Dirección Administrativa Cláusulas de Ejemplo

Dirección Administrativa.  Recibe la Requisición de Bienes y Servicios.  Xxxxxx y confiere visto bueno  Remite el documento a la Dirección de Finanzas (Departamento de Presupuesto). Antes debe contar con el visto bueno de éste.  Recibe la Requisición de Bienes y Servicios con el visto bueno del Director de Xxxxxxxx.  Con base a la estimación de los precios detallado en este documento, se realiza la reserva de las partidas presupuestarias correspondientes. Devuelve el documento al Departamento de Compras. Antes de proceder al trámite de adquisición, la Requisición de Bienes y Servicios, debe contar la autorización del Director Administrativo.
Dirección Administrativa.  Recibe Contrato u Orden de Compra con el expediente.  Verifica y envía Contrato a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General.  Recibe Contrato u Orden de Compra con el expediente.  Registra en el Sistema SRPG.  Revisa y refrenda. Remite Contrato con el expediente a Compras.
Dirección Administrativa. 2.1. Coordinación de Administración de Adquisiciones, Abastecimientos y Logística de bienes y servicios.
Dirección Administrativa. La actividad de la Dirección Administrativa incluyó además de las funciones propias del cargo, la ejecución de los convenios de entrenamiento nacionales e internacionales, así como la formulación y presentación de proyectos en convocatorias nacionales e internacionales. Tuvimos cambio de Directora Administrativa en el mes de julio de 2019, asumió el cargo Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
Dirección Administrativa. VII.- Auxiliar de Mantenimiento.
Dirección Administrativa.  Recibe el cheque con documentos sustentadores.  Verifica y firma el Comprobante de Pago del cheque que está habilitado para la misma. Gestiona la firma de todos los cheques en el Despacho Superior.  Remite el cheque al Departamento de Tesorería y éste a su vez lo envía a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General.  Recibe el cheque con documentos sustentadores (Requisición de Bienes y Servicios, Orden de Compra.  Verifica y refrenda el cheque según documento y delegación.  Envía el cheque con documentos sustentadores (Requisición de Bienes y Servicios, Orden de Compra y otros documentos) al Departamento de Tesorería.  Recibe el cheque con documentos sustentadores (Requisición de Bienes y Servicios, Orden de Compra y otros documentos) refrendado.  Coordina con el Departamento de Compras, para que retire cheque y proceda con la adquisición. - Original para el cheque (comprobante de pago) Proveedor. - Primera copia para Compras - Segunda copia para el Almacén - Tercera copia para Contabilidad Se le adjuntará la factura original (sellada por el Almacén) a la Orden de compra original del bien o servicio adquirido.
Dirección Administrativa.  Recibe el documento debidamente foliado.  Convoca la comisión evaluadora y/o verificadora para que emita informe y a su vez recomienda al Departamento de Compras la adjudicación.
Dirección Administrativa.  Recibe el Cheque, la Gestión de Cobro y la documentación sustentadora.  Revisa, sella, gestiona la firma del cheque en Despacho Superior. Luego de ser firmado lo remite a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General.  Recibe el Cheque, Gestión de Cobro y documentos sustentadores, realiza el examen previo de fiscalización, verificando que todos los documentos sustentadores estén en orden dependiendo del caso.  De no tener objeción, refrenda la Gestión de Cobro y el Cheque, dependiendo de los montos (para refrendo autorizado por el Contralor General).  Remite la documentación al Departamento de Tesorería. De ser el monto superior a lo autorizado, deberá remitirlo a la Oficina Sectorial de Fiscalización para su respectivo refrendo.  Recibe el Comprobante de Pago-Cheque y la documentación sustentadora.  Entrega al Contratista o Proveedor una vez termine de entregar el bien solicitado. El Comprobante de Pago y expediente, son remitidos una vez entregado el cheque al Departamento de Contabilidad.
Dirección Administrativa. SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL MIXTA SERVICIO DE ARRENDAMIENTO PLURIANUAL DE EQUIPO DE CÓMPUTO, SERVIDORES Y SERVICIOS ADMINISTRADOS DE IMPRESIÓN DURANTE LOS

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

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  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.