Common use of Disposición general Clause in Contracts

Disposición general. Las retribuciones del personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Valencia, se ajustarán sus incrementos, revisiones, adaptaciones y adecuaciones, a lo que en su caso queden reflejadas en las leyes de presupuestos generales del Estado para dichos ejercicios. El personal laboral del Ayuntamiento de Valencia percibirá anualmente las mismas retribuciones que el personal funcionario con el que se le homologue. En el caso de que esté adscrito a un puesto de trabajo, la homologación lo será por los mismos conceptos y cuantías. Las retribuciones del personal laboral del Ayuntamiento de Valencia experimentarán el incremento que, en su caso, fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 y sucesivos, con los mismos límites y las mismas condiciones que las establecidas para el personal funcionario de la misma categoría con el que se homologue, sin que la masa salarial de dicho personal laboral pueda exceder de los límites establecidos por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 y sucesivos. Al objeto de mejorar la calidad de los servicios públicos que posibilite la máxima atención a la ciudadanía y una mejora en la gestión, objetivos a los que deben ir dirigidos todos los esfuerzos de la Administración, en la que resulta necesario la implicación del personal a su servicio, se constituirá un fondo con los criterios de distribución negociados por la Mesa General de Negociación, y que una vez constatada y evaluada, mensualmente, será singularizado en su estudio por la Mesa Técnica de Bomberos (respecto al personal adscrito a la Delegación de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias), por la Mesa Técnica de Policía (respecto al personal destinado en el Servicio de Policía Local) y por la Mesa General de Negociación (respecto del resto del personal al servicio de la Corporación), elevándose su ejecución al órgano competente, previo oportuno expediente instruido a tal efecto, en los términos del artículo anterior.

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Samples: Convenio Colectivo

Disposición general. Las retribuciones del personal laboral al servicio del Ayuntamiento Única.- La veracidad sobre la autenticidad de Valencialos documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de la peticionaria y representantes de la Corporación Pactemos en Libertad. En todo caso, de comprobarse falsedad u oposición legalmente fundamentada, el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente instrumento legal y de ser necesario, iniciar las acciones legales correspondientes. Comuníquese y publíquese.- Resolución Nro. MMDH-DAJ-2023-0077-R Quito, D.M., 27 de diciembre de 2023 Que, la Constitución de la República en su artículo 154, numeral 1), determina que corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de sus competencias expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial; Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 193 de 23 de octubre de 2017, publicado en el Registro Oficial, Suplemento Nro. 109 de 27 de octubre de 2017, se ajustarán sus incrementosexpide el Reglamento para el otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales; Que, revisionesel artículo 2 del Decreto Ejecutivo ibídem, adaptaciones menciona que su ámbito rige para las organizaciones sociales y adecuaciones, a lo que en su caso queden reflejadas en las leyes de presupuestos generales del Estado para dichos ejercicios. El personal laboral del Ayuntamiento de Valencia percibirá anualmente las mismas retribuciones que el personal funcionario demás ciudadanas y ciudadanos con el que se le homologue. En el caso de que esté adscrito a un puesto de trabajo, la homologación lo será por los mismos conceptos y cuantías. Las retribuciones del personal laboral del Ayuntamiento de Valencia experimentarán el incremento personalidad jurídica que, en su casouso del derecho a la libertad de asociación y reunión, fije participan voluntariamente en las diversas manifestaciones y formas de organización de la Ley de Presupuestos Generales sociedad, y, para las entidades u organismos competentes del Estado para los años 2012 y sucesivosque otorgan personalidad jurídica a las organizaciones que lo soliciten en el ámbito de su gestión; Que, con los mismos límites y las mismas condiciones que las establecidas el artículo 14 del Reglamento para el personal funcionario otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales, establece los requisitos y el procedimiento para la reforma de los Estatutos de las Corporaciones y Fundaciones sin fines de lucro; Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 560 de 14 de noviembre de 2018, el Presidente Constitucional de la misma categoría con República del Ecuador, decretó transformar el que se homologueMinisterio de Justicia, sin que la masa salarial de dicho personal laboral pueda exceder de los límites establecidos por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 Derechos Humanos y sucesivos. Al objeto de mejorar la calidad de los servicios públicos que posibilite la máxima atención a la ciudadanía y una mejora en la gestión, objetivos a los que deben ir dirigidos todos los esfuerzos de la AdministraciónCultos, en la Secretaría de Derechos Humanos, como una entidad de derecho público con personalidad jurídica dotada de autonomía administrativa, operativa y financiera; Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nro. 631 de 4 de enero de 2019, señala que resulta necesario el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos queda extinguido el 14 de enero de 2019, fecha en la implicación cual empezó a funcionar la Secretaría de Derechos Humanos, por lo tanto, la misma es la responsable del personal control administrativo de las Corporaciones y Fundaciones cuyos fines y objetivos se relacionan con el ámbito de acción del extinto Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos; Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 609 de 29 de noviembre de 2022, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, decretó cambiar la denominación de la Secretaría de Derechos Humanos, por Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica, dotada de autonomía administrativa y financiera; Que, mediante Acuerdo No. 6315 de 3 de julio de 2003, suscrito por el Xx. Xxxxx Xxxxxxx Cifuentes, Subsecretario Bienestar Social del Litoral y Galápagos, se aprobó el Estatuto y se otorgó personalidad jurídica a la Fundación El Centinela para Clases y Policías de la Policía Nacional, domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas, como una organización social de derecho privado y sin fines de lucro; Que, mediante Resolución Nro. MMDH-MMDH-2023-0007-R de 09 de julio de 2023, suscrita por la máxima autoridad del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, en su artículo 25 establece de manera textual lo siguiente: “Gestión de Asesoría Jurídica.- La máxima autoridad de esta Cartera de Estado, delega al/la Director/a de Asesoría Jurídica, para que a su servicionombre y representación, se constituirá un fondo con los criterios de distribución negociados por la Mesa General de Negociación, ejerza las facultades y que una vez constatada y evaluada, mensualmente, será singularizado en su estudio por la Mesa Técnica de Bomberos atribuciones siguientes: (respecto al personal adscrito a la Delegación de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias...), por la Mesa Técnica de Policía (respecto al personal destinado en el Servicio de Policía Local) y por la Mesa General de Negociación (respecto del resto del personal al servicio de la Corporación), elevándose su ejecución al órgano competente, previo oportuno expediente instruido a tal efecto, en los términos del artículo anterior.

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Samples: Delegation Agreement

Disposición general. Las retribuciones Única.- La veracidad sobre la autenticidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de la peticionaria y representantes de la FUNDACIÓN CONTRA LA VIOLENCIA XXXXXXX XXXXXXXXX “FUCVI”. En todo caso, de comprobarse falsedad u oposición legalmente fundamentada, el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente instrumento legal y de ser necesario, iniciar las acciones legales correspondientes. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Por delegación de la Ministra de la Mujer y Derechos Humanos, suscribo. aprobación de los Estatutos de las Fundaciones o Corporaciones, y el otorgamiento de personalidad jurídica, según lo previsto en los artículos 565 y 567 del personal laboral al servicio del Ayuntamiento Código Civil; Derechos Humanos y Cultos, en la Secretaría de ValenciaDerechos Humanos, como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica, dotada de autonomía administrativa, operativa y financiera; Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 216 de 01 de octubre de 2021, se ajustarán sus incrementosdeterminaron las competencias de la Secretaría de Derechos Humanos, revisionesestableciendo en su artículo 1 textualmente las siguientes: “(…) Obligaciones Nacionales e Internacionales en materia de Derechos Humanos; Erradicación de la violencia contra mujeres, adaptaciones niñas, niños y adecuacionesadolescentes; protección a pueblos indígenas en aislamiento voluntario; (…) erradicación de todas las formas de violencia y discriminación por orientación sexual y/o diversidad sexo-genérica. (….)”; Que, el Decreto ibídem, en la Disposición General Segunda, establece: “En toda normativa vigente en donde haga referencia a la ‘Secretaría de Derechos Humanos’, léase como ‘Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos”; Que, a lo que en su caso queden reflejadas en las leyes través de presupuestos generales la Resolución Nro. MMDH-MMDH-2023-0007-R de 09 de julio de 2023, suscrita por la entonces máxima autoridad del Estado para dichos ejercicios. El personal laboral del Ayuntamiento Ministerio de Valencia percibirá anualmente las mismas retribuciones que el personal funcionario con el que se le homologue. En el caso de que esté adscrito a un puesto de trabajo, la homologación lo será por los mismos conceptos Mujer y cuantías. Las retribuciones del personal laboral del Ayuntamiento de Valencia experimentarán el incremento queDerechos Humanos, en su casoartículo 25 establece de manera textual lo siguiente: “Gestión de Asesoría Jurídica.- La máxima autoridad de esta Cartera de Estado, fije delega al/la Ley Director/a de Presupuestos Generales Asesoría Jurídica, para que a su nombre y representación, ejerza las facultades y atribuciones siguientes: 5. Suscribir Resoluciones relativas al otorgamiento de personalidad jurídica, (...) de las Corporaciones y Fundaciones cuyos fines y objetivos se encuentren enmarcados en las competencias del Estado para los años 2012 y sucesivos, con los mismos límites y las mismas condiciones que las establecidas para el personal funcionario Ministerio de la misma categoría con el que se homologue, sin que la masa salarial de dicho personal laboral pueda exceder de los límites establecidos por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 Mujer y sucesivos. Al objeto de mejorar la calidad de los servicios públicos que posibilite la máxima atención a la ciudadanía y una mejora en la gestión, objetivos a los que deben ir dirigidos todos los esfuerzos Derechos Humanos.”; En ejercicio de la Administración, en la que resulta necesario la implicación del personal a su servicio, se constituirá un fondo con los criterios de distribución negociados por la Mesa General de Negociación, y que una vez constatada y evaluada, mensualmente, será singularizado en su estudio por la Mesa Técnica de Bomberos (respecto al personal adscrito a la Delegación de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias), por la Mesa Técnica de Policía (respecto al personal destinado delegación establecida en el Servicio de Policía Localnumeral 5) y por la Mesa General de Negociación (respecto del resto del personal al servicio artículo 25 de la Corporación), elevándose su ejecución al órgano competente, previo oportuno expediente instruido a tal efecto, en los términos del artículo anterior.Resolución Nro. MMDH-MMDH-2023-0007-R de 09 de julio de 2023,

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Samples: Delegation Agreement

Disposición general. Las retribuciones La presente resolución entrará en vigor partir de su expedición. Los permisos otorgados con las cláusulas anteriores referentes a seguros y garantías se mantienen vigentes. Comuníquese y publíquese. - Dado en Quito, el 08 de diciembre de 2022. Firmado electrónicamente por: Firmado electrónicamente por: illiam QUE, mediante oficio Nro. DGAC-SGAC-2022-0155-O de 05 xx xxxxxx de 2022, el Delegado del personal laboral al servicio señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, Presidente del Ayuntamiento Consejo Nacional de ValenciaAviación Civil, se ajustarán sus incrementosEncargado, revisionesnotifico a la compañía AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANSAM CIA. LTDA., adaptaciones y adecuacionescon el inicio del proceso de revocatoria del permiso de operación, doméstico, no regular, a lo fin de que presente los alegatos en su caso queden reflejadas defensa de sus intereses en las leyes observancia del procedimiento establecido en el artículo 122 del Código Aeronáutico, y garantizando el debido proceso y del derecho al defensa consagrado en el artículo 76 de presupuestos generales la Constitución de la República del Estado Ecuador, por hallarse incursa en el literal “j) Por cualquier otra causa establecida en la legislación aeronáutica o en el permiso de operación…”, del artículo 53, del Reglamento de Permisos de Operación para dichos ejerciciosla Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial; QUE, los informes detallados anteriormente con los criterios técnico, y, económico-legal, sirvieron de base para la elaboración del informe unificado No. El personal laboral CNAC-SC-2022-043-I 15 de noviembre de 2022, de la Secretaría del Ayuntamiento Consejo Nacional de Valencia percibirá anualmente las mismas retribuciones Aviación Civil, que fue conocido por el personal funcionario con Pleno del Consejo Nacional de Aviación Civil, en sesión ordinaria Nro. 011 de 30 de noviembre de 2022, como punto Nro. 7 del orden del día, y luego del análisis respectivo, el Organismo resolvió: 1) Acoger el informe unificado Nro. CNAC-SC-2022-043-I 15 de noviembre de 2022 de la Secretaría del CNAC; y, 2) Archivar el proceso de revocatoria del permiso de operación facultado para la prestación del servicio de transporte aéreo, público, doméstico, no regular, en la modalidad de Chárter, de carga y correo, en forma combinada, dentro del territorio ecuatoriano, iniciado en contra de la compañía AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANSAM CIA. LTDA., referente al Acuerdo No. 024/2017 de 19 de diciembre de 2017, emitido por Consejo Nacional de Aviación Civil, dado que la compañía ha justificado en debida forma que se le homologue. En encuentra certificada para tal efecto; QUE, el caso literal c), del artículo 4 de que esté adscrito a un puesto de trabajo, la homologación lo será por los mismos conceptos y cuantías. Las retribuciones del personal laboral del Ayuntamiento de Valencia experimentarán el incremento que, en su caso, fije la Ley de Presupuestos Generales Aviación Civil, establece que el Consejo Nacional de Aviación Civil, es competente para otorgar, modificar, suspender, revocar o cancelar las concesiones o permisos de operación; En uso de las atribuciones establecidas en el literal c) del Estado para los años 2012 y sucesivos, con los mismos límites y las mismas condiciones que las establecidas para el personal funcionario artículo 4 de la misma categoría con el que se homologueLey de Aviación Civil, sin que la masa salarial de dicho personal laboral pueda exceder de los límites establecidos por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 y sucesivos. Al objeto de mejorar la calidad de los servicios públicos que posibilite la máxima atención a la ciudadanía y una mejora en la gestión, objetivos a los que deben ir dirigidos todos los esfuerzos de la Administración, en la que resulta necesario la implicación del personal a su servicio, se constituirá un fondo con los criterios de distribución negociados por la Mesa General de Negociación, y que una vez constatada y evaluada, mensualmente, será singularizado en su estudio por la Mesa Técnica de Bomberos (respecto al personal adscrito a la Delegación de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias), por la Mesa Técnica de Policía (respecto al personal destinado publicada en el Servicio Suplemento del Registro Oficial No. 435 de Policía Local) 11 de enero de 2007; el Decreto Ejecutivo 156 de 20 de noviembre de 2013; el Acuerdo Ministerial No. 043/2017 de 6 de julio de 2017, del Ministerio de Transporte y por la Mesa General de Negociación (respecto del resto del personal al servicio de la Corporación), elevándose su ejecución al órgano competente, previo oportuno expediente instruido a tal efecto, en los términos Obras Públicas; y el inciso segundo del artículo anterior.22 del Reglamento Interno del Consejo Nacional de Aviación Civil,

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Samples: Permiso De Operación

Disposición general. Las retribuciones Única.- La veracidad sobre la autenticidad de los documentos ingresados es de exclusiva responsabilidad de la peticionaria y representantes de la Fundación LEGATUM. En todo caso, de comprobarse falsedad u oposición legalmente fundamentada, el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos se reserva el derecho de dejar sin efecto el presente instrumento legal y de ser necesario, iniciar las acciones legales correspondientes. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Por delegación de la Ministra de la Mujer y Derechos Humanos, suscribo. Que, el artículo 292 de la norma ibidem, define al Presupuesto General del personal laboral Estado como el instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y egresos, e incluye todos los ingresos y egresos del sector público, con excepción de los pertenecientes a la seguridad social; Que, el artículo 82 del Reglamento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, refiere: “Programación presupuestaria en el año que se posesiona el/la Presidente/a de la República.- Hasta que se apruebe el Presupuesto General del Estado del año en que se posesiona la Presidente o el Presidente de la República, regirá el monto total del presupuesto codificado al servicio 31 de diciembre del Ayuntamiento año anterior, particular que deberá ser notificado oficialmente por parte del Ministro o Ministra a cargo de Valencialas finanzas públicas a la Asamblea Nacional hasta el 15 enero, junto con un informe técnico. En los presupuestos del resto del sector público, se ajustarán aplicará esta misma disposición, con su respectivo órgano legislativo. Que, el artículo 7 ibidem establece el principio de desconcentración que señala que la función administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución objetiva de funciones, privilegia la delegación de la repartición de funciones entre los órganos de una misma administración pública, para descongestionar y acercar la administración a las personas; Que, el artículo 55, inciso penúltimo, del Código Orgánico Administrativo, señala que los órganos colegiados adoptarán sus incrementosdecisiones sobre la base de los informes técnicos, revisiones, adaptaciones económicos y adecuaciones, jurídicos provistos bajo responsabilidad de los órganos a lo que cargo de las actividades de ejecución y asesoría en su caso queden reflejadas en las leyes la administración; La aprobación de presupuestos generales la proforma y la evaluación de resultados del Estado para dichos ejerciciosFondo Presupuestario Anual de cada seguro son responsabilidad del Consejo Directivo del IESS. El personal laboral control previo y concurrente durante la ejecución presupuestaria es responsabilidad de cada uno de los funcionarios ordenadores de ingresos y gastos de la respectiva Administradora; Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Promoción del Ayuntamiento Trabajo Juvenil, Regulación Excepcional de Valencia percibirá anualmente la Jornada de Trabajo, Cesantía y Seguro de Desempleo, agrega en el artículo 7 de la Ley del Banco del IESS el siguiente inciso “Los rendimientos de las mismas retribuciones inversiones deberán ser capitalizados en cada uno de los fondos a los que el personal funcionario con el que se le homologuepertenecen los recursos. En el caso de la administradora general se distribuirá a cada uno de los seguros especializados en proporción a las tasas de aportación vigentes”; Que, mediante Resolución No. C.D. 621 de 22 de diciembre de 2020, el Consejo Directivo expidió la “Codificación del Plan de Austeridad y Restricción de Gastos del IESS”, con el objeto de garantizar la ejecución efectiva y eficiente del presupuesto institucional, de manera sostenible, responsable, transparente y procurar la estabilidad financiera de la institución; misma que esté adscrito a un puesto fue reformada mediante Resolución No. C.D. 642 de trabajo, la homologación lo será por los mismos conceptos y cuantías. Las retribuciones del personal laboral del Ayuntamiento 15 de Valencia experimentarán el incremento quenoviembre de 2021; Que, en su casoDecreto Ejecutivo Nro. 457, fije de 18 xx xxxxx de 2022, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, establece los “Lineamientos para la Optimización del Gasto Público”; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, letras i) y j), de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 y sucesivosSeguridad Social; y, de acuerdo con los mismos límites y las mismas condiciones que las establecidas para el personal funcionario de la misma categoría con el que se homologue, sin que la masa salarial de dicho personal laboral pueda exceder de los límites establecidos por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2012 y sucesivos. Al objeto de mejorar la calidad de los servicios públicos que posibilite la máxima atención a la ciudadanía y una mejora en la gestión, objetivos a los que deben ir dirigidos todos los esfuerzos de la Administración, en la que resulta necesario la implicación del personal a su servicio, se constituirá un fondo con los criterios de distribución negociados por la Mesa General de Negociación, y que una vez constatada y evaluada, mensualmente, será singularizado en su estudio por la Mesa Técnica de Bomberos (respecto al personal adscrito a la Delegación de Bomberos, Prevención e Intervención en Emergencias), por la Mesa Técnica de Policía (respecto al personal destinado lo dispuesto en el Servicio de Policía Local) y por la Mesa General de Negociación (respecto artículo 55, inciso segundo, del resto del personal al servicio de la Corporación), elevándose su ejecución al órgano competente, previo oportuno expediente instruido a tal efecto, en los términos del artículo anterior.Código Orgánico Administrativo,

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