Common use of Documentación a presentar a efectos de la adjudicación Clause in Contracts

Documentación a presentar a efectos de la adjudicación. Una vez valoradas las ofertas presentadas por los licitadores, y con carácter previo a la adjudicación, se requerirá al licitador que hubiera presentado la oferta con la mejor relación calidad precio para que presente la siguiente documentación: 1. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar 1.1. Personas físicas: licitadores españoles y no españoles pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea 1.1.1. Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, del licitador que fuere persona física 1.2. Personas jurídicas: licitadores españoles: 1.2.1. Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si los estatutos han sufrido modificaciones deberá acreditarse la redacción vigente. 1.3. Personas jurídicas: licitadores no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o Estado parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo distinto de España 1.3.1. Inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establecen en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 1.4. Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea ni signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo distinto de España: 1.4.1. Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato 1.4.2. Informe que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior.

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Samples: Procedimiento Para La Contratación De Un Servicio Integral De Medios, Servicio Integral De Publicidad

Documentación a presentar a efectos de la adjudicación. Una vez valoradas las ofertas presentadas por los licitadores, y con carácter previo a la adjudicación, se requerirá al licitador a aquel que hubiera presentado la oferta con la mejor relación calidad precio económicamente más ventajosa para que presente la siguiente documentación: a) Documentos acreditativos de la personalidad, capacidad de obrar, representación y cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social: Las personas físicas o jurídicas deberán presentar la siguiente documentación: 1. Acreditación de la personalidad Personalidad y capacidad de obrar 1.1. Personas físicas: licitadores españoles y no españoles pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea 1.1.1. 1.1.- Documento Nacional de Identidad o documento equivalenteque haga sus veces, del licitador que fuere persona física 1.2. Personas jurídicas: 1.2.- La capacidad de obrar de los licitadores españoles: 1.2.1. Escritura que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si los estatutos han sufrido modificaciones deberá acreditarse la redacción vigente. 1.3. Personas jurídicas: 1.3.- La capacidad de obrar de los licitadores no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o Estado parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo distinto de España 1.3.1. Inscripción se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establecen en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001establezcan reglamentariamente, de 12 acuerdo con las disposiciones comunitarias de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicasaplicación. 1.4. Personas 1.4.- Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea ni signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo distinto deberán acreditar su capacidad de España: 1.4.1. Informe obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u y Oficina Consular de España del lugar del de domicilio de la empresa, en la el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato 1.4.2contrato. Informe Asimismo, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que justifique se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior.de

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Documentación a presentar a efectos de la adjudicación. Una vez valoradas las ofertas presentadas por los licitadores, y con carácter previo a la adjudicación, se requerirá al licitador que hubiera presentado la oferta con la mejor relación calidad calidad-precio para que presente la siguiente documentación: 1. Acreditación de la personalidad y capacidad de obrar 1.1. Personas físicas: licitadores españoles y no españoles pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea 1.1.1. Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, del licitador que fuere persona física 1.2. Personas jurídicas: licitadores españoles: 1.2.1. Escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regule su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Si los estatutos han sufrido modificaciones deberá acreditarse la redacción vigente. 1.3. Personas jurídicas: licitadores no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o Estado parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo distinto de España 1.3.1. Inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establecen en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 1.4. Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea ni signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo distinto de España: 1.4.1. Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato 1.4.2. Informe que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior.

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