DEPENDIENTES. Los padres, el cónyuge o la persona con quien mantenga unión estable de hecho y los hijos e hijas menores de veinticinco (25) años de edad del Asegurado Titular o de su cónyuge o de la persona con quien mantenga unión estable de hecho, siempre que dependan económicamente del Asegurado Titular.
DEPENDIENTES. El Contratante o Asegurado Principal podrá solicitar a la Compañía la inclusión como Asegurados dentro de su Póliza a los Dependientes siguientes: El cónyuge o concubino(a) del Asegurado Principal y los hijos, hijastros y nietos bajo tutela del Xxxxxxxxx Principal. Previa autorización de la Compañía atendiendo las circunstancias de cada caso, se podrán considerar como Dependientes y por lo tanto adicionar como Asegurados a otros menores de edad que se encuentren bajo el cuidado del Asegurado Principal.
DEPENDIENTES. Los padres, el cónyuge o la persona con quien mantenga unión estable de hecho y los hijos e hijas menores de veinticinco (25) años de edad del Asegurado Titular o de su cónyuge o de la persona con quien mantenga unión estable de hecho, siempre que dependan económicamente del Asegurado Titular. EMERGENCIA MÉDICA: Alteración de la salud de aparición súbita que compromete la vida, la función o la integridad corporal, que requiere atención médica inmediata.
DEPENDIENTES. Se consideran como dependientes asegurables las siguientes personas:
a) El cónyuge o, en su defecto, la persona que, en calidad de conviviente del Asegurado Directo está reconocida como tal, según lo indicado en el Código de Familia.
DEPENDIENTES. Para los efectos del seguro, se consideran dependientes del asegurado titular: Su cónyuge. Los hijos del titular y/o cónyuge. Los familiares del titular y/o cónyuge.
DEPENDIENTES. Se considerarán como tales a aquellas personas que dependan económicamente del Integrante: ya sea el cónyuge (o quien acredite legalmente ser la concubina o concubino) y los hijos que xxxx xxxxxxxx, que no perciban remuneración por trabajo personal y que sean menores de 25 (veinticinco) años.
DEPENDIENTES. Serán considerados como Dependientes elegibles del Asegurado Titular, para efectos de esta Póliza, las siguientes personas:
a. El cónyuge o conviviente mayor de 18 años y menor de 74 años.
b. Los hijos naturales, hijastros e hijos legalmente adoptados, solteros, menores de 25 años de edad, que vivan con los padres, que estudien a tiempo completo y que no tengan ingresos por trabajo personal.
c. Los hijos nacidos durante la vigencia de la Póliza y de una maternidad cubierta, quedarán cubiertos a partir del primer día de nacidos sin requisitos de asegurabilidad siempre y cuando se notifique a la Compañía presentando la certificación de nacimiento dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al nacimiento; después de transcurridos los treinta días calendario deberán presentar las pruebas de asegurabilidad que requiera la Compañía. Serán cubiertos únicamente aquellos dependientes elegibles que hayan sido incluidos como tal en la solicitud de seguro o se haya solicitado su inclusión posterior al inicio de vigencia de la Póliza. La Compañía se reserva del derecho de solicitar pruebas de asegurabilidad sin que estas representen un costo para la misma; así mismo del derecho de aprobar o rechazar su inclusión y determinar la fecha de inicio de la cobertura.
DEPENDIENTES. El Cónyuge e hijos del asegurado, así como cualquier persona que dependa económicamente de él y que tenga cumplidos Solamente estarán cubiertos por la Póliza el Asegurado y sus Dependientes que residan permanentemente en la República Mexicana.
DEPENDIENTES. Antigüedad laboral 6 meses – 1 años 0,75 1 $ 1.047,75 1 - 2 años 0,9 2 - 3 años 1,1 3 - 4 años 1,2 4 - 5 años 1,3 5 - 8 años 1,4 mas 8 años 1,5 Para clientes bancarizados el límite va desde los $1000 hasta los $2500, variando según el límite total del resumen presentado.
DEPENDIENTES. Comprende al cónyuge e hijos menores de veinticinco (25) años, solteros, que residan y que se encuentren estudiando a tiempo completo y/o dependan del Asegurado para su manutención, y hayan sido inscritos al momento de emitirse esta póliza.