabajadores, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo 34 de la Ley 31/1995. Personal.
2.2.- En las empresas Empresas de hasta 30 trabajadores trabajadores, el Delegado de Prevención Personal, será el Delegado de PersonalPrevención. En las empresas Empresas de 31 a 49 trabajadores trabajadores, habrá un Delegado de Prevención Prevención, que será elegido por y entre los Delegados de Personal. .
2.3.- En las empresas Empresas de 50 o más trabajadores trabajadores, los Delegados de Prevención Prevención, serán designados por y entre los representantes de los trabajadores, trabajadores con arreglo a la escala establecida en el artículo 35, número 2, art. 35.2 de la Ley 31/1995.
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