ENVÍO DE INFORMACIÓN. Los titulares de las unidades operativas de contrataciones deberán remitir a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES los antecedentes necesarios para la aplicación de las sanciones, a través del sistema o los medios y en el formato que ésta determine y dentro del plazo que establezca a tal fin.
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Samples: Normativa Sobre El Régimen De Contrataciones De La Administración Nacional, Régimen De Contrataciones De La Administración Nacional, Reglamento De Contrataciones
ENVÍO DE INFORMACIÓN. Los titulares de las unidades operativas de contrataciones deberán remitir a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES O.N.C. los antecedentes necesarios para la aplicación de las sanciones, a través del sistema o los medios y en el formato que ésta determine y dentro del plazo que establezca a tal fin.
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