CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
Condiciones de adjudicación Criterios de Adjudicación Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas Analíticas Periódicas a determinados artículos Subtipo Criterio : Otros Ponderación : 20 Precio Subtipo Criterio : Precio Ponderación : 80 Adjudicatario NIF B24449977 El adjudicatario es una PYME : Sí
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO La prestación de los trabajos se realizará con estricta sujeción a los documentos contractuales y demás documentos básicos que definan y condicionen el objeto del contrato, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista. El contratista estará obligado a adscribir los medios ofrecidos para la prestación de los trabajos incluso con el carácter nominal con lo que hubiese sido y en los mismo términos en que se hubiese ofertado. La no intervención de cualquier persona comprometida facultará a la Administración para resolver el contrato por causas imputables al contratista. La Administración podrá exigir del contratista la sustitución de cualquier persona que no desarrolle los trabajos debidamente, sin que el ejercicio o no de esta facultad exima al contratista de ejecutar el objeto del contrato a satisfacción. El contratista será responsable de las reclamaciones, y deberá mantener indemne a la Administración de los daños y perjuicios que por la misma puedan derivarse a la formulación de aquellas. El contratista queda obligado a guardar secreto y hacerlo guardar al personal que emplee o que con él colabore en el desarrollo del trabajo, no pudiendo utilizar para sí, proporcionar a terceros o divulgar dato alguno en relación con el contrato sin la expresa autorización de la Administración. Abonar todos los gastos de publicación de anuncios de licitación en diarios oficiales y medios de comunicación, así como los que se produzcan con motivo de las invitaciones que se cursen, y cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones del presente pliego y la normativa vigente, en la forma y cuantía que en estos se señalen. El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario. Además, todas aquellas obligaciones específicas establecidas en el anexo I al presente Pliego.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN La adjudicación se realizará mediante procedimiento abierto de acuerdo con los siguientes criterios de adjudicación: CRITERIOS DIRECTOS Valoración económica Se valorará hasta 60 puntos según la siguiente fórmula: (60 puntos) 60*B P= Bmax Donde: - P. Puntuación - B: Baja de oferta a valorar en % - Bmax: Baja Máxima no incursa en temeridad, en %. Valoración mejoras Mejoras de mantenimiento de la plantación, accesos a la finca así como construcción o mejora de pasos de agua. La asignación de la puntuación se hará en función del % en importe de las mismas con respecto al importe base de licitación. Únicamente se valorarán las mejoras que se justifiquen correctamente y que realmente supongan una ventaja añadida a las plantaciones o terrenos. Se valorará en 10 puntos según la siguiente fórmula: 10*M P= 5,5 Donde: - P: Puntuación-M: % importe mejoras respecto base imponible de la oferta de licitación (10 puntos) Ver punto II sobre Nº3. CRITERIOS EVALUABLES Valoración técnica (30 puntos) Planificación: (máximo 10 puntos). Descripción: diagrama de trabajos correcto en fases y épocas (5), Base de rendimientos de las operaciones justificado (5), Organización y conocimiento: (máximo 20 puntos). Cálculo de distribución de medios materiales y personales (5) Planteamiento general de la obra y particular de cada localización (10) Optimización de plazos en la ejecución (5) A las ofertas que obtengan después de la suma de ambas criterios una valoración igual o menor a la mitad de la puntuación máxima, se les asignará el valor de 0 puntos. Cálculo de la oferta económica global: las ofertas cuya baja supere en más de 5 puntos porcentuales la baja media, se considerarán incursas en presunción de temeridad. A las empresas incursas en presunción de temeridad se les requerirá la justificación de su oferta en los términos previstos en la Ley y el Reglamento de Contratos del Sector Público. A las ofertas en las que finalmente el Órgano de Contratación aprecie temeridad no se les asignará puntuación en el criterio “Oferta Económica Global”. Empresas del mismo grupo: a efectos del cálculo de la baja media relativa a la presunción de temeridad, sólo se tendrá en cuenta la oferta más barata de las realizadas por empresas de un mismo grupo, estén o no en Unión Temporal de Empresas.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Previo a la evaluación, el comité de selección determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el párrafo anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. El comité de selección puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 del Reglamento. Para estos efectos, el comité de selección debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada. En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el comité de selección considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica. En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta. La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases. Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
Adjudicación del Contrato Recibida la propuesta de adjudicación por el órgano de contratación, éste procederá a requerir al licitador por escrito, mediante correo electrónico, fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa: - De disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP. - De haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. - De haber abonado el importe correspondiente a los gastos de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado. - De hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de seguridad social, si no hubiera sido ya acreditada. Recibida de conformidad dicha documentación, dentro de los cinco días hábiles siguientes, el órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición que haya resultado económicamente más ventajosa. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador inicialmente propuesto por la Mesa de Contratación ha retirado su oferta, renunciando a la posible adjudicación, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Dicho requerimiento incluirá la documentación necesaria para la acreditación, por parte de este otro licitador, de los requisitos administrativos necesarios de capacidad jurídica y solvencia económica, financiera y técnica, comprometidos mediante la declaración formulada a través del Anexo 2, incluido en el Sobre n.º 1 relativo a la “Documentación Administrativa”, en los propios términos establecidos en la cláusula 8.5. de este pliego. Comprobado dicho cumplimiento, la Mesa de Contratación formulará una nueva propuesta de adjudicación a favor de este otro licitador. En tal caso, el órgano de contratación procederá según lo señalado al comienzo de este mismo apartado, en relación al nuevo licitador propuesto. El plazo máximo para efectuar la adjudicación no podrá exceder de dos meses, a contar desde la apertura en acto público de las proposiciones recibidas, salvo que proceda la ampliación de dicho plazo en 15 días hábiles al haberse identificado alguna proposición desproporcionada o anormal, en los términos que establece el artículo 152.3 del TRLCSP. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. Además cuando se declare desierto el procedimiento, el órgano de contratación deberá motivar, en todo caso, su resolución con referencia a los criterios de adjudicación. Por otra parte, cuando el órgano de contratación se aparte de la propuesta de adjudicación efectuada por la Mesa de Contratación, también deberá motivar su decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160.2 del TRLCSP.
Evaluación y comparación de las Ofertas 30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. 30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: (a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; (b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades20, pero incluyendo los trabajos por día21, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva; (c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y (d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante. 30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato. 30.522
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento de este contrato que resulte directa o indirectamente de caso fortuito o fuerza mayor.
JURISDICCIÓN COMPETENTE El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes. No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten con relación a la preparación y adjudicación del contrato y, en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de acuerdo con la normativa reguladora de dicha jurisdicción. En Valencia, a 19 xx xxxxx de 2010 EL JEFE DEL SERVICIO LA SECRETARIA DELEGADA JURÍDICO Y DE RRHH de la F.D.M. Fdo.- Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxx.- Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx. D../Xx. ...................................................................................., en su propio nombre ( o por mandato o autorización para formular propuesta de contrato)o en la representación de .........................................), con domicilio en ............................................, y Documento Nacional de Identidad número , enterado de los Pliegos de Cláusulas Administrativas que rigen para la adjudicación del Contrato de Seguro Colectivo de Vida/Incapacidad e Invalidez del personal del Organismo Autónomo Fundación Deportiva Municipal, los acepta en su integridad y se compromete a prestar las coberturas solicitadas al colectivo a que se refiere el Pliego, con estricta sujeción a las condiciones que respectivamente los definen, por un importe o prima total, incluido todo tipo de gastos e impuestos de €/año, en los términos y condiciones xxx Xxxxxx de Condiciones Jurídico y Económico Administrativas, y su Anexo de Prescripciones Técnicas; documentación administrativa todas ella que declaro conocer y aceptar en su integridad, manteniendo la presente oferta hasta la adjudicación definitiva del contrato que es objeto de licitación. (Fecha y firma del licitador). El abajo firmante, D/Dña. en nombre y representación ( o por mandato o autorización para formular propuesta de contrato) de la Cia. Aseguradora hago constar bajo mi responsabilidad, y al objeto de participar en el Procedimiento Negociado sin Publicidad para la adjudicación del Contrato de Seguro Colectivo de Vida/Incapacidad e Invalidez del personal del Organismo Autónomo Fundación Deportiva Municipal, que son ciertos los datos relacionados a continuación, bajo declaración jurada (o responsable) como a continuación se relacionan: Que, siendo mayor de edad, ostento nacionalidad siendo mi D.N.I. ( o tarjeta de residente) nº , letra __. Que ni yo, ni ninguno de los miembros de la mercantil a la que represento está incurso en los supuestos legales de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para contratar con la administración pública, de los previstos en la legislación vigente. Que la mercantil que represento ( en su caso) se encuentra formalmente constituida mediante escritura pública nº de fecha otorgada en ante el Notario D. ; e inscrita en el R.M. con CIF nº , teniendo su domicilio social en , calle, nº , C.P. . Que la citada mercantil se encuentra al corriente en el pago de pagos Tributarios a la Hacienda Pública y cuotas a la Seguridad Social y dada de alta y al corriente en el pago del I.A.E. Que me comprometo a aportar en el plazo de los quince días naturales siguientes a la adjudicación la documentación original que me fuere requerida por el Organismo Autónomo del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, Fundación Deportiva Municipal EL JEFE DEL SERVICIO LA SECRETARAI DELEGADA JURÍDICO Y DE RRHH
ADJUDICACIÓN Una vez realizada la previa calificación de los documentos requeridos en el sobre A, presentados por los licitadores en tiempo y forma, y decidida por la Mesa de Contratación con pronunciamiento expreso la admisión a la licitación, el rechazo y las causas de éste, se procederá, en acto público, y en el día y hora señalados en el anuncio, a la apertura de las proposiciones económicas que hayan sido admitidas. La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador cuantos informes técnicos considere necesarios y se relacionen con el objeto del Contrato, así como requerir a los licitadores para que precisen o aclaren el contenido de sus ofertas. Hecho lo anterior, si fuese oportuno, y tras la consideración del informe de valoración realizado por el Área Técnica de la Sociedad, la Mesa de Contratación elevará, con el Acta correspondiente, la propuesta de adjudicación que estime pertinente, al órgano competente de ACUAMED. El órgano competente de ACUAMED, a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el Contrato a la proposición más ventajosa en su conjunto, definida como aquella que reúna en mejor medida las circunstancias que se señalan como criterios de adjudicación en este Pliego, sin atender necesariamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso mediante decisión motivada. La adjudicación del Contrato deberá ser hecha en el plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la fecha de apertura de las proposiciones. La adjudicación se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas1. Los gastos de publicidad serán abonados por el adjudicatario. Previa a la adjudicación definitiva, se exigirá al licitador propuesto como adjudicatario la justificación acreditativa de las condiciones en que se encuentra con relación a los conceptos que se relacionan a continuación, concediéndosele un plazo de cinco (5) días hábiles, a contar desde la fecha de requerimiento, para la presentación de la documentación que faltase o para la corrección de la presentada.