DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. “EL MUNICIPIO” SE OBLIGA A PONER A DISPOSICIÓN DE "EL CONTRATISTA", ÉL O LOS INMUEBLES EN EL QUE DEBEN LLEVARSE A CABO LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, CON ANTELACIÓN A LA FECHA DE INICIO DE LOS TRABAJOS, EL INCUMPLIMIENTO MOTIVARÁ LA PRÓRROGA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS EN IGUAL PLAZO, FORMALIZADA MEDIANTE CONVENIO, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 52 DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. ASIMISMO LOS DICTAMENES, PERMISOS, LICENCIAS Y DEMAS AUTORIZACIONES QUE SE REQUIERAN PARA SU REALIZACION.---------------------------------------
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. “EL MUNICIPIO”, por conducto de la Dirección de Obras Públicas, se obliga a poner a disposición de “EL CONTRATISTA” el o los inmuebles en que deba llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, observando tanto “EL MUNICIPIO” como “EL CONTRATISTA”, las disposiciones que en materia de asentamientos humanos, desarrollo urbano y construcción estén vigentes en el ámbito Federal y Local.
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. UNDÉCIMA- REPRESENTANTES DE LAS PARTES
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. “LA COMISIÓN” se obliga a poner a disposición de “EL CONTRATISTA” él o los inmuebles en que deban llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato. El incumplimiento de “LA COMISIÓN”, prorrogará en igual plazo la fecha originalmente pactada de terminación de los trabajos. La entrega deberá constar por escrito.
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. EL CIMAT se obliga a poner a disposición de EL CONTRATISTA el inmueble en que deban llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato. El incumplimiento de EL CIMAT, prorrogará en igual plazo la fecha originalmente pactada de terminación de los trabajos.
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. “El Instituto” se obliga a poner a disposición de “El Contratista” el o los inmueble(s) en que deben llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, oportunamente a la fecha de inicio de los trabajos, prevista en la Cláusula que antecede. La entrega del o los inmuebles por parte de “El Instituto” deberá constar por escrito. El incumplimiento de “El Instituto” prorrogará en igual plazo la fecha originalmente pactada para la conclusión de los trabajos, lo que se formalizará mediante convenio. Los riesgos, la conservación y la limpieza de los trabajos, desde el momento en que el inmueble se ponga a disposición de “El Contratista”, serán responsabilidad de éste. Para el presente contrato “El Instituto” no otorgará anticipo.
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. El área responsable de “LA CONTRATANTE”
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. “EL GOBIERNO” se obliga a poner a disposición de “EL CONTRATISTA” él o los inmuebles en que deban llevarse a cabo los trabajos materia de este Contrato. El incumplimiento de “EL GOBIERNO”, prorrogará en igual plazo la fecha originalmente pactada de terminación de los trabajos. La entrega deberá constar por escrito.
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. El "FIDUCIARIO" se obliga a poner a disposición del “CONTRATISTA", del km 000+000 al 000+000 _____ cuerpo de la Autopista de la “AUTOPISTA”, únicamente con el objeto de que éste lleve a cabo los trabajos materia del presente contrato, para lo cual se podrá levantar el acta correspondiente, la cual deberá ser firmada por el representante del “FIDUCIARIO” y el representante del “CONTRATISTA”.. El “FIDUCIARIO” otorgará las facilidades para que el “CONTRATISTA” tenga acceso al lugar objeto de los trabajos materia de este contrato, únicamente a través de las personas que autorice previamente y por escrito el “FIDEICOMISO”, con el objeto exclusivo de que pueda realizar las inspecciones y demás trabajos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones, en términos del presente instrumento. El “FIDUCIARIO” tendrá a su vez acceso a los trabajos encomendados al “CONTRATISTA”, ya sea en campo o en las oficinas de éste, con el objeto de supervisarlos, aclarando posibles dudas y, en su caso, indicando por escrito las observaciones que considere pertinentes, para lo cual el “CONTRATISTA” dará toda clase de facilidades al “FIDEICOMISO” con este propósito, en los lugares ya mencionados.
DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE. EL MUNICIPIO" se obliga a poner a disposición de "EL CONTRATISTA", el o los inmuebles en que deben de llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato a partir del día que se señala como de inicio de los trabajos en el presente contrato.