GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA Cláusulas de Ejemplo

GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. Se gestionarán los gastos necesarios para la prolongación de la estancia en un hotel escogido por el Beneficiario, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si dicha prolongación ha sido prescrita por el médico local y el Equipo Médico de SERVICIOS DE ASISTENCIA AXA. Este beneficio está limitado a $480 pesos por día, con un máximo de cinco días naturales consecutivos.
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. En caso de Accidente Automovilístico, Vial o de Tránsito, la Compañía gestionará los gastos necesarios para la prolongación de la estancia en un hotel escogido por el Beneficiario, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si esta prolongación ha sido prescrita por el médico local y el Equipo Médico de la Compañía. Este beneficio está limitado a 8 Unidades de Medida y Actualización cuyo valor diario se encuentre vigente al momento de ocurrir el siniestro, por día, con un máximo de cinco (5) días naturales consecutivos por evento. En caso de que la póliza de seguro tenga una vigencia menor a un año, la Compañía otorgará un solo evento.
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. TRAVELER ASSISTANCE reintegrará los gastos de hotel conforme a los montos máximos establecidos en el Certificado de Asistencia adquirido, cuando el médico tratante prescriba reposo forzoso para EL BENEFICIARIO, luego de una internación que debe haber sido por un período mínimo de 7 (siete) días corridos y a su salida del hospital deba obligatoriamente cumplirlo, siempre que dicha internación haya sido coordinada y autorizada por el equipo médico y la Central de Asistencia de TRAVELER ASSISTANCE. Asimismo, TRAVELER ASSISTANCE cubrirá los gastos de hotel del acompañante de viaje del BENEFICIARIO, también TITULAR o BENEFICIARIO de un certificado de asistencia, cuando el médico tratante prescriba reposo forzoso para luego de una internación mayor a 7 (siete) días corridos. Previamente autorizada por el equipo profesional médico de TRAVELER ASSISTANCE, y siempre que dicha internación haya sido organizada y a cargo de la central de asistencia de TRAVELER ASSISTANCE. EL TITULAR y/o BENEFICIARIO deberá indefectiblemente comunicarse con la Central de Asistencia de TRAVELER ASSISTANCE a fin de autorizar el servicio. Para tales efectos, el Certificado de Asistencia deberá encontrarse vigente. No serán aceptados posteriormente pedidos de reembolso sin ninguna justificación. El servicio de gastos de hotel tendrá un límite diario según el número de días de hospedaje y nunca excederá el tope máximo establecido en el certificado de asistencia. No será reconocido el derecho a este BENEFICIO si el motivo de la internación atiende a uno de los servicios no incluidos del presente condicionado de servicios. No se prestará el servicio cuando el motivo de la hospitalización es por diagnóstico de Covid 19- Positivo
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. En caso de Accidente Automovilístico, la Compañía gestionará los gastos necesarios para la prolongación de la estancia en un hotel escogido por el Beneficiario, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si esta prolongación ha sido prescrita por el médico local y el Equipo Médico de la Compañía. Este beneficio está limitado a $650.00 pesos MN., por día, con un máximo de cinco (5) días naturales consecutivos por evento.
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. COLASISTENCIA reembolsará al Titular gastos de hotel, únicamente en concepto de alojamiento (es decir sin extras), siempre que exista autorización previa otorgada al Titular por parte de la central de asistencias COLASISTENCIA, cuando el midico tratante prescribiere reposo forzoso luego de una hospitalización. Para obtener este beneficio el Titular deberá haber estado hospitalizado por un periodo mínimo de 5 (cinco) días, y dicha hospitalización deberá haber sido fehacientemente autorizada por la Central de asistencias COLASISTENCIA. Dichos gastos de hotel tendrán un límite de máximo 5 días, y un máximo total diario de Dos Cientos Mil Pesos ($200.000) Por día, para un gasto máximo total de Un Millón de Pesos ($ 1.000.000)
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. Seguros Monterrey New York Life cubrirá los gastos necesarios para la prolongación de la estancia del Asegurado o Dependiente, en un hotel escogido por el Asegurado, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si esta prolongación ha sido prescrita por el Médico Tratante y el equipo médico de Asistencia Alfa Medical. Este beneficio está limitado a $120.00 U.S. Dólares, por día, con un máximo de 5 (cinco) días naturales consecutivos por evento, hasta 2 (dos) eventos por año y póliza. Si el asegurado después del tratamiento local, según el criterio del Médico Tratante y del equipo médico de Asistencia Alfa Medical, no puede regresar a su ciudad de residencia permanente como pasajero normal, o no puede utilizar los medios inicialmente previstos, Seguros Monterrey New York Life coordinará su traslado por avión o autobús de línea regular, haciéndose cargo de todos los gastos suplementarios que fueran necesarios y del boleto de regreso del asegurado, si el que éste tuviera no fuese válido.
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. Verifique que su voucher contratado cuente con este servicio
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. Como consecuencia de un accidente o enfermedad no preexistente ni recurrente, crónica o epidémica, el Beneficiario hubiese estado internado en un hospital al menos siete (7) días, que a su salida deba obligatoriamente guardar reposo forzoso por prescripción del médico tratante en común acuerdo con el departamento médico de la Central de Asistencias, reintegrará los gastos de alojamiento en hotel con un máximo de 5 (cinco) días o hasta el tope máximo según el producto de su plan de asistencia, lo que suceda primero.
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. Cuando el Titular de esta Póliza y/o su(s) Familiar(es) derivado de un Accidente o Enfermedad cuando viajen juntos dentro de los Estados Unidos Mexicanos o cualquier país extranjero, o bien si el Conductor y los Ocupantes del Vehículo Asegurado a consecuencia de un Accidente Automovilístico ocurrido dentro de los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América o Canadá, inmediatamente después de haber sido dado(s) de alta del Hospital y por prescripción del médico local y del Equipo Médico Autorizado por la Compañía, requiere(n) la prolongación de su estancia en un hotel de la ciudad donde se le(s) brinda la atención médica, la Compañía pagará los gastos de hospedaje en el hotel de su elección. Hasta $60.00 Dólares de los Estados Unidos de América por día con un máximo de 5 (cinco) días naturales consecutivos dentro de los Estados Unidos Mexicanos.
GASTOS DE HOTEL POR CONVALECENCIA. Cuando el Asegurado Titular y/u Ocupantes derivado de un Accidente Automovilístico ocurrido dentro de los Estados Unidos Mexicanos, inmediatamente después de haber sido dado(s) de alta del Hospital y, por prescripción del Médico que lo atienda requiere la prolongación de su estancia en un hotel de la ciudad donde se le(s) brinda la atención médica, la Compañía reembolsará los gastos de hospedaje en un hotel de su elección a quien acredite haberlos realizado y hasta agotar la suma asegurada y número de eventos establecidos para esta cobertura establecidos en el capítulo 3 “Límites de sumas aseguradas” de estas Condiciones Generales. Esta cobertura solamente se proporcionará a partir del kilómetro 100 (cien) del lugar de Residencia Permanente del Asegurado Titular cuando ésta se localice en la Ciudad de México y a partir del kilómetro 50 (cincuenta) en el resto de los Estados Unidos Mexicanos.