Definición de Caso Fortuito o Fuerza Mayor

Caso Fortuito o Fuerza Mayor significa cualquier acto o hecho que impida a la Parte afectada cumplir con sus obligaciones de conformidad con el presente Contrato si dicho acto o hecho va más allá de su control y no es resultado del dolo o culpa de la Parte afectada, siempre que dicha Parte no pudiera evitar dicho acto o hecho tomando acciones diligentes. Sujeto al cumplimiento de las condiciones antes estipuladas, Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá en forma enunciativa, mas no limitativa, los siguientes hechos o actos que impidan el cumplimiento de la Parte afectada de sus obligaciones derivadas del presente Contrato: fenómenos de la naturaleza tales como tormentas, huracanes, inundaciones, deslaves, relámpagos y terremotos; incendios; actos xx xxxxxx (declarada o no); disturbios civiles, motines, insurrecciones, sabotajes y terrorismo; desastres por traslado de Materiales; restricciones por cuarentenas, epidemias, huelgas u otras disputas laborales que no sean con motivo de incumplimiento de algún contrato laboral por parte de la Parte afectada. Queda expresamente entendido que Caso Fortuito o Fuerza Mayor no incluirá dificultad económica o cambio en las condiciones xx xxxxxxx (incluyendo dificultades en la obtención de fondos de capital o financiamiento).
Caso Fortuito o Fuerza Mayor significa cualquier acto o evento que impida a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente Contrato, si dicho acto o evento es imprevisible, va más allá del control de la parte afectada, y no es resultado de la culpa o negligencia de la parte afectada y a dicha parte no le ha sido posible superar dicho acto o evento tomando acciones diligentes, siempre y cuando la parte que lo alegue en su beneficio para excepcionarse de responsabilidad, no haya dado causa o contribuido a él, de conformidad con el Artículo 2111 del Código Civil Federal. Sujeto a la satisfacción de las condiciones estipuladas en la oración anterior, Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá en forma enunciativa más no limitativa, los siguientes actos o eventos, o cualesquiera otros actos o eventos similares igualmente graves que impidan a la parte afectada el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato: (i) fenómenos de la naturaleza tales como tormentas, inundaciones, descargas eléctricas naturales, terremotos e incendios; (ii) guerras, disturbios civiles, motines, insurrecciones y sabotajes; (iii) bloqueos, desastres de transportación, ya sean marítimos, ferroviarios, aéreos o terrestres; (iv) huelgas u otras disputas laborales en México que no se deban al incumplimiento de algún contrato laboral por la parte afectada y que hayan sido declaradas como tales por la Autoridad Gubernamental Mexicana competente; (v) actos de una Autoridad Gubernamental Mexicana que no hayan sido inducidos voluntariamente o promovidos por la parte afectada, o que sobrevengan como consecuencia de algún incumplimiento de sus obligaciones; y (vi) la imposibilidad para alguna de las partes de obtener a tiempo, a pesar de sus mejores esfuerzos, cualquier Permiso de cualquier Autoridad Gubernamental Mexicana necesario para permitir a dicha parte cumplir con sus obligaciones de conformidad con el presente Contrato. Queda expresamente entendido que Caso Fortuito o Fuerza Mayor no incluirá ninguno de los siguientes eventos: (1) dificultad económica del Contratista (incluyendo, sin limitación, si es declarado en concurso mercantil, de conformidad con la Ley de Concursos Mercantiles u otras Disposiciones Legales), (2) cambio en las condiciones xx xxxxxxx, siempre y cuando, sujeto a la satisfacción de las condiciones estipuladas en la primera oración de la presente definición, dicha situación no sea resultado de una condición económica global; (3) retraso en la entrega d...
Caso Fortuito o Fuerza Mayor. El Pasajero reconoce y acepta que EL TRANSPORTADOR no será responsable por el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados a través de cualquiera de sus puntos de venta, ni por daños ni perjuicios, en el evento de caso fortuito o fuerza mayor, que de manera enunciativa más no limitativa, incluyen actos de las autoridades gubernamentales, cumplimiento u observancia xx xxxxx, reglamentos, órdenes y requerimientos gubernamentales o de sus agencias o dependencias, huelgas, paros laborales, cierres temporales de los aeropuertos objeto del servicio, alteración de la paz pública, temor o inminencia xx xxxxxx, guerra civil, bloqueo, embargo, epidemias, pandemias, cuarentenas, piratería aérea, incendio, inundación, situación meteorológicas (niebla, lluvia, helada, nieve, huracanes, tormentas) o causas similares ajenas a la voluntad DEL TRANSPORTADOR, avería o accidentes sufridos por la aeronave que a juicio del capitán a cargo del vuelo pueda poner en peligro la operación y seguridad de los Pasajeros y de la tripulación o circunstancias similares a las anteriores, entre otras, que hagan imposible el cumplimiento de la prestación de los servicios contratados.

Examples of Caso Fortuito o Fuerza Mayor in a sentence

  • Ninguna de las Partes responderá por el incumplimiento, suspensión o retraso en la ejecución de las obligaciones del presente Contrato si dicho incumplimiento, suspensión o retraso ha sido causado por Caso Fortuito o Fuerza Mayor.

  • La prueba de Caso Fortuito o Fuerza Mayor corresponderá a cualquiera de las Partes que la alegue.

  • Este derecho estará vigente hasta tres (3) Meses posteriores a la finalización del Caso Fortuito o Fuerza Mayor.

  • El Contratista podrá someter a la aprobación de la CNH modificaciones a los planes de conformidad con lo previsto en el Contrato, siempre que el Caso Fortuito o Fuerza Mayor tenga un impacto en las Actividades Petroleras realizadas en una porción del Área Contractual.

  • Si dado un Caso Fortuito o Fuerza Mayor, la realización de las Actividades Petroleras se interrumpieran por un período continuo de dos (2) Años o más, la CNH y el Contratista podrán de mutuo acuerdo formalizado por escrito, dar por terminado el presente Contrato.


More Definitions of Caso Fortuito o Fuerza Mayor

Caso Fortuito o Fuerza Mayor tiene el significado establecido en la Sección 15 de estos Términos y Condiciones Generales.
Caso Fortuito o Fuerza Mayor significa cualquier acto o evento que impida a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente Contrato, si dicho acto o evento es imprevisible, va más allá del control de, y no es resultado de la culpa o negligencia de la parte afectada y a dicha parte no le ha sido posible superar dicho acto o evento tomando acciones diligentes, siempre y cuando la parte que lo alegue en su beneficio para excepcionarse de responsabilidad, no haya dado causa o contribuido a él, de conformidad con el Artículo 2111 del Código Civil Federal. Sujeto a la satisfacción de las condiciones estipuladas en la oración anterior, Caso Fortuito o Fuerza Mayor incluirá en forma enunciativa más no limitativa, los siguientes actos o eventos, o cualesquiera otros actos o eventos similares igualmente graves que impidan a la parte afectada el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato:
Caso Fortuito o Fuerza Mayor. El evento imprevisto por las partes durante la ejecución del Contrato, que al ocurrir, hace física y totalmente imposible el cumplimiento de todas o algunas de las obligaciones contraídas en el Contrato, según se regula en dicho documento. “CENACE”. Centro Nacional de Control de Energía, organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Energía, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene a su cargo el Control Operativo del SEN, la operación xxx Xxxxxxx Eléctrico Mayorista y el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la RNT y a las RGD
Caso Fortuito o Fuerza Mayor. El evento imprevisto por las partes durante la ejecución del Contrato, que al ocurrir, hace física y totalmente imposible el cumplimiento de todas o algunas de las obligaciones contraídas en el Contrato.
Caso Fortuito o Fuerza Mayor significa el acontecimiento proveniente de la naturaleza o del hombre caracterizado por ser imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la voluntad de las PARTES y que imposibilite el cumplimiento de todas o de alguna de las obligaciones previstas en este Contrato, incluyendo huelgas, disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras (declaradas o no), bloqueos, disturbios, civiles, insurrecciones, incendios, tormenta o cualquier otra causa que por encontrarse fuera de la voluntad de las PARTES, y que en caso de quien lo invoque pruebe la existencia de dicho acontecimiento, y la obligación u obligaciones incumplidas, siempre y cuando no haya dado causa o, contribuido al mismo.
Caso Fortuito o Fuerza Mayor. Significa cualquier hecho que reúna las siguientes características (i) imposibilite a la Parte Afectada a cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato, (ii) esté más allá del control razonable de la Parte Afectada, (iii) no se deba a culpa o negligencia de la Parte Afectada, y (iv) no pudiese ser evitado por la Parte Afectada, actuando de conformidad con sanas prácticas comerciales, incluyendo sin limitación, fenómenos de la naturaleza, guerras, disturbios civiles, actos u omisiones de autoridades gubernamentales que no hubiesen sido voluntariamente solicitados o promovidos por la Parte Afectada ni ocasionados por el incumplimiento de sus obligaciones conforme a cualquier contrato o disposición legal aplicable. El Caso Fortuito o Fuerza Mayor no incluirá la falta de recursos por dificultades económicas o cambios en las condiciones xxx xxxxxxx, ni cambios o adopción de disposiciones legales aplicables.
Caso Fortuito o Fuerza Mayor significa cualquier suceso que sobrevenga y que no sea imputable al deudor de la obligación de que se trate bajo este Contrato, imprevisible o que si bien previsible, resulte inevitable, insuperable o irresistible, no obstante haber actuado con la diligencia que exija la naturaleza de dicha obligación, y que exista una relación de causalidad entre dicho suceso y la imposibilidad física absoluta para cumplir dicha obligación. Las Partes acuerdan expresamente que el Caso Fortuito o Fuerza Mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) dificultad económica (incluyendo procedimientos de concurso mercantil, suspensión de pagos o cualquier otro de naturaleza análoga); (ii) cambio en las condiciones xx xxxxxxx; (iii) retraso en el cumplimiento de cualquier subcontratista o retraso en la entrega de materiales, maquinaria, refacciones o bienes, y