Equipamiento para la prestación del Servicio Cláusulas de Ejemplo

Equipamiento para la prestación del Servicio. MOVISTAR proporcionará el equipamiento necesario para la prestación del Servicio. Este equipamientoincluye: · Módem/Router ADSL en el caso de que el Servicio se preste por acceso de cobre, así como microfiltros. · Módem/Router en el caso de prestación del Servicio por acceso radioeléctrico vía radio. · Antena y kit de satélite en el caso de prestación del Servicio por acceso radioeléctrico desatélite. El equipamiento anteriormente citado se ofrece en régimen de alquiler, siendo propietario de éste en todo momento MOVISTAR. El CLIENTE tiene la obligación de darle un correcto uso. Las condiciones de contratación y funcionamiento del equipamiento en régimen de alquiler se regirán por las condiciones que regulen dicho alquiler publicadas en xxx.xxxxxxxx.xx Quedan excluidos del equipamiento todos aquellos elementos que sean accesorios como extensiones de cableado, instalación de varias rosetas o cualquier otro elemento que no sea necesario para la correcta prestación del servicio.
Equipamiento para la prestación del Servicio. MOVISTAR proporcionará el equipamiento necesario para la prestación del Servicio. Este equipamiento incluye: · Módem/Router para prestación del Servicio por acceso radioeléctrico vía radio. El equipamiento anteriormente citado se ofrece en régimen de alquiler, siendo propietario de éste en todo momento MOVISTAR. El CLIENTE tiene la obligación de darle un correcto uso. Las condiciones de contratación y funcionamiento del equipamiento en régimen de alquiler se regirán por las condiciones que regulen dicho alquiler publicadas en xxx.xxxxxxxx.xx A la finalización del presente contrato, por cualquiera de las causas contempladas en el mismo, el CLIENTE se obliga a permitir a MOVISTAR, o a su personal autorizado, el acceso al domicilio o ubicación donde se encuentre instalado el Módem/Router asociado al Servicio dentro de los treinta días siguientes a la resolución del Contrato. En el caso de que MOVISTAR no pudiera acceder al domicilio del CLIENTE donde se encuentre instalado el Módem/Router asociado al Servicio y proceder a la recogida de dicho Equipamiento o en caso de que, verificado dicho desplazamiento al domicilio del CLIENTE, el Módem/Router presentara algún tipo de avería o desperfecto, faltare alguno de sus componentes o no se ajuste enteramente al modelo provisto por MOVISTAR, ésta facturará al CLIENTE el precio correspondiente a dicho Módem/Router (290,4 € IVA incluido). Quedan excluidos del equipamiento todos aquellos elementos que sean accesorios como extensiones de cableado, instalación de antenas, rosetas o cualquier otro elemento que no sea necesario para la correcta prestación del servicio.
Equipamiento para la prestación del Servicio. MOVISTAR proporcionará el equipamiento necesario para la prestación del Servicio. Este equipamiento incluye:  Antena, decodificador y kit de elementos y cableado necesarios para la correcta prestación del servicio. El equipamiento anteriormente citado se ofrece en régimen de venta, siendo propietario de éste el CLIENTE. El CLIENTE tiene la obligación de darle un correcto uso. Quedan excluidos del equipamiento todos aquellos elementos que sean accesorios como extensiones de cableado, instalación de antenas, rosetas o cualquier otro elemento que no sea necesario para la correcta prestación del servicio.
Equipamiento para la prestación del Servicio. MOVISTAR proporcionará el equipamiento necesario para la prestación del Servicio. Este equipamiento incluye: Módem/Router para prestación del Servicio por acceso radioeléctrico vía radio. El equipamiento anteriormente citado se ofrece en régimen de alquiler, siendo propietario de éste en todo momento MOVISTAR. El CLIENTE tiene la obligación de darle un correcto uso. Las condiciones de contratación y funcionamiento del equipamiento en régimen de alquiler se regirán por las condiciones que regulen dicho alquiler publicadas en xxx.xxxxxxxx.xx. A la finalización del presente contrato, por cualquiera de las causas contempladas en el mismo, el CLIENTE se obliga a devolver el Router asociado al Servicio dentro de los quince días naturales siguientes a la resolución del Contrato, de acuerdo con el procedimiento que se le indicará llamando al 1004 o al 1489 de Respuesta Profesional. En caso de que el CLIENTE no proceda a la devolución del Router en el plazo indicado o en caso de que el Router presentara algún tipo de avería o desperfecto que exceda del solo efecto del uso, faltare alguno de sus componentes o no se ajustare enteramente al modelo provisto por MOVISTAR, ésta facturará en concepto de penalización al cliente el precio correspondiente a dicho Router. Quedan excluidos del equipamiento todos aquellos elementos que sean accesorios como extensiones de cableado, instalación de antenas, rosetas o cualquier otro elemento que no sea necesario para la correcta prestación del servicio. La baja del servicio de internet manteniendo la línea individual requiere del uso del Router, por lo que en estos casos no es necesaria la devolución del Router.
Equipamiento para la prestación del Servicio. Todo recurso software, hardware, computadoras, servidores, bases de datos, escáneres de documentos, personal, muebles para el personal o cualquier otro recurso que se necesite para la prestación adecuada y oportuna del servicio, será provisto por el PROVEEDOR. Asimismo, este deberá contar con los mecanismos, equipamiento y ambientes de contingencia necesarios que le permita garantizar la disponibilidad del servicio a efectos de atender con rapidez cualquier incidente que pueda afectar la prestación del mismo.
Equipamiento para la prestación del Servicio. No. Inmueble Cargo Elementos Radio Largo Alcance Radio Comunicación Nextel Fornitura Tolete Lámpara Sorda 1 EDIFICIO SEDE Coordinador de vigilancia y seguridad en turno de 12 x 12 1 1 1 0 0 1 Jefe de turno 24 x 24 hrs. 2 1 1 2 1 1 Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 10 5 0 10 5 3 Elemento en turno de 12 x 12 hrs. 1 1 0 0 1 0 2 CONJUNTO TOLTECA Jefe de turno 24 x 24 hrs. 2 1 1 2 1 1 Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 6 2 0 6 3 1 3 LABORATORIO NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 0 1 4 2 1 4 SINDICATO NACIONAL Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 2 0 1 2 1 1 5 DELEGACIÓN PONIENTE. Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 2 1 4 1 1 6 DELEGACIÓN SUR. Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 2 1 4 1 1 7 UNIDAD DE SERVICIO LA VILLA Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 2 0 1 2 1 1 8 DELEGACIÓN CENTRO. Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 2 1 4 1 1 9 DELEGACIÓN ORIENTE Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 2 0 1 2 1 1 10 DELEGACIÓN NAUCALPAN Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 2 1 4 1 1 11 DELEGACIÓN NEZAHUALCÓYOTL Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 2 1 4 1 1 12 DELEGACIÓN TLALNEPANTLA Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 4 2 1 4 1 1 13 SUBDELEGACIÓN ECATEPEC Elemento en turno de 24 x 24 hrs. 2 0 1 2 1 1 Totales 58 23 14 56 23 18 El licitante adjudicado proporcionará a la Procuraduría, adicionalmente 2 aparatos de Radio portatil de dos vías para la Dirección de Servicios Generales, para dar un total de 25 aparatos, en caso de daño o falla los deberá sustituir en un plazo máximo de 24 horas, posterior a la notificación que por escrito le realice el Titular de la Dirección de Servicios Generales. Conforme a las siguientes especificaciones: Tipo: Portátil Banda: UHF / VHF Rango de Frecuencia: VHF 136-150 MHz 150-174 MHz HF 403 -425 MHz 450 – 470 MHz Canales: 16 Batería: NiMh Separación xx xxxxx: 12.5kHz/25kHz Potencia VHF: 5W UHF 4W Display : No Peso (aproximado) 350 g Programable: 2 botones Bloqueo canal ocup.: Si Elim. canal ruidoso: Si Rastreo: Prioridad Sencilla Ind. bateria baja: Si Protocolo Señal. PL/DPL/DPL inv. El licitante adjudicado proporcionará a la Procuraduría, adicionalmente 2 equipos de telefonía móvil con servicio de datos móviles para la Dirección de Servicios Generales, para dar un total de 16 aparatos, en caso de daño o falla los deberá sustituir en un plazo máximo de 24 horas, posterior a la notificación que por escrito le realice el Titular de la Dirección de Servicios Generales. Dichos equipos de telefonía móvil deberán estar en perf...

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  • CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestará el servicio público domiciliario de acueducto y/o alcantarillado dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley y en el anexo técnico de este contrato. EPM tiene la obligación de suministrar efectivamente los servicios a los predios urbanizados y/o que cuenten con licencia de construcción que se encuentren dentro de su área de prestación. El titular de la licencia de construcción deberá solicitar su vinculación como usuario a EPM, la cual deberá ser atendida en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud. Salvo fuerza mayor o caso fortuito, la iniciación en la prestación del servicio solicitado no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde el momento en el que EPM indique que está en posibilidad de prestar el servicio y el USUARIO ha atendido las condiciones uniformes. Si un proyecto con licencia de construcción vigente se encuentra por fuera del área de prestación del servicio, el interesado podrá voluntariamente acordar con EPM las condiciones para la prestación. EPM podrá acordar con los urbanizadores y constructores la conexión de sus proyectos urbanísticos a las redes locales de acueducto y alcantarillado, la construcción de las redes propias del proyecto y el pago del reconocimiento económico de aquello que exceda las necesidades del proyecto urbanístico. EPM podrá recuperar los reconocimientos económicos efectuados a un primer urbanizador, mediante el cobro a otros urbanizadores que se beneficien posteriormente de estas redes. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por el reglamento técnico de redes internas o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopten o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO potencial deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, al inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM podrá cobrar las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión, la certificación y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas. Parágrafo 4. EPM recibirá las solicitudes de los usuarios potenciales en todos los casos. Una vez presentada la solicitud será resuelta dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales. Para los casos de solicitudes incompletas o que no presentan requisitos, al momento de la recepción de la misma se informará al USUARIO potencial de los requisitos faltantes para proceder a ingresar la solicitud. Ésta se dejará pendiente para que en un plazo de quince (15) días el USUARIO aporte los documentos o información requeridos. Vencido este término sin que el peticionario haya cumplido el requerimiento, EPM entenderá que ha desistido de su petición y dispondrá su archivo.

  • CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones, LA ENTIDAD debe comunicar las mismas a EL CONTRATISTA, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de veinte (20) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan, desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO (Esta cláusula será elaborada por la ENTIDAD conforme a la forma de adjudicación establecida en el DBC por el Total, por Ítems o por Lotes).

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO El LOTE 2, la prestación del Servicio de Comedores Escolares en los centros públicos de educación infantil y primaria consiste en: - ALMUERZOS en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en: 1.- Al no existir en los centros escolares cocinas ni espacios propios para la elaboración de los menús, la empresa concesionaria deberá elaborar los menús del almuerzo en sus cocinas y en el propio día de distribución. La empresa adjudicataria deberá disponer de un sistema de producción en cadena que garantice la seguridad alimentaria y la conservación de las características de las comidas. 2.- Así la empresa adjudicataria deberá garantizar que cumple las condiciones establecidas en materia de medidas sanitarias y de higiene y cualquiera otra disposición legal que pueda afectar la prestación del servicio. La empresa adjudicataria será la única responsable de la calidad y del buen estado de los alimentos. 3.- Las comidas y platos cocinados deberán suministrarse a temperatura adecuada para su consumo inmediato, garantizando una correcta manipulación y elaboración de los menús, debiendo hacerse énfasis en la calidad y en la temperatura adecuada de los menús servidos, por lo que deberá disponer de un registro de temperatura de salida y entrada. Todo ello de conformidad con las garantías higiénicas que contempla la legislación vigente. 4.- La distribución de los menús se llevará a cabo con entregas diarias, y se realizará en furgones isotérmicos debidamente homologados para el transporte de alimentos y cumpliendo con la normativa vigente en materia de transporte de productos alimantarios. 5.- El horario de entrega de los menús en los centros escolares será de 12:30 a 13:30, y siempre media hora antes de la hora establecida para el almuerzo, que será a las 14 horas, si bien en casos excepcionales podrán habilitarse otros horarios previa valoración de las circunstancias existentes por parte de los técnicos del Ayuntamiento. La hora de entrega de los menús, en ningún caso, puede alterar la temperatura adecuada de los mismos. 6.- La colocación de las mesas del comedor, así como la distribución de los menús escolares hasta ellas, su reparto entre los comensales. 7.- Las labores de recogida y limpieza de todo el material empleado y de las dependencias, maquinaria y útiles utilizados en la prestación del servicio de comedor. También la evacuación de los residuos a la zona que cada centro tenga destinada para la basura. Estas acciones se realizarán fuera del horario de 14-16, en el caso de las acciones preparatorias se harán media hora antes del comienzo del servicio de comedor, y las posteriores se realizan a partir de las 16 horas. La limpieza se efectuará diariamente a partir de las 16 horas, sin perjuicio de que el local esté permanentemente limpio. Para esta tarea, se utilizarán productos biodegradables y no contaminantes. 8.- Tareas de atención y vigilancia del alumnado con personal monitor/cuidador, que utilice el servicio de comedor escolar en los períodos anteriores (desde la finalización de la última clase de la mañana), durante los turnos del servicio, y durante el período posterior a la utilización del servicio (hasta las 16 horas, coincidiendo con el comienzo de las actividades extraescolares). 9.- Planificación y desarrollo del programa de actividades lúdico-educativas a desarrollar a lo largo del horario del servicio de comedor. Esto será controlado por los responsables del contrato y podrá ser contrastado por los representantes de las AMPAS de cada Centro Educativo, que en su caso, informarán al Servicio del Ayuntamiento del cumplimiento o incumplimiento del mismo - DESAYUNOS, en los comedores escolares de los centros públicos de educación infantil primaria de la ciudad xx Xxxx. Este servicio consiste en:

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.

  • CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO IBERDROLA prestará el SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas de mantenimiento anuales se ajustarán a los procedi- mientos de IBERDROLA y serán realizadas según rutas y en tiem- pos definidos por IBERDROLA, siendo coordinadas con el CLIENTE con suficiente antelación. - El CLIENTE deberá permitir al personal al servicio de IBERDROLA el desempeño de los trabajos necesarios para la prestación del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS. En particular, y de forma no exhaustiva, el CLIENTE deberá permitir el acceso a las instalacio- nes y equipos objeto del presente Servicio, así como facilitar y actualizar a IBERDROLA en todo momento los datos de contacto para realizar las operaciones de instalación, sustitución y mante- nimiento necesarias. El no cumplimiento por parte del cliente de esta condición podrá ser causa de resolución del contrato. - El CLIENTE tendrá derecho a solicitar a IBERDROLA la reparación de un máximo de dos averías en cada periodo anual de contrato, con el alcance y exclusiones que en él se refieren. El CLIENTE será responsable del uso adecuado y justificado de los avisos de avería notificados a IBERDROLA. - Se facilitará al CLIENTE el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según proceda, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe deberá ser recepcionado por el CLIENTE, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Se ofrecerá una garantía mínima de seis meses en todas las re- paraciones que se realicen, desde la fecha de terminación de la reparación. -El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indi- cado en las Condiciones Particulares, de forma que si el CLIENTE se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimiento de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real De- creto 919/2006. G-CG-2014-03 - IBERDROLA atenderá las averías de las instalaciones y equipos, incluidos dentro del alcance, en un plazo máximo de 2 días la- borables (considerando como tal de lunes a viernes de 8h a 20h, excepto festivos nacionales) desde la fecha de la visita xx xxxxx- nimiento anual o recepción del aviso del CLIENTE. - En caso de que IBERDROLA no pueda garantizar la prestación del servicio por causas ajenas a ella como por ejemplo, pero no exclusivamente; peligrosidad en la zona, cualquier tipo xx xxxx- sión al personal técnico de IBERDROLA, condiciones deficientes de salubridad de la vivienda, negativas reiteradas del CLIENTE a precintar una instalación que lo requiera o a recibir la visita anual de mantenimiento, etc., IBERDROLA se reserva el derecho a res- cindir el presente contrato sin que le suponga coste alguno. - IBERDROLA podrá solicitar al CLIENTE su colaboración voluntaria para la realización de controles internos de calidad, siendo siem- pre realizados por personal debidamente acreditado. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del CLIENTE antes de la conclusión de cada periodo anual, le obligará al pago del precio establecido para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfe- cho aún, manteniendo el derecho a realizar dos avisos de averías en dicho periodo anual si no los hubiera efectuado ya. - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBER- DROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MAN- TENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresamente.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.