Ejecución defectuosa e imposición de penalidades. El régimen de imposición de penalidades es el previsto en la cláusula 41 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el acuerdo marco en el que se basa el presente contrato. 8 Máximo 20% La persona titular de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas podrá acordar la resolución de los contratos basados cuando concurran las causas establecidas en los artículos 211 y 306 del PCAP o las específicas previstas en la cláusula 44 del PCAP del Acuerdo Marco.
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Ejecución defectuosa e imposición de penalidades. El régimen de imposición de penalidades es el previsto en la cláusula 41 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el acuerdo marco en el que se basa el presente contrato. 8 Máximo 20% La persona titular El órgano de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas contratación podrá acordar la resolución de los contratos basados cuando concurran las causas 8 Máximo 20% Página 32 de 45 establecidas en los artículos 211 y 306 del PCAP o las específicas previstas en la cláusula 44 del PCAP del Acuerdo Marco.
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Ejecución defectuosa e imposición de penalidades. El régimen de imposición de penalidades es el previsto en la cláusula 41 40 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el acuerdo marco en el que se basa el presente contrato. 8 Máximo 20% La persona titular de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas podrá acordar la resolución de los contratos basados del contrato basado cuando concurran las causas establecidas en los artículos en los artículos 211 y 306 313 de la LCSP. Además de las anteriores, son causas de resolución del PCAP o presente contrato las específicas previstas en la cláusula 44 del PCAP del Acuerdo Marco42.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el acuerdo marco en el que el mismo se basa.
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Samples: Contrato Basado en El Acuerdo Marco De Homologación De Los Servicios De Limpieza Ecológica
Ejecución defectuosa e imposición de penalidades. El régimen de imposición de penalidades es el previsto en la cláusula 41 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el acuerdo marco en el que se basa el presente contrato. 8 Máximo 20% La persona titular de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas podrá acordar la resolución de los contratos basados cuando concurran las causas establecidas en los artículos 211 y 306 del PCAP o las específicas previstas en la cláusula 44 del PCAP del Acuerdo Marco.
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