Derechos y garantías Cláusulas de Ejemplo

Derechos y garantías. A. Ser protegidos contra cualquier acto de usurpación, abuso o injerencia que afecte al libre ejercicio de su función.
Derechos y garantías. Los miembros del Comité de Empresa podrán expresar con libertad sus opiniones en las materias concernientes a la esfera de su representación, pu- diendo publicar y distribuir, con comunicación a la Auto- ridad Portuaria xx Xxxxxxxxx, y sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las informaciones de inte- rés laboral o social. Este derecho se extenderá a poder comunicarse di- rectamente con sus representantes o representados du- rante la jornada laboral, en los términos establecidos en el artículo 64.1.11 del Estatuto de los Trabajadores, previa autorización de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxxxxx y sin que su ejercicio pueda interrumpir la práctica laboral. Si las necesidades del servicio impidieran esta intervención, se fijará el momento adecuado en el plazo de 24 horas. Apertura de expediente contradictorio en el su- puesto de sanciones por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos aparte del interesado, el Comité de Empresa. Prioridad de permanencia en la Autoridad Portua- ria xx Xxxxxxxxx respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por cau- sas tecnológicas o económicas. No ser despedido ni sancionado durante el ejerci- cio de sus funciones ni dentro de los dos años siguien- tes a la expiración de su mandato, salvo en caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del tra- bajador en el ejercicio de su representación, sin perjui- cio, por tanto, de lo establecido en el artículo 54 del Es- tatuto de los Trabajadores. Asimismo no podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su repre- sentación.
Derechos y garantías. 1. Los miembros del Comité de Empresa y los Delegados de Personal, en su caso, podrán expresar con libertad sus opiniones en materias concernientes a la esfera de su representación, pudiendo publicar y distribuir, con comunicación a la Dirección de la Empresa, y sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las informaciones de interés laboral.
Derechos y garantías. El Comité de Empresa y los Delegados Sindicales se regirán por lo dispuesto en las leyes actualmente en vigor.
Derechos y garantías. Artículo 90. Acumulación de horas VI
Derechos y garantías. CLÁUSULA NO. 023.. NO DISCRIMINACIÓN. De acuerdo a la Constitución de la República, los Convenios lnternacionales y Leyes aplicables a la materia, ningún trabajador o trabajadora será objeto de discriminación por ningún motivo. Para los efectos del presente Contrato, por discriminación se comprende:
Derechos y garantías. Los miembros del Comité de Empresa gozarán de las garantías recogidas en el Título II del Estatuto de los Trabajadores o en las normas que en el futuro las sustituyan, hasta cinco años después de su cese como delegado/a. En caso de imposición por parte de Aguas del Huesna de cualquier sanción a los delegados del Comité de Empresa, tendrá derecho a la apertura de expediente contradictorio. Reconocida por el órgano judicial la improcedencia del despido, corresponde siempre al Delegado/a del Comité de Empresa la opción entre la readmisión o la indemnización.
Derechos y garantías. Se respetarán en todo caso los derechos y garantías reconocidos tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en la Ley Orgánica de la Libertad Sindical, a los representantes legales de los trabajadores. cve: BOE-A-2019-11318 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx
Derechos y garantías. Artículo 58. La empresa dará a conocer a los comités de empresa o delegados de personal, los modelos de contratos de trabajo escritos que se utilicen, así como el recibo de liquidación de cotizaciones. En cuanto a la relación de trabajadores, debido a que la empresa tiene autorización de la dirección general de la tesorería general de la seguridad social para la presentación de dicha documentación mediante el sistema de remisión electrónica de documentos (sistema RED), la representación legal de los trabajadores podrá solicitarlo bien directamente a la propia tesorería, o bien a la empresa, para que le sea facilitada a través de este sistema.