Common use of DURACIÓN DEL SEGURO Clause in Contracts

DURACIÓN DEL SEGURO. Salvo estipulación en contrario, el seguro tiene una duración de un año y entra en vigor siempre y cuando el asegurado haya pagado el recibo de la primera prima, en el día y hora indicados en las condiciones particulares de la póliza, y terminará a la misma hora del día en que se cumpla el año. Si dos meses antes de la expiración del plazo de vigencia ninguna de las partes notifica por medio fehaciente su voluntad de resolución del contrato, éste se considerará prorrogado por un nuevo período de un año, y así sucesivamente.

Appears in 4 contracts

Samples: www.legalitas.com, www.legalitas.com, abogados.legalitas.com

DURACIÓN DEL SEGURO. Salvo estipulación en contrario, el seguro tiene una duración de un año y entra en vigor vigor, siempre y cuando el asegurado Asegurado haya pagado el recibo de la primera prima, en el día y hora indicados en las condiciones particulares Condiciones Particulares de la póliza, y terminará a la misma hora del día en que se cumpla el año. Si dos meses antes de la expiración del plazo de vigencia vigencia, ninguna de las partes notifica por medio fehaciente su voluntad de resolución rescisión del contrato, éste se considerará prorrogado por un nuevo período de un año, y así sucesivamente.

Appears in 1 contract

Samples: Seguro De Defensa Jurídica