We use cookies on our site to analyze traffic, enhance your experience, and provide you with tailored content.

For more information visit our privacy policy.

DEPENDIENTES ELEGIBLES Cláusulas de Ejemplo

DEPENDIENTES ELEGIBLES. Serán elegibles para solicitar cubierta bajo este contrato los empleados, funcionarios y pensionados, sus dependientes directos y opcionales según definidos más adelante. 1. Cualquier persona que adquiera la condición de elegible con posterioridad a la fecha en que comience este contrato, deberá someter su solicitud de ingreso al Plan dentro de treinta (30) días a partir de la fecha que tenga conocimiento de elegibilidad. La cubierta en estos casos tendrá efectividad el día primero del mes siguiente a aquel en que se somete la solicitud, siempre que la persona someta la solicitud antes del día diez (10) del mes. Si la persona somete la solicitud después del día diez (10) del mes, la cubierta tendrá efectividad el día primero del mes subsiguiente a aquel en que sometió la solicitud.
DEPENDIENTES ELEGIBLES a) Los dependientes elegibles son el (la) Cónyuge, el (la) Conviviente del Asegurado Titular y sus hijos dependientes. En todos estos casos, el vínculo se demostrará aportando a la solicitud la documentación pertinente. b) El seguro para los hijos dependientes solteros se mantiene en vigor hasta la Fecha de Renovación de la póliza después de cumplir los dieciocho (18) años de edad. A partir de los dieciocho (18) años de edad, los hijos dependientes que son estudiantes a tiempo completo en un centro educativo acreditado en el momento en que la póliza es emitida o renovada y que dependen económicamente del Asegurado Titular, pueden ser Asegurados Dependientes hasta la siguiente Fecha de Renovación de la póliza después de cumplir los veinticuatro (24) años de edad. La Aseguradora se reserva el derecho de solicitar una certificación o constancia de estudios por escrito por parte de la universidad o institución donde asiste el hijo (a) dependiente, según sea el caso. c) Los Asegurados Dependientes dejarán de ser elegibles en los siguientes casos: a. Si un hijo (a) dependiente contrae matrimonio, o deja de ser estudiante a tiempo completo; b. Si un Cónyuge cubierto bajo esta póliza deja de estar casado con el Asegurado Titular por razón de divorcio o por anulación del matrimonio; o c. Si el Asegurado Dependiente es un(a) Conviviente y deja de serlo por ya no mantener una relación de vida doméstica con el Asegurado Titular. En dichos casos, el seguro terminará en la Fecha de Renovación de la póliza siguiente al evento indicado.
DEPENDIENTES ELEGIBLES. Los dependientes elegibles bajo esta póliza son aquellas personas individuales que se encuentran debidamente identificadas en la Solicitud de Seguro Individual para Gastos Médicos Mayores, quienes gozarán de la cobertura ofrecida de conformidad con los términos y condiciones de la presente póliza. Los dependientes elegibles incluyen al cónyuge o conviviente del Asegurado Titular, así como a sus hijos biológicos, sus hijos adoptados legalmente, hijos de su cónyuge o conviviente, y menores de edad respecto de quienes el Asegurado Titular ha sido designado tutor por una autoridad judicial competente.
DEPENDIENTES ELEGIBLES. 1. Cónyuge legítimo del Asegurado Titular o al Conviviente del Asegurado Titular. 2. Hijo(a) natural, hijastro, o legalmente adoptado(a) soltero(a) del Asegurado Titular, siempre y cuando el hijo dependa económicamente del Asegurado Titular y conviva con él. 3. Hijo(a) soltero(a) menores de veinticinco (25) años de edad y matriculado como estudiante a tiempo completo en un colegio o universidad acreditada y que no sea empleado(a) a tiempo completo. 4. Se entiende por estudiante a tiempo completo a la persona matriculada en una institución educativa debidamente autorizada como tal, a la cual asiste en forma regular, cumpliendo con un programa de estudios. 5. Los límites de edad que se aplican a los dependientes hijos, no se aplicarán a ninguno que dependa de este para su sustento y manutención porque se encuentre imposibilitado de trabajar a consecuencia de una capacidad especial, que ocurriese antes de alcanzar la edad límite y mientras estuviese asegurado por esta Póliza.
DEPENDIENTES ELEGIBLES a) Los Dependientes Elegibles son el Cónyuge, Xxxxxxxxx(a) o Compañero(a) Doméstico(a) del Afiliado Titular, sus hijos biológicos, hijos adoptados legalmente, hijastros o menores de dieciocho (18) años de edad para quienes el Afiliado Titular haya sido designado como tutor o curador legal por la autoridad competente, quienes hayan sido incluidos en la solicitud de cobertura. En caso de incluir como dependientes a hijos adoptados legalmente y/o bajo tutoría legal, se requiere presentar los documentos que establecen el nexo o la relación con el Afiliado Titular. Podrán ser considerados como dependientes también las personas, que tengan con el solicitante o el titular, relación laboral, o de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sin embargo, dichos dependientes tendrán su propio deducible para cada una de las prestaciones de manera individual.
DEPENDIENTES ELEGIBLES. El término “DEPENDIENTES” se referirá solamente a: 18.1 Cónyuge legítimo de un Asegurado, o el o (la) Conviviente, y se haya incluido como Dependiente en el Consentimiento. 18.2 Los hijos solteros del Asegurado, hijastros o hijos legalmente adoptados que estén comprendidos entre las edades especificadas en el Certificado Individual, a condición de que sean solteros y tengan el mismo domicilio permanente que el Asegurado y sean estudiantes a tiempo completo en una institución educativa acreditada. Dichos hijos deberán depender del Asegurado para su sostenimiento y estar registrados en los archivos del Contratante.
DEPENDIENTES ELEGIBLES a) Cónyuge legítimo del Asegurado Titular o al conviviente del Asegurado Titular, no menor de dieciocho (18) años de edad, ni mayor de setenta (70) años de edad, al momento de solicitar el seguro.
DEPENDIENTES ELEGIBLES. Por Dependientes Elegibles se entiende única y exclusivamente el o la cónyuge del Titular (compañero/a o pareja que viva en unión de hecho legalmente reconocida), conforme al plan que le corresponda al Asegurado Titular (Plan 1, Plan 2 o Plan 3), incluyendo los hijos, hijastros, hijos de crianza e hijos legalmente adoptados, hasta el día que cumplan 26 años de edad, siempre y cuando sean solteros y que dependan económicamente del titular. La empresa de seguros considerará los casos de excepción en los cuales un dependiente menor de 26 años, por motivos plenamente justificados, no se encuentre estudiando. Todos los hijos, hijastros, hijos de crianza e hijos legalmente adoptados serán elegibles bajo la Cobertura de Asistencia Médica Familiar desde el momento de su nacimiento y hasta: 3.8.1 El día que cumplan los 26 años de edad; o 3.8.2 El día en el cual se conviertan en empleados regulares; o 3.8.3 El día en el cual contraigan matrimonio o convivan en unión de hecho legalmente reconocida; o 3.8.4 La fecha en la cual el Titular Asegurado deje de ser elegible bajo esta Póliza. No obstante lo indicado anteriormente, si un dependiente está impedido para realizar cualquier trabajo remunerado, por causas de incapacidad física o mental y si esta condición comenzó antes de cumplir 26 años de edad, dicho dependiente continuará cubierto bajo el plan de asistencia médica del titular, siempre y cuando se presente a la empresa de seguros los certificados médicos que así lo acrediten, independientemente de la edad.

Related to DEPENDIENTES ELEGIBLES

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores. 33.2 El Comprador evaluará los aspectos técnicos de la oferta presentada en virtud de la Cláusula 18 de las IAO, para confirmar que todos los requisitos estipulados en la Sección VI, Lista de Bienes y Servicios y Plan de Entrega de los Documentos de Licitación, han sido cumplidos sin ninguna desviación importante o reserva. 33.3 Si después de haber examinado los términos y condiciones y de haber efectuado la evaluación técnica, el Comprador establece que la oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO, la oferta será rechazada.

  • BIENES EXCLUIDOS Esta Compañía en ningún caso será responsable por pérdidas o daños a:

  • PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el Anexo I del presente pliego, sin embargo, si se estableciera como criterio de adjudicación la reducción del plazo de ejecución, el ofertado por el adjudicatario será el tenido en cuenta a todos los efectos. La ejecución del contrato podrá comenzar una vez formalizado el mismo, si bien en los expedientes declarados de tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a quince días hábiles, contados desde el siguiente a la formalización del contrato. En todo caso deberán cumplirse los plazos parciales que, en su caso, se hayan establecido en el Anexo I del presente pliego de cláusulas administrativas particulares. La posibilidad de prorrogar el contrato se determina en el Anexo I de estos pliegos de cláusulas administrativas particulares. El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato incluidos los periodos de prórrogas. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación, sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes. La duración del contrato de servicio no podrá tener un plazo de duración superior a cuatro años, con las condiciones y límites establecidos en las normas presupuestarias aplicables a las Entidades Locales, y en concreto al Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. No obstante, por mutuo acuerdo entre las partes antes de la finalización del contrato podrá prorrogarse el plazo de ejecución, siempre que la duración total, incluida las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aisladas o conjuntamente, el plazo fijado originariamente (artículo 23 en relación al 203 del TRLCSP).

  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • PLAZOS DE EJECUCIÓN El Proponente deberá presentar un diagrama xx Xxxxx o un calendario del Proyecto indicando la secuencia detallada de las actividades que se llevarán a cabo y el tiempo correspondiente.

  • Claúsulas Sociales Ejecución NO SI NO NºEXPEDIENTE: 135/2017/00252 NºCONTRATO 201801253 ADJUDICATARIO: CLIDOM ENERGY, S.L. - B65445033 OBJETO ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA RENOVABLE PARA EDIFICIOS MUNICIPALES Y EQUIPAMIENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS ( 4 LOTES). LOTE 4 PRESUPUESTO TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN - PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 30/05/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 22/06/2018 Clausulas Sociales Criterio Adj. Claúsulas Perspectiva Social Claúsulas Sociales Ejecución SI NO NO NºEXPEDIENTE: 300/2018/00101 NºCONTRATO 201801314 ADJUDICATARIO: ENTIDAD IDV MADRID SL - B13514070 OBJETO INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS EN PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS. PRESUPUESTO TOTAL 86.118,20 € IMPORTE ADJUDICACIÓN 43.372,77 € PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 05/06/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 11/07/2018 Claúsulas Perspectiva Social Clausulas Sociales Criterio Adj.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Oficina de Recursos Humanos.

  • Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.