Eficacia y alcance obligacional. Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores y por la representatividad de las organizaciones firmantes, el presente Convenio obligará a todas las empresas y trabajadores comprendidos dentro de sus ámbitos funcional, personal y territorial.
Eficacia y alcance obligacional. Dada la naturaleza normativa y de eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto en el Título III del Estatuto de los Trabajadores y por la representatividad de las organizaciones firmantes, el presente Convenio obligará a todas las asociaciones, empresas, personas y entidades comprendidas dentro de su ámbito funcional y personal en territorio español.
Eficacia y alcance obligacional. El presente Xxxxxxxx se suscribe al amparo del artículo 83.1 y 83.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, obligando a las empresas y trabajadores comprendidos dentro de su ámbito funcional, personal y territorial.
Eficacia y alcance obligacional. Dada la naturaleza normativa y eficacia general, que le viene dada por lo dispuesto en el Título III del Texto Refun- dido del Estatuto de los Trabajadores y por la representatividad de las organizaciones firmantes, el presente Convenio obligará a todas las empresas y personas trabajadoras comprendidos en los ámbitos funcional, personal y territorial del presente convenio.
Eficacia y alcance obligacional. Dada la representatividad de las organizaciones firmantes, y de acuerdo con lo establecido en el Título II del Estatuto de los Trabajadores, el presente Convenio obligará a todas las asociaciones, empresas, personas y entidades comprendidas dentro de su ámbito funcional y personal en territorio español.
Eficacia y alcance obligacional cve: BOE-A-2010-10673 El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 83.1 y 83.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, en conexión con su disposición transitoria sexta, obligando a las empresas y trabajadores comprendidos dentro de su ámbito funcional, personal y territorial.
Eficacia y alcance obligacional. El presente Xxxxxxxx se suscribe al amparo del artículo 83.1 y 83.2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, en conexión con su disposición transitoria sexta, obligando a las empresas y trabajadores comprendidos dentro de su ámbito funcional, personal y territorial. A tal efecto, y en el ámbito al que el presente Convenio afecta, sustituye en su integridad a la Ordenanza Laboral para las Empresas de Transportes por Carretera y a cualquier acuerdo, pacto o Convenio de cualquier rango normativo que para el mismo ámbito hubiera sido acordado para prorrogar la vigencia de aquélla. El presente Convenio queda abierto a la adhesión de otras organizaciones sindicales y empresariales representativas, de conformidad con la legislación vigente.
Eficacia y alcance obligacional. Dada la eficacia del presente Convenio que le viene otorgado de acuerdo con el Título III del Estatuto de los/as Trabajadores/ as, el presente Convenio obligará a todas las relaciones de la empresa Faecta y trabajadores/as comprendidos/as dentro de los ámbitos funcional, personal y territorial, con la sola excepción de proyectos finalistas, subvencionados por las distintas administraciones, en cuyo caso será de aplicación la normativa legal vigente en esa materia, si ello fuera posible.
Eficacia y alcance obligacional. Dada la representatividad de las organizaciones y re- presentaciones firmantes, y de acuerdo con lo estable- cido en el título tercero del Estatuto de los Trabajado- res, el presente Convenio obligará a todas las asociacio- nes, empresas, trabajadores y entidades comprendidas dentro de su ámbito funcional, personal y territorial.
Eficacia y alcance obligacional. Dada la representatividad de las organizaciones sindi - cales en el seno de la empresa establecidas legalmente, como la aplicación del Convenio general del Sector de Limpieza pública, viaria, riegos, recogida, tratamiento y eliminación de residuos y limpieza y conservación de Al - cantarillado B.O.E. núm. 58, y, el carácter normativo o ul - tra-actividad, del carácter permanente regulados en el ar - tículo 6º del Convenio de Inagra vigente, el nuevo texto de convenio concreta el alcance y la obligación tanto a la empresa actual concesionaria del servicio como a quien o quienes le sustituya y a los trabajadores.