Common use of DISPOSICIONES APLICABLES Clause in Contracts

DISPOSICIONES APLICABLES. artículos 1 a 10, 12 a 13 con excepción del artículo 4, apartado 1, y del artículo 8, apartado 2, frase segunda, así como los anexos I, II y III. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». — Reglamento (CEE) no 1899/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil, — Reglamento (CE) no 1900/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y proce­ dimientos administrativos aplicables a la aviación civil, — Reglamento (CE) no 8/2008 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avión, — Reglamento (CE) no 859/2008 de la Comisión, de 20 xx xxxxxx de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avión. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 10, 12 a 13 con excepción del artículo 4, apartado 1, y el artículo 8, apartado 2, segunda frase, anexos I a III. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». No 216/2008 Reglamento (CE) no 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una agencia Europea de Seguridad aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) no 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE.

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Samples: Acuerdo Euromediterráneo De Aviación, Acuerdo Euromediterráneo De Aviación

DISPOSICIONES APLICABLES. artículos 1 a 10, 12 a 13 68 con excepción del artículo 465, artículo 69, apartado 1, y del párrafo segundo, artículo 869, apartado 24, frase segundaanexos I a VI. No 94/56 Directiva 94/56/CE del Consejo, así como los anexos Ide 21 de noviembre de 1994, II y III. En lo por la que se refiere establecen los principios fundamentales que rigen la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil. Disposiciones aplicables: artículos 1 a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». — Reglamento (CEE) no 1899/2006 No 2003/42 Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 13 xx xxxxx de diciembre 2003, relativa a la notificación de sucesos en la aviación civil. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 11, anexos I y II. No 1702/2003 Reglamento (CE) no 1702/2003 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción, modificado por: — Reglamento (CE) no 381/2005 de la Comisión, de 7 xx xxxxx de 2005, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción, — Reglamento (CE) no 706/2006 de la Comisión, de 8 xx xxxx de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003 en lo que respecta al período durante el cual los Estados miembros pueden emitir aprobaciones de duración limitada, — Reglamento (CE) no 335/2007 de la Comisión, de 28 xx xxxxx de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003 en lo que se refiere a las disposiciones de aplicación sobre la certificación medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, — Reglamento (CE) no 375/2007 de la Comisión, de 30 xx xxxxx de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción, — Reglamento (CE) no 287/2008 de la Comisión, de 28 xx xxxxx de 2008, sobre la prórroga del período de validez mencionado en el artículo 2 quater, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1702/2003, — Reglamento (CE) no 1057/2008 de la Comisión, de 27 de octubre de 2008, por el que se modifica el anexo, apéndice II, del Reglamento (CE) no 1702/2003 en lo que respecta al certificado de revisión de la aeronavegabi­ lidad (Formulario EaSa 15a). Disposiciones aplicables: artículos 1 a 4, anexo. Los períodos transitorios a que se hace referencia en este Reglamento serán fijados por el Comité Mixto. No 2042/2003 Reglamento (CE) no 2042/2003 de la Comisión, de 20 de noviembre de 2003, sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en dichas tareas. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 6, anexos I a IV. Modificado por: — Reglamento (CE) no 707/2006 de la Comisión, de 8 xx xxxx de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CEECE) no 3922/91 del Consejo relativo 2042/2003 en lo que respecta a la armonización las aprobaciones de normas técnicas duración limitada y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civillos anexos I y III, — Reglamento (CE) no 1900/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y proce­ dimientos administrativos aplicables a la aviación civil, — Reglamento (CE) no 8/2008 376/2007 de la Comisión, de 11 de diciembre 30 xx xxxxx de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CEECE) no 3922/91 del Consejo 2042/2003 sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avióndichas tareas, — Reglamento (CE) no 859/2008 1056/2008 de la Comisión, de 20 xx xxxxxx 27 de octubre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CEECE) no 3922/91 del Consejo 2042/2003 sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y productos aeronáuticos, componentes y equipos y sobre la aprobación de las organizaciones y personal que participan en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avióndichas tareas. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 10, 12 a 13 con excepción del artículo 4, apartado 1, y el artículo 8, apartado 2, segunda frase6, anexos I a III. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». No 216/2008 Reglamento (CE) no 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una agencia Europea de Seguridad aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) no 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CEIV.

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Samples: Acuerdo Euromediterráneo De Aviación, Acuerdo Euromediterráneo De Aviación

DISPOSICIONES APLICABLES. artículos 1 a 108. No 92/14 Directiva 92/14/CEE del Consejo, 12 de 2 xx xxxxx de 1992, relativa a 13 con excepción la limitación del artículo 4uso de aviones objeto del anexo 16 del Convenio relativo a la aviación civil internacional, apartado volumen 1, y del artículo 8segunda parte, apartado capítulo 2, frase segundasegunda edición (1988), así como los anexos Imodificada por: — Directiva 98/20/CE del Consejo, II y III. En lo de 30 xx xxxxx de 1998, por la que se refiere modifica la Directiva 92/14/CEE, — Directiva 1999/28/CE de la Comisión, de 21 xx xxxxx de 1999, por la que se modifica el anexo a la aplicación Directiva 92/14/CEE del artículo 12Consejo, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». — Reglamento (CEECE) no 1899/2006 991/2001 de la Comisión, de 21 xx xxxx de 2001, por el que se modifica el anexo de la Direc- tiva 92/14/CEE del Consejo. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 11 y anexo. No 2002/30 Directiva 2002/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 26 xx xxxxx de diciembre 2002, sobre el establecimiento de 2006, normas y procedimientos para la introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido en los aeropuertos comunitarios. Modificado o adaptado por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 artículo 20 del Consejo relativo Acta de adhesión de 2003. Disposiciones aplicables: artículos 1 a la armonización de normas técnicas 15, anexos I y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civil, — Reglamento (CE) no 1900/2006 II. No 2002/49 Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 25 xx xxxxx de diciembre de 20062002, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 sobre evaluación y gestión del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y proce­ dimientos administrativos aplicables a la aviación civil, — Reglamento (CE) no 8/2008 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avión, — Reglamento (CE) no 859/2008 de la Comisión, de 20 xx xxxxxx de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por aviónruido ambiental. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 10, 12 a 13 con excepción del artículo 4, apartado 1, y el artículo 8, apartado 2, segunda frase16, anexos I a III. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». No 216/2008 Reglamento (CE) no 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una agencia Europea de Seguridad aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CE) no 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CEVI.

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Samples: Acuerdo Multilateral Sobre La Creación De Una Zona Europea Común De Aviación (Zeca)

DISPOSICIONES APLICABLES. artículos 1 a 10, 12 a 13 3 (con excepción del artículo 41, apartado 17, por el que se establecen los nuevos artículos 8 bis, apartado 5, 8 ter, apartado 6, y del artículo 88 quater, apartado 210), frase segunday anexo. No 94/56 Directiva 94/56/CE del Consejo, así como los anexos Ide 21 de noviembre de 1994, II y III. En lo por la que se refiere establecen los principios fundamentales que rigen la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil. Disposiciones aplicables: artículos 1 a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». — Reglamento (CEE) no 1899/2006 No 2003/42 Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 xx xxxxx de 2003, relativa a la notificación de sucesos en la aviación civil. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 11, y anexos I y II. No 1321/2007 Reglamento (CE) no 1321/2007 de la Comisión, de 12 de diciembre noviembre de 20062007, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a establecen disposiciones de aplicación para la armonización integración en un depósito central de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la información sobre sucesos de la aviación civil, — Reglamento (CE) no 1900/2006 civil intercambiada de conformidad con la Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 4. No 1330/2007 Reglamento (CE) no 1330/2007 de la Comisión, de 20 24 de diciembre septiembre de 20062007, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo establecen disposiciones de aplicación para la difusión a las partes interesadas de la información sobre sucesos de la aviación civil a la armonización que se refiere el artículo 7, apartado 2, de normas técnicas la Directiva 2003/42/CE del Parlamento Europeo y proce­ dimientos administrativos aplicables del Consejo. Disposiciones aplicables: artículos 1 a la aviación civil10, y anexos I a II. No 1702/2003 Reglamento (CE) no 8/2008 1702/2003 de la Comisión, de 11 24 de diciembre septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción, modificado por: El Reglamento (CE) no 381/2005 de la Comisión, de 7 xx xxxxx de 2005, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción. El Reglamento (CE) no 706/2006 de la Comisión, de 8 xx xxxx de 2006, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003 en lo que respecta al período durante el cual los Estados miembros pueden emitir aprobaciones de duración limitada. El Reglamento (CE) no 335/2007 de la Comisión, de 28 xx xxxxx de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CEECE) no 3922/91 del Consejo 1702/2003 en lo relativo que se refiere a los requisitos técnicos las disposiciones de aplicación sobre la certificación medioambiental de las aeronaves y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por aviónproductos, componentes y equipos relacionados con ellas. El Reglamento (CE) no 859/2008 375/2007 de la Comisión, de 20 30 xx xxxxxx xxxxx de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción. El Reglamento (CE) no 287/2008 de la Comisión, de 28 xx xxxxx de 2008, sobre la prórroga del período de validez mencionado en el artículo 2 quater, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1702/2003. El Reglamento (CE) no 1057/2008 de la Comisión, de 27 de octubre de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 anexo, apéndice II, del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avión. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 10, 12 a 13 con excepción del artículo 4, apartado 1, y el artículo 8, apartado 2, segunda frase, anexos I a III. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». No 216/2008 Reglamento (CE) no 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo1702/2003 en lo que respecta al certificado de revisión de la aeronavegabilidad (Formulario EaSa 15a). El Reglamento (CE) no 1194/2009 de la Comisión, de 20 30 de febrero noviembre de 20082009, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una agencia Europea de Seguridad aérea, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, modifica el Reglamento (CE) no 1592/2002 1702/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la Directiva 2004/36/certificación de las organizaciones de diseño y de producción. Nota: Corregido mediante Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1194/2009 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) no 1702/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, compo­ nentes y equipos relacionados con ellas, así como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción (DO L 321 de 8.12.2009).

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Samples: Acuerdo Sobre Un Espacio Aéreo Común

DISPOSICIONES APLICABLES. artículos 1 a 10. No 92/59 Directiva 92/59/CEE del Consejo, 12 de 29 xx xxxxx de 1992, relativa a 13 la seguridad general de los productos. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 19. No 93/13 Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 xx xxxxx de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con excepción del artículo 4, apartado 1, consumidores. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 10 y del artículo 8, apartado 2, frase segunda, así como los anexos I, II y IIIanexo. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 1210, toda referencia a los el término «Estados miembrosla Comisión» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de todas las demás Partes contratantes en la Unión EuropeaZECA». — Reglamento (CEE) no 1899/2006 No 95/46 Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 24 de diciembre octubre de 20061995, por el relativa a la protección de las personas físicas en lo que se modifica el respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 34. No 2027/97 Reglamento (CEECE) no 3922/91 2027/97 del Consejo relativo a Consejo, de 9 de octubre de 1997, sobre la armonización responsabilidad de normas técnicas y procedimientos administrativos aplicables a la aviación civillas compañías aéreas en caso de accidente, modificado por: — Reglamento (CE) no 1900/2006 889/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 13 xx xxxx de diciembre de 20062002, por el que se modifica modi- fica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo relativo a la armonización de normas técnicas y proce­ dimientos administrativos aplicables a la aviación civil, — Reglamento (CE) no 8/2008 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 2027/97 del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por avión, — Reglamento (CE) no 859/2008 de la Comisión, de 20 xx xxxxxx de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3922/91 del Consejo en lo relativo a los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos comunes aplicables al transporte comercial por aviónConsejo. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 10, 12 a 13 con excepción del artículo 4, apartado 1, y el artículo 8, apartado 2, segunda frase, anexos I a III. En lo que se refiere a la aplicación del artículo 12, toda referencia a los «Estados miembros» se entenderá como referencia a los «Estados miembros de la Unión Europea». No 216/2008 261/2004 Reglamento (CE) no 216/2008 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 11 de febrero de 20082004, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una agencia Europea establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de Seguridad aéreadenegación de embarque y de cance- lación o gran retraso de los vuelos, y se deroga la Directiva 91/670/CEE del Consejo, el Reglamento (CECEE) no 1592/2002 y la Directiva 2004/36/CE295/91. Disposiciones aplicables: artículos 1 a 17.

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Samples: Acuerdo Multilateral Sobre La Creación De Una Zona Europea Común De Aviación (Zeca)