CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. Objeto: responder por reclamos por desperfectos de fábrica. • Vigencia: [insertar el plazo de la vigencia de la garantía de buen suministro] contado a partir de la recepción final. El pago se hará una vez al año durante la vigencia del contrato en moneda nacional conforme a la prestación y aceptación del servicio, para lo cual el oferente deberá habilitar el acceso de los servicios solicitados por el IHSS a través de las plataformas de administración que provee el fabricante. El trámite de pago se realizará por medio de la Gerencia Administrativa y Financiera, conforme a los procedimientos establecidos por el INSTITUTO, mediante la presentación de los siguientes documentos:
1. Orden de compra SAP
2. Orden de compra exenta. Si aplica
3. Factura original
4. Hoja de Aceptación del Servicio, emitida por la Gerencia de TIC
5. Recibo original
6. Constancia de Pagos a Cuenta vigente
7. Solvencia Fiscal Vigente.
8. Copia del Contrato
9. Copia de Garantía de Calidad Cuando el contratista incumpla las obligaciones establecidas en el contrato, por causas imputables al mismo, se le impondrá el pago de una multa del 0.36% del monto del servicio por cada día de atraso en la disponibilidad solicitada, sin perjuicio de las obligaciones pactadas. Si la demora no justificada diera lugar a que el total cobrado por la multa aquí establecida ascendiera al diez por ciento (10%) del valor parcial del contrato “EL INSTITUTO”, podrá considerar la resolución total del contrato y hacer efectiva la garantía de cumplimiento, sin incurrir por esto en ninguna responsabilidad de su parte.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. El valor de compra del certificado electrónico adquirido por el usuario contratante será cancelado en un cien por ciento (100%) al momento de suscribir el presente contrato. El usuario contratante declara que acepta y se obliga con los términos y condiciones contenidos en el presente contrato. El usuario contratante deberá remitir a las oficinas administrativas de PROCERT la información y recaudos exigidos en cada caso para la emisión conforme del tipo de certificado adquirido. Posteriormente el usuario deberá atender la entrevista de la AR de PROCERT a los efectos de la validación de sus datos y documentación. El cliente sufrirá una penalización del cien por ciento (100%) del monto cancelado si alguno de los datos no concuerda o no se corresponden con la realidad legal o circunstancial declarada por el usuario. PROCERT solo contempla una (1) reemisión del certificado en caso de formateo del equipo en donde se encuentre alojado el certificado electrónico adquirido por el usuario. Si el usuario contratante requiere más de una (1) reemisión, deberá cancelas un nuevo certificado electrónico.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. 13.1. Calificación de la documentación presentada, valoración de los criterios de selección y apertura de proposiciones.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. Cajeros automáticos Se aplicará una pena del 2% por cada día de atraso sobre el importe de la dotación o adición al cajero automático por cada día de atraso, cuando el servicio ordinario no se proporcione en la fecha solicitada por XXXXXXX, y se haya requerido al licitante ganador el día inmediato anterior. Las penas antes descritas por atraso en el cumplimiento en la prestación de los servicios se impondrán sin perjuicio del derecho que tiene BANSEFI de optar por el cumplimiento del contrato o su rescisión. Asimismo, el licitante ganador acepta expresamente estar de acuerdo en que los importes que se apliquen como pena convencional por el atraso en la prestación del servicio, los cubrirá previa notificación que le efectúe BANSEFI, mediante pago por medio de cheque certificado o transferencia bancaria por el monto de la pena que haya sido impuesta, a nombre del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo. El pago de los servicios materia de este contrato quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el licitante ganador deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento, en su caso. Por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a BANSEFI éste podrá modificar el contrato a efecto de prorrogar el plazo para la prestación de los servicios. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a BANSEFI, no se requerirá de la solicitud del licitante ganador. En caso de que el licitante ganador no obtenga la prórroga de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, se hará acreedor a la aplicación de las penas convencionales. Si el licitante ganador incumple con sus obligaciones por motivos diferentes a atrasos, se sujetará al procedimiento de rescisión del contrato, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en ningún caso se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales, ni intereses moratorios a cargo de BANSEFI. XXXXXXX podrá, a su ju...
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. 12 CC-01 ADMINISTRADOR DEL CONTRATO 12 CC-02 PLAZO CONTRACTUAL. 12 CC-03 CESACION DEL CONTRATO 12 CC-04 LUGAR DE ENTREGA DEL SERVICIO 12 CC-05 PLAZO Y CANTIDADES DE ENTREGA DEL SERVICIO 12 CC-06 PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN 12 CC-07 GARANTÍAS 12 CC-08 FORMA DE PAGO 13 CC-09 MULTAS 13
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. Este nuevo módulo permite la agrupación de líneas tanto contrato como prepago, estableciendo un máximo de 10 y un mínimo de 2, de las que al menos 1 de ellas ha de ser de contrato.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. Modalidad del contrato: El contrato será abierto, de montos mínimo y máximo, ya que no se tiene definido el número exacto de servicios a cubrir debido a que éstos dependerán de las fallas que presenten los controles de acceso instalados o en su defecto de que se llegara a presentar un siniestro en las sucursales de BANSEFI y/o se requiera efectuar una reubicación de alguna de ellas. Forma de pago: La Entidad pagará al licitante adjudicado de forma mensual, “a mes vencido”, de acuerdo a los servicios que se hayan devengado en el mes objeto de pago, mediante transferencia bancaria en moneda nacional conforme a los datos bancarios que el licitante adjudicado haya notificado, en un plazo dentro de los 20 (veinte) días hábiles posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a la dirección de correo: xxxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx por parte del licitante adjudicado al Área requirente. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores, el administrador del contrato dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito los datos erróneos que el licitante adjudicado deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el licitante adjudicado presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Penas convencionales: La pena convencional que se aplicará por cada día de atraso en el cumplimiento del contrato será a razón del 2% (dos por ciento) diario sobre el monto total antes del I.V.A., de los servicios que hayan sido entregados o prestados con atraso, y no excederá del monto de la garantía de cumplimiento del contrato. Si el Responsable de Sucursal detecta que los servicios ejecutados no derivaron en el correcto funcionamiento del sistema de control de acceso para la puerta de seguridad, y/o su correcta instalación en la sucursal, NO firmará de conformidad la orden de servicio correspondiente, y deberá notificar en ese momento al personal designado, adscrito a la Subgerencia de Monitoreo perteneciente de la Gerencia de Seguridad para que sea registrado el evento y se aplique la penalización correspondiente.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. El CLIENTE se obliga a publicar en la Tienda Virtual las condiciones de contratación de los Productos de tal forma que los Usuarios tengan la oportunidad de tener conocimiento real de las mismas antes de realizar las Ventas On-Line. En dichas condiciones de contratación se indicará expresamente que el CLIENTE ofrece y vende los Productos en su nombre y por cuenta propia. A tal efecto, el CLIENTE insertará dichas condiciones de contratación de los Productos en el cajetín del Sistema de Creación y Gestión de la Tienda Virtual especialmente reservado para ello.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. Modalidad del contrato: Cerrado Forma de pago: Pagos quincenales de acuerdo a los servicios devengados en moneda nacional y mediante CFDI, en un plazo dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores, a la entrega del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), enviado a la cuenta de correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, transcurrido dicho plazo ““El Prestador de Servicio” ” podrá hacer exigible el pago. Los pagos preferentemente se realizarán mediante el sistema de pago electrónico interbancario SPEI o mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que ““El Prestador de Servicio” ” proporcione al administrador del contrato. Los CFDI que hayan sido validadas se sujetarán a lo establecido en el programa xx Xxxxxxx Productivas. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que ““El Prestador de Servicio” ” presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN. Los CFDI que hayan sido validadas se sujetarán a lo establecido en el programa xx Xxxxxxx Productivas. En el supuesto de que cualquiera de los comprobantes fiscales entregados, presente errores o deficiencias, el administrador del contrato dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que prestador de servicios presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.