Common use of Descripción técnica Clause in Contracts

Descripción técnica. La SOE, antes de la explotación de canteras e instalación de plantas industriales, así como otras actividades asociadas, que conforme a la Ley Ambiental y sus Decretos Reglamentarios vigentes son sujetas a Declaración de Impacto Ambiental, deberán seguir las consideraciones insertas en la referida Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y sus correspondientes reglamentaciones, para lo cual deberán contratar Firmas Consultoras o Consultores catastrados en la SEAM, a fin de obtener las correspondientes Licencias Ambientales, con la presentación en la SEAM de los Estudios de Impactos Ambientales preliminares. El EIAp, conforme a lo estipulado en el Artículo 3° de la Ley 294/93, deberá contener como mínimo:  Los Objetivos generales y específicos del Estudio;  Una estimación de la significación socioeconómica del Proyecto, su vinculación con las políticas Gubernamentales, Municipales y Departamentales, y su adecuación a una política de desarrollo sustentable, así como a las regulaciones territoriales, urbanísticas y técnicas;  La definición del Área de Influencia Directa e Indirecta del Estudio;  El Alcance de la Obra, conteniendo información sobre: - La Descripción del Proyecto propuesto; - La Descripción del Medio Ambiente de las Áreas de Influencias Directa e Indirecta del Estudio, que incluya la descripción de los medios físicos; bióticos, y socioeconómico – cultural, de tal modo a caracterizar su estado previo a las transformaciones proyectadas;  Las Consideraciones legislativas y normativas aplicables al Proyecto;  Un análisis y descripción de las Alternativas Técnicas del Proyecto;  El análisis y la determinación de los Potenciales Impactos del Proyecto, a fin de visualizar sus efectos positivos y negativos, directos e indirectos, permanentes o temporales, reversibles o irreversibles, continuos o discontinuos, regulares o irregulares, acumulativos o sinérgicos, de corto, mediano, o largo plazo; y  Un Plan de Gestión Ambiental y Social, que contenga la descripción de las medidas protectoras o de mitigación de impactos negativos que se prevén en el Proyecto, de los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentaciones. Para el desarrollo de los servicios, en líneas generales, se deberán realizar actividades en tres etapas, a saber:  Pre-ejecución: Que incluya, sin limitarse a ellos: El relevamiento y análisis de datos técnicos y ambientales; Desarrollo del Diagnóstico Ambiental;  Ejecución: Desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental preliminar; y  Post-Ejecución: Presentación del EIAp a la SEAM; publicaciones previstas en la Ley Ambiental y Seguimiento del expediente hasta la obtención de la Licencia Ambiental; entrega de la Licencia Ambiental a la Fiscalización/MOPC; y Cumplimiento del PGAS propuesto, aprobado por la SEAM. El equipo técnico debe estar conformado por un Especialista Ambiental catastrado en la SEAM; y un especialista en Sistema de Información Geográfica (SIG).

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Samples: Contrato De Diseño, Financiación, Construcción, Mantenimiento Y Operación De Dos Rutas Nacionales

Descripción técnica. La SOESe incluirá una descripción completa del servicio planteado así como del alcance de los servicios que se ofertan, antes sujetos al contenido del punto 2.2 del presente documento y de su anexo IV, y de los medios técnicos y humanos que se pondrán a disposición del servicio. Asimismo, se incluirá, si la hubiese, una relación de posibles servicios excluidos del alcance del servicio ofertado. En todo caso, las posibles exclusiones quedarán sujetas a la aprobación del IDAE, previo estudio de la explotación justificación aducida por el ofertante, pudiendo ser motivo de canteras e instalación exclusión del proceso de plantas industrialesadjudicación. Se detallará, una fórmula concreta de organización incluyendo un organigrama funcional que se aplicará al proyecto. Igualmente se deberá describir, breve pero completamente, la metodología que se plantea para el desarrollo y coordinación del trabajo, con especial mención al tiempo y forma de respuesta a los servicios requeridos. Bajo el título “medios” se describirá tanto el personal a asignar a la realización de los trabajos, acompañándose los currículos del mismo, como los medios materiales a emplear. Asimismo, deberá acreditarse disponer de una plantilla de profesionales que incluya especialistas en todas las materias objeto de este contrato, según se resumen en el anexo III. La sustitución, sin autorización de IDAE, del personal o medios asignados al proyecto, podrá ser causa de resolución contractual. Se incluirá adicionalmente cualquier otra información que el proponente juzgue conveniente para la valoración de la propuesta de acuerdo con los criterios objetivos señalados en el presente pliego. Contendrá original y una (1) copia de la siguiente documentación estructurada por secciones:  SECCIÓN I-C: Propuesta económica. Conocimiento y aceptación. Se utilizará para cumplimentar esta sección el modelo de proposición y declaración que se adjunta como Xxxxx XXX a este Pliego. Se incluirán en esta sección los precios totales por los que el proponente se compromete a la ejecución de los servicios a contratar. Se detallará el importe correspondiente al primer periodo bienal, así como otras el precio ofertado para la eventual prórroga por otro periodo de dos años adicionales. Al objeto de facilitar la elaboración de un presupuesto, se adjunta en el Anexo IV a este pliego un detalle de las obligaciones fiscales para las actividades asociadasactuales. Los precios se consignarán suponiendo incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, que conforme como son los generales, financieros, de personal, materiales, beneficio, etc. Se incluirá el coste total para la totalidad de los servicios ofertados. Los pagos al adjudicatario se realizarán mensualmente, a mes vencido, mediante pagos mensuales iguales, por importe cada uno de ellos de un veinticuatroavo del importe adjudicado. Estos pagos se realizarán en un plazo no superior a 60 días desde la Ley Ambiental y sus Decretos Reglamentarios vigentes son sujetas a Declaración presentación de Impacto Ambientalla correspondiente factura, deberán seguir las consideraciones insertas si esta resulta de conformidad. Se incluirá declaración expresa del representante del solicitante en la referida Ley que conste el conocimiento y aceptación de Evaluación de Impacto Ambiental y sus correspondientes reglamentacionestoda la documentación que forma parte del presente concurso, para lo la cual deberán contratar Firmas Consultoras o Consultores catastrados en la SEAM, a fin de obtener las correspondientes Licencias Ambientales, con la presentación en la SEAM de los Estudios de Impactos Ambientales preliminares. El EIAp, conforme a lo estipulado en el Artículo 3° de la Ley 294/93, deberá contener como mínimo:  Los Objetivos generales y específicos del Estudio;  Una estimación de la significación socioeconómica del Proyecto, su vinculación con las políticas Gubernamentales, Municipales y Departamentales, y su adecuación a una política de desarrollo sustentablerelacionarse, así como a las regulaciones territorialesel compromiso de realización de los trabajos por el precio ofertado. De forma adicional, urbanísticas y técnicas;  La definición del Área deberá incluirse la oferta de Influencia Directa e Indirecta del Estudio;  El Alcance precios de la Obraadministración para trabajos vinculados al servicio, conteniendo información sobre: - La Descripción del Proyecto propuesto; - La Descripción del Medio Ambiente de las Áreas de Influencias Directa e Indirecta del Estudiono contemplados inicialmente, que incluya la descripción de los medios físicos; bióticos, y socioeconómico – cultural, de tal modo a caracterizar su estado previo a las transformaciones proyectadas;  Las Consideraciones legislativas y normativas aplicables al Proyecto;  Un análisis y descripción de las Alternativas Técnicas del Proyecto;  El análisis y la determinación de los Potenciales Impactos del Proyecto, a fin de visualizar sus efectos positivos y negativos, directos e indirectos, permanentes o temporales, reversibles o irreversibles, continuos o discontinuos, regulares o irregulares, acumulativos o sinérgicos, de corto, mediano, o largo plazo; y  Un Plan de Gestión Ambiental y Social, que contenga la descripción de las medidas protectoras o de mitigación de impactos negativos que se prevén en el Proyecto, de los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentaciones. Para el desarrollo de los servicios, en líneas generales, se deberán realizar actividades en tres etapas, a saber:  Pre-ejecución: Que incluya, sin limitarse a ellos: El relevamiento y análisis de datos técnicos y ambientales; Desarrollo del Diagnóstico Ambiental;  Ejecución: Desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental preliminar; y  Post-Ejecución: Presentación del EIAp a la SEAM; publicaciones previstas en la Ley Ambiental y Seguimiento del expediente hasta la obtención de la Licencia Ambiental; entrega de la Licencia Ambiental a la Fiscalización/MOPC; y Cumplimiento del PGAS propuesto, aprobado por la SEAM. El equipo técnico debe estar conformado por un Especialista Ambiental catastrado en la SEAM; y un especialista en Sistema de Información Geográfica (SIG)pudiera solicitar IDAE.

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Samples: idae.es

Descripción técnica. El licitador presentará los Anexos V correspondientes a cada lote al que se presente oferta (Anexos V.1, V.2, V.3 y V.4). Conforme a los Anexos II correspondientes a cada lote al que se presente oferta (Anexos II.3, II.4, II.5 y II.7) y firmada por persona debidamente apoderada. En el caso de empresas que concurran conjuntamente, la proposición será única a nombre de todas las empresas. Conforme a los Anexos III correspondientes a cada lote al que se presente oferta (Anexos III.3, III.4, III.5 y III.7), el licitador presentará compromiso de subcontratar, para la realización del rotulado de las cabinas según la imagen corporativa de SCPSA, a Centros especiales de empleo sin ánimo de lucro o Centros Especiales de Empleo de iniciativa social o Empresas de Inserción. La SOEacreditación de este compromiso se realizará mediante la presentación de un documento firmado por el subcontratista que deberá presentarse en el momento de entrega de los vehículos. - El licitador deberá presentar toda la documentación necesaria que permita comprobar el cumplimiento de las características mínima exigidas en el anexo correspondiente a cada lote (Anexos VIII, antes IX, X y XII). - El licitador deberá cumplimentar los Anexos IV correspondiente a cada lote al que se presente oferta (Anexos IV.3, IV.4, IV.5 y IV.7) y aportar la documentación necesaria para realizar la valoración de acuerdo a los criterios de adjudicación estipulados en el APARTADO CORRESPONDIENTE. - Adjuntará los planos necesarios para poder comprobar sus características. - No se tendrá en cuenta la información contenida en catálogos, folletos publicitarios, etc. aportados por el licitante. Deberá hacerse mención explícita de todas las características técnicas. La inclusión de información referente a la oferta valorable automáticamente en los sobres A y B dará lugar a la exclusión de la explotación de canteras e instalación de plantas industriales, así como otras actividades asociadas, que conforme a la Ley Ambiental y sus Decretos Reglamentarios vigentes son sujetas a Declaración de Impacto Ambiental, deberán seguir las consideraciones insertas empresa en la referida Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y sus correspondientes reglamentaciones, para lo cual deberán contratar Firmas Consultoras o Consultores catastrados en la SEAM, a fin de obtener las correspondientes Licencias Ambientales, con la presentación en la SEAM de los Estudios de Impactos Ambientales preliminares. El EIAp, conforme a lo estipulado en el Artículo 3° de la Ley 294/93, deberá contener como mínimo:  Los Objetivos generales y específicos del Estudio;  Una estimación de la significación socioeconómica del Proyecto, su vinculación con las políticas Gubernamentales, Municipales y Departamentales, y su adecuación a una política de desarrollo sustentable, así como a las regulaciones territoriales, urbanísticas y técnicas;  La definición del Área de Influencia Directa e Indirecta del Estudio;  El Alcance de la Obra, conteniendo información sobre: - La Descripción del Proyecto propuesto; - La Descripción del Medio Ambiente de las Áreas de Influencias Directa e Indirecta del Estudio, que incluya la descripción de los medios físicos; bióticos, y socioeconómico – cultural, de tal modo a caracterizar su estado previo a las transformaciones proyectadas;  Las Consideraciones legislativas y normativas aplicables al Proyecto;  Un análisis y descripción de las Alternativas Técnicas del Proyecto;  El análisis y la determinación de los Potenciales Impactos del Proyecto, a fin de visualizar sus efectos positivos y negativos, directos e indirectos, permanentes o temporales, reversibles o irreversibles, continuos o discontinuos, regulares o irregulares, acumulativos o sinérgicos, de corto, mediano, o largo plazo; y  Un Plan de Gestión Ambiental y Social, que contenga la descripción de las medidas protectoras o de mitigación de impactos negativos que se prevén en el Proyecto, de los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentaciones. Para el desarrollo de los servicios, en líneas generales, se deberán realizar actividades en tres etapas, a saber:  Pre-ejecución: Que incluya, sin limitarse a ellos: El relevamiento y análisis de datos técnicos y ambientales; Desarrollo del Diagnóstico Ambiental;  Ejecución: Desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental preliminar; y  Post-Ejecución: Presentación del EIAp a la SEAM; publicaciones previstas en la Ley Ambiental y Seguimiento del expediente hasta la obtención de la Licencia Ambiental; entrega de la Licencia Ambiental a la Fiscalización/MOPC; y Cumplimiento del PGAS propuesto, aprobado por la SEAM. El equipo técnico debe estar conformado por un Especialista Ambiental catastrado en la SEAM; y un especialista en Sistema de Información Geográfica (SIG)esta licitación.

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Samples: Pliego Regulador Del Contrato Suministro De Vehículos Para La Recogida Y Transporte De Residuos

Descripción técnica. La SOEComo parte de los requerimientos de los Pliegos de Obra, antes la SOE implementará un sistema de comunicación con los usuarios dentro de los primeros 28 días calendarios posteriores al inicio de las obras y que incluirá como mínimo los elementos que se detallan a continuación:  Se instalarán dos carteles, uno en cada extremo de la explotación carretera, en los lugares previamente aprobados por la Fiscalización, de canteras e instalación dimensiones mínimas de plantas industriales0 x. xx xxxxx xxx 0 x. xx xxxxxx, así como otras actividades asociadasxxxx diseño será indicado por la Fiscalización de las obras/MOPC;  Se instalará un cartel en cada extremo carretera, cada 50 km. y en el inicio y final de cada variante a cada lado de la carretera, de dimensiones mínimas de 3 m. de ancho y de 2 m. de altura, con fondo refractivo, que conforme a contendrán el número de teléfono y las indicaciones para que los usuarios puedan presentar sus quejas y sugerencias sobre la Ley Ambiental y sus Decretos Reglamentarios vigentes son sujetas a Declaración carretera, cuyo diseño será indicado por la Fiscalización de Impacto Ambiental, deberán seguir las consideraciones insertas en la referida Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y sus correspondientes reglamentaciones, para lo cual deberán contratar Firmas Consultoras o Consultores catastrados en la SEAM, a fin de obtener las correspondientes Licencias Ambientalesobras/MOPC;  Se facilitará un sistema tipo Call Center, con una línea telefónica de llamadas gratuitas, donde se recibirán las quejas y sugerencias sobre la presentación en la SEAM de los Estudios de Impactos Ambientales preliminarescarretera. El EIApCall Center llenará un formulario, conforme a previamente aprobado por el MOPC y lo estipulado transmitirá en forma instantánea al recibir el Artículo 3° reclamo y/o sugerencia, al Jefe de la Ley 294/93, deberá contener como mínimo:  Los Objetivos generales y específicos del Estudio;  Una estimación de la significación socioeconómica del Proyecto, su vinculación Obras con las políticas Gubernamentales, Municipales y Departamentales, y su adecuación a una política de desarrollo sustentable, así como a las regulaciones territoriales, urbanísticas y técnicas;  La definición del Área de Influencia Directa e Indirecta del Estudio;  El Alcance de la Obra, conteniendo información sobre: - La Descripción del Proyecto propuesto; - La Descripción del Medio Ambiente de las Áreas de Influencias Directa e Indirecta del Estudio, que incluya la descripción de los medios físicos; bióticos, y socioeconómico – cultural, de tal modo a caracterizar su estado previo a las transformaciones proyectadas;  Las Consideraciones legislativas y normativas aplicables al Proyecto;  Un análisis y descripción de las Alternativas Técnicas del Proyecto;  El análisis y la determinación de los Potenciales Impactos del Proyecto, a fin de visualizar sus efectos positivos y negativos, directos e indirectos, permanentes o temporales, reversibles o irreversibles, continuos o discontinuos, regulares o irregulares, acumulativos o sinérgicos, de corto, mediano, o largo plazo; y  Un Plan de Gestión Ambiental y Social, que contenga la descripción de las medidas protectoras o de mitigación de impactos negativos que se prevén en el Proyecto, de los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentaciones. Para el desarrollo de los servicios, en líneas generales, se deberán realizar actividades en tres etapas, a saber:  Pre-ejecución: Que incluya, sin limitarse a ellos: El relevamiento y análisis de datos técnicos y ambientales; Desarrollo del Diagnóstico Ambiental;  Ejecución: Desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental preliminar; y  Post-Ejecución: Presentación del EIAp a la SEAM; publicaciones previstas en la Ley Ambiental y Seguimiento del expediente hasta la obtención de la Licencia Ambiental; entrega de la Licencia Ambiental copia simultánea a la Fiscalización/MOPC. Además se generará un registro de reclamos mensuales; La línea telefónica y Cumplimiento carteles se deberán instalar dentro de los primeros 28 días calendario posteriores a la aprobación del PGAS propuestoplan de comunicación con los usuarios. Paralelamente a la conformación e implementación del Plan de Comunicación, aprobado se plantea la implementación del Plan de Educación Ambiental y Vial Continua durante las etapas constructiva y de operación por parte de la SEAM. El equipo técnico debe estar conformado por un Especialista Ambiental catastrado en la SEAMSOE, que se deberá desarrollar a varios niveles: i) institucional; y un especialista en Sistema a través del diseño de Información Geográfica (SIG).las estrategias de educación, ii) digital; mediante el desarrollo de plataformas de gestión, y

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Samples: Contrato De Diseño, Financiación, Construcción, Mantenimiento Y Operación De Dos Rutas Nacionales

Descripción técnica. La SOE, antes de la explotación de canteras e instalación de plantas industriales, así como otras actividades asociadas, Ley N° 294/93 estipula en su Artículo 8º inc. a) que conforme a la Ley Ambiental y sus Decretos Reglamentarios vigentes son sujetas a La Declaración de Impacto Ambiental, deberán seguir las consideraciones insertas en la referida Ley Ambiental (DIA) se expedirá de Evaluación de Impacto Ambiental y sus correspondientes reglamentaciones, para lo cual deberán contratar Firmas Consultoras o Consultores catastrados en la SEAM, a fin de obtener las correspondientes Licencias Ambientales, con la presentación en la SEAM de los Estudios de Impactos Ambientales preliminares. El EIAp, conforme acuerdo a lo estipulado establecido en el Artículo 10º de la Ley 294/93. Su validez coincidirá, deberá contener como mínimo:  Los Objetivos generales y específicos en principio, con el tiempo que dure la obra o actividad; pero deberán presentarse Informes de Auditorías Ambientales de Cumplimiento del Estudio;  Una estimación de la significación socioeconómica del Proyecto, su vinculación con las políticas Gubernamentales, Municipales y Departamentales, y su adecuación a una política de desarrollo sustentable, así como a las regulaciones territoriales, urbanísticas y técnicas;  La definición del Área de Influencia Directa e Indirecta del Estudio;  El Alcance de la Obra, conteniendo información sobre: - La Descripción del Proyecto propuesto; - La Descripción del Medio Ambiente de las Áreas de Influencias Directa e Indirecta del Estudio, que incluya la descripción de los medios físicos; bióticos, y socioeconómico – cultural, de tal modo a caracterizar su estado previo a las transformaciones proyectadas;  Las Consideraciones legislativas y normativas aplicables al Proyecto;  Un análisis y descripción de las Alternativas Técnicas del Proyecto;  El análisis y la determinación de los Potenciales Impactos del Proyecto, a fin de visualizar sus efectos positivos y negativos, directos e indirectos, permanentes o temporales, reversibles o irreversibles, continuos o discontinuos, regulares o irregulares, acumulativos o sinérgicos, de corto, mediano, o largo plazo; y  Un Plan de Gestión Ambiental y Social, que contenga en carácter de Declaración Jurada, por lo menos una vez cada cinco (5) años o en el plazo establecido en la descripción DIA7 correspondiente al proyecto de Duplicación y Ampliación de las medidas protectoras o Rutas nacionales N° 2 y 7; tramo Ypacaraí - Caaguazú (inicio del tramo de mitigación concesión Tape Porá). Con el fin de impactos negativos dar cumplimiento a la Ley N° 294/93 y sus correspondientes Decretos Reglamentarios, sobre la base de datos xx xxxxxxx secundarias y primarias (relevamiento in situ), la SOE deberá preparar el Informe de Auditoría Ambiental, conforme a los requerimientos de la SEAM establecidos mediante la Resolución SEAM N° 201/15 y su Resolución modificatoria N° 221/15. Considerando el plazo de ejecución de las obras de 30 meses y atendiendo que la SEAM normalmente emite Licencias Ambientales con validez de 2 años, ya antes de la culminación de la obra se prevén en puede requerir el Proyectoprimer Informe de Auditoría de Cumplimiento del PGAS, que debe ser entregado a esa Secretaría de Estado antes de los métodos e instrumentos 24 meses contados a partir de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentacionesla emisión de la referida Licencia Ambiental. Para el desarrollo efecto, la SOE deberá contratar los servicios de los servicios, en líneas generales, se deberán realizar actividades en tres etapas, a saber:  Pre-ejecución: Que incluya, sin limitarse a ellos: El relevamiento y análisis una Consultora o un Consultor con registro vigente del Catastro Técnico de datos técnicos y ambientales; Desarrollo del Diagnóstico Ambiental;  Ejecución: Desarrollo del Estudio Consultores de Impacto Ambiental preliminar; y  Post-Ejecución: Presentación del EIAp a la SEAM; publicaciones previstas en la Ley Ambiental y Seguimiento del expediente hasta la obtención de la Licencia Ambiental; entrega de la Licencia Ambiental a la Fiscalización/MOPC; y Cumplimiento del PGAS propuesto, aprobado por la SEAM. El equipo técnico debe Equipo Auditor o el Auditor deberán coordinar las tareas con la DGSA del MOPC durante el desarrollo y una vez que se cuente con el aval de esa Dirección del MOPC, proceder a la presentación a la SEAM el Informe de Auditoría correspondiente. El Informe de Auditoría Ambiental deberá estar conformado acompañado por un Especialista Ambiental catastrado en las documentaciones exigidas por la SEAM; Resolución SEAM N° 201/15 y un especialista en Sistema de Información Geográfica (SIG)sus modificaciones, decretos o las resoluciones que la reglamenten.

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Samples: Contrato De Diseño, Financiación, Construcción, Mantenimiento Y Operación De Dos Rutas Nacionales

Descripción técnica. La Se ha incluido como rubro directo de obra, la readecuación de las áreas de préstamos, considerando que si no tiene pago directo, es más difícil para las Consultoras de Fiscalización Técnica y Ambiental, e incluso para las Direcciones Técnicas y la DGSA del MOPC, garantizar la ejecución de éste rubro. Las actividades a ejecutar, además del cumplimiento de las Especificaciones Ambientales, para este punto en particular, guardan relación con:  Plantación de especies forestales nativas donde se lo requiera;  Cuidado cultural de las plántulas o adecuación de la vegetación existente;  Alambradas de protección, y adecuación de taludes; y  Supervisión. Según lo establecido en las ETAGs, la excavación de préstamos tendrá forma geométrica, y será rodeada en todo su perímetro con árboles de la especie que se defina en el EIA y que autorice la Fiscalización. Esta plantación se hará con plantines o con ejemplares jóvenes de vegetación autóctona, y estará al cuidado de la SOE, antes hasta la Recepción Final de las obras. En las disposiciones de las ETAGs y en las Especificaciones Técnicas de Obra están volcados los lineamientos a ser tenidos en cuenta para el Proyecto de tales obras de protección, así como las especificaciones de construcción y posteriores labores de mantenimiento. Los suelos con mayor contenido de materia orgánica, deben ser reincorporados a las áreas, a fin de asegurar una repoblación vegetal que minimice los riesgos de erosión por sobre escurrimiento. La construcción se deberá ejecutar conforme a la configuración topográfica de las zonas de ubicación de los préstamos y sus dimensiones. En áreas de suelo muy susceptible a la erosión, los préstamos deben ser explotados alejados de la vía, conservándose el terreno y la vegetación natural en una faja de por lo menos cincuenta metros separando la entrada a la caja. Después de culminado los trabajos, la revegetación deberá ser hecha principalmente por especies nativas, procurando evitar al máximo la plantación de especies exóticas pudiendo éstas ser permitidas solamente en los locales donde con la plantación de especies nativas no se obtuvo resultados satisfactorios. Atendiendo que las obras abarcan dos ecorregiones (Litoral Central y Selva Central) se incluye a continuación un listado de especies autóctonas, para que la Fiscalización señale las más adecuadas, las que deberán ser aprobadas por la DGSA de manera previa a su implantación. Nombre científico Nombre común Características Relevantes Altura Máxima (m) Albizia hassleri Yvyra ju Suelos profundos. Se desarrolla bien en suelos con niveles bajos de degradación 30 Allophylus edulis Cocú Especie de lento crecimiento, pero que puede ser colocada debajo del dosel principal, sus frutos atraen aves. 7 Anadenanthera colubrina Kurupa'y kuru Suelos con buen drenaje y abundante arena. Terrenos altos con suelos profundos. No le agradan los sitios húmedos. 40 Bambusa gadua Takuarusu Terrenos húmedos e inundables a la xxxxxx xx xxxx y arroyos. Se recomienda como estabilizador de taludes. 12 Cedrela fissilis Cedro Suelos con buen drenaje, especie melífera Copaifera langsdorfii Kupay Prefiere suelos livianos y arenosos de las márgenes de los xxxx. Se desarrolla menos en suelos arcillosos. 28 Xxxxxx glabrata Petereby moroti Suelo con humedad moderada o suelos húmedos bien drenados. Se encuentran con frecuencia donde hay nacientes de agua. 25 Enterolobium contortisiliquum Timbo Suelos algo húmedos, junto a cauces temporales de agua, pero no soporta los suelos mal drenados. Se lo encuentra tanto en suelos arcillosos como arenosos. 35 Xxxxxxx uniflora Ñagapiry Lugares húmedos al borde de los bosques y arroyos, sus frutos atraen aves. 7 Xxxx uruguensis Xxxx guasu A lo largo xx xxxx, arroyos y lagunas 20 Peltophorum dubium Yvyra pyta Se adapta a suelos arcillosos, profundos y bien drenados, pero también a suelos algo húmedos 40 Pithecellobium saman Manduvi'ra Todo tipo de suelos 30 Pithecellobium scalare Tatare Suelos semi húmedos 20 Pterogyne nitens Yvyra'ro Prefiere suelos arenosos y profundos, siempre bien drenados. No tolera los suelos húmedos. 40 Tabebuia impetiginosa Tajy, Lapacho Suelos pardos rojizos con alto contenido de arena. Prefiere suelos no inundables, pero algo húmedos 25 La recomposición florística se deberá iniciar con la plantación de especies agresivas, de rápido crecimiento. Durante este proceso se debe llevar en consideración aspectos climáticos y de vegetación del área. Las mudas deberán ser plantadas en fosas de dimensiones mínimas de 0,30 x 0,30 x 0,30 m., espaciadas de 2,5 a 3 m., distribuidas aleatoriamente sobre el terreno, evitándose la plantación en hileras y también la homogeneidad de las especies. Cuando mayor sea la diversidad de especies, mejor será para la regeneración natural del terreno y para la atracción de la fauna. De ser necesarias especies herbáceas, estas deberán ser utilizadas en la fijación de taludes. En caso que existan pérdidas, la SOE deberá reponer, conforme a los criterios de la Fiscalización y la supervisión de la DGSA del MOPC. En relación a la conformación de taludes y alambrado perimetral, rige lo establecido en las Especificaciones Técnicas de las obras del MOPC. Cuando los préstamos estén ubicados en zonas boscosas, las operaciones de protección consistirán en el aprovechamiento y cuidado de las especies existentes, debiendo en este caso la SOE tomar las precauciones necesarias para no dañar los árboles durante las labores de limpieza, extracción, carga y transporte de los materiales provenientes de dichas áreas. Además se deberán ejecutar las siguientes actividades, relativas a la protección del suelo contra la erosión; recuperación ambiental e integración paisajística:  Retirada y conservación del suelo orgánico resultante de la limpieza y desbroce: Antes del inicio de las actividades de extracción de material, se retirará la capa superficial de tierra vegetal, en una profundidad media de 40 cm, que se acopiará y conservará hasta su uso posterior;  Finalizadas las actividades de excavación, se remodelará el terreno para dotarlo de una terminación geométrica estable y acorde con la morfología circundante, suavizando las aristas o taludes. En la restauración morfológica se deberá suavizar el área entre la plataforma base y los laterales, que tendrán la pendiente máxima establecida en las ETAGs o las que indique la Fiscalización.  Descompactación del suelo aledaño y de todo el terreno (para caso de áreas ubicadas a media ladera) mediante laboreo, escarificado o rastreada;  Extendido y rastreada del suelo orgánico resultante de la limpieza y desbroce; y  Revegetación, que deberá estar terminada en la primera época apta tras la finalización de la explotación de canteras e instalación los préstamos. Las mismas son la primavera y el otoño, ya que son épocas de plantas industrialeslluvia que ayudan a crecer y enraizarse a las plántulas. Las actuaciones de restauración y recuperación ambiental se efectuarán apenas se haya concluido con la explotación. También, así como otras actividades asociadasdespués de terminadas las labores de explotación de los préstamos, éstos serán convenientemente cercados mediante alambradas para evitar accidentes al ganado, debiendo para el efecto habilitarse solamente "una entrada", mediante cimbras o portones convenientemente diseñados y localizados en el lugar, que conforme a la Ley Ambiental y sus Decretos Reglamentarios vigentes son sujetas a Declaración de Impacto Ambiental, deberán seguir las consideraciones insertas en la referida Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y sus correspondientes reglamentaciones, para lo cual deberán contratar Firmas Consultoras o Consultores catastrados en la SEAM, a fin de obtener las correspondientes Licencias Ambientales, con la presentación en la SEAM de los Estudios de Impactos Ambientales preliminares. El EIAp, conforme a lo estipulado en el Artículo 3° juicio de la Ley 294/93, deberá contener como mínimo:  Los Objetivos generales Fiscalización y específicos del Estudio;  Una estimación de la significación socioeconómica del Proyecto, su vinculación con las políticas Gubernamentales, Municipales y Departamentales, y su adecuación propietario sea el más conveniente. Se incluye a una política de desarrollo sustentable, así como a las regulaciones territoriales, urbanísticas y técnicas;  La definición del Área de Influencia Directa e Indirecta del Estudio;  El Alcance de la Obra, conteniendo información sobre: - La Descripción del Proyecto propuesto; - La Descripción del Medio Ambiente de las Áreas de Influencias Directa e Indirecta del Estudio, que incluya la descripción de los medios físicos; bióticos, y socioeconómico – cultural, de tal modo a caracterizar su estado previo a las transformaciones proyectadas;  Las Consideraciones legislativas y normativas aplicables al Proyecto;  Un análisis y descripción de las Alternativas Técnicas del Proyecto;  El análisis y la determinación de los Potenciales Impactos del Proyecto, a fin de visualizar sus efectos positivos y negativos, directos e indirectos, permanentes o temporales, reversibles o irreversibles, continuos o discontinuos, regulares o irregulares, acumulativos o sinérgicos, de corto, mediano, o largo plazo; y  Un Plan de Gestión Ambiental y Social, que contenga la descripción de las medidas protectoras o de mitigación de impactos negativos que se prevén en seguir el Proyecto, de los métodos e instrumentos de vigilancia, monitoreo y control que se utilizarán, así como las demás previsiones que se agreguen en las reglamentaciones. Para el desarrollo de los servicios, en líneas generales, se deberán realizar actividades en tres etapas, a saber:  Pre-ejecución: Que incluya, sin limitarse a ellos: El relevamiento y análisis de datos técnicos y ambientales; Desarrollo del Diagnóstico Ambiental;  Ejecución: Desarrollo del Estudio de Impacto Ambiental preliminar; y  Post-Ejecución: Presentación del EIAp a la SEAM; publicaciones previstas en la Ley Ambiental y Seguimiento del expediente hasta la obtención de la Licencia Ambiental; entrega de la Licencia Ambiental a la Fiscalización/MOPC; y Cumplimiento del PGAS propuesto, aprobado por la SEAM. El equipo técnico debe estar conformado por un Especialista Ambiental catastrado en la SEAM; y un especialista en Sistema de Información Geográfica (SIG)esquema general correspondiente.

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