Common use of Excedencia por cuidado de familiares Clause in Contracts

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundación. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as tendrán 1. El personal tendrá derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionalespre adoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. 2. También tendrán tendrá derecho a un periodo período de excedencia, excedencia de duración no superior a tres años, los trabajadores/as años el personal para atender el al cuidado del cónyuge o persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal, o de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, mismo y no desempeñe actividad retribuida. 3. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, artículo constituye un derecho individual de los trabajadores/asdel personal, hombres o mujeresmujeres u hombres. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación personas al servicio del Ayuntamiento generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónjustificadas. 4. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. 5. El periodo período en que el trabajador/a personal permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad antigüedad, y el trabajador/a se tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la FundaciónAdministración, especialmente con ocasión motivo de su reincorporación. Durante el primer año Asimismo, durante dicho período tendrá derecho a la reserva de su del puesto de trabajo; también podrá participar en los procedimientos de promoción o de traslados que se celebren durante el período en que se encuentre en excedencia. 6. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialEl personal excedente no devengará retribuciones.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con En cumplimiento de lo establecido dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as artículo 46 apartado 3 del ET.: “Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionalesguarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 quince meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 dieciocho meses si se trata de categoría especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho meses.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual del personal al servicio de los trabajadores/as, hombres o mujeresla Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónlos servicios públicos. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvocado. Durante el primer año período en que el trabajador o trabajadora permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho período se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. Finalizado el período de trabajo excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mismo, el trabajador o trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha finalización; el personal laboral con contrato fijo, de no hacerlo, pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada El plazo anterior podrá, a petición motivada del interesado, ampliarse en uno adicional. cve: BOE-A-2024-5868 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Notas comunes a ambas excedencias: Las excedencias contempladas en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujerestrabajadores y trabajadoras. No obstante, si dos o más trabajadores/as personas trabajadoras de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas fundadas y objetivas de funcionamiento debidamente motivadas por escrito debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de la Fundaciónambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a la persona trabajadora permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad tiempo de servicio o permanencia y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadode la misma categoría profesional. No obstante, cuando el trabajador/a la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 quince meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 dieciocho meses si se trata de categoría especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho meses. En el ejercicio de este derecho se tendrá en cuenta el fomento de la corresponsabilidad entre mujeres y hombres y, asimismo, evitar la perpetuación de roles y estereotipos de género.

Appears in 1 contract

Samples: Ix Convenio Colectivo Del Grupo Prisa Radio

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente este apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual del personal al servicio de los trabajadores/as, hombres o mujeresla Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónlos servicios públicos. El disfrute fraccionado de esta excedencia podrá realizarse en periodos mínimos de 1 mes, debiendo transcurrir al menos 1 mes desde el reingreso del anterior periodo hasta el inicio del siguiente. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvocado. Durante el primer año periodo en que el trabajador o trabajadora permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstantetrabajo, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho periodo se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. Finalizado el periodo de trabajo excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mismo el trabajador o trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha finalización, sin perjuicio de su derecho al reingreso antes del vencimiento del periodo de excedencia. El personal laboral fijo que no solicite el reingreso en el plazo indicado pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionalesguarda con fines con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. cve: BOE-A-2018-11368 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónempresa, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialgrupo profesional.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as –Los trabajadores o traba- jadoras tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, adopción o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionalesaun no siendo defi- nitivos, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución resolu- ción judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo período de excedenciaexce- dencia, de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe desempeñen actividad retribuida. Durante el período en que el trabajador o trabajadora permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o y mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación trabajadores del mismo centro generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundacióndel centro. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la FundaciónDirección de la empresa, especialmente con ocasión de su reincorporaciónincorporación. Durante Finalizado el primer año tendrá derecho período de excedencia por cuidado de familiares o des- aparecida la causa que diera lugar al mismo, el trabajador o trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes anterior a dicha finalización, en el supuesto de su duración normal o cuando cese el supuesto que diera lugar a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialexcedencia.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a un período periodo de excedencia exce- dencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, natu- raleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente este apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as del personal al servicio de la misma Fundación generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento Administración de la FundaciónJunta de Comunidades de Cas- tilla-La Mancha. El disfrute fraccionado de esta excedencia podrá realizarse en periodos mínimos de 1 mes, debiendo transcurrir al menos 1 mes desde el reingreso del anterior periodo hasta el inicio del siguiente. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvocado. Durante el primer año periodo en que la trabajadora o el trabajador permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstantetrabajo, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho periodo se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. Finalizado el periodo de trabajo excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mismo el trabajador o la trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha finalización, sin perjuicio de su derecho al reingreso antes del vencimiento del periodo de excedencia. El personal laboral fijo que no solicite el reingreso en el plazo indicado pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Viii Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, erse por discapacidad o enfermedad no pueda valerse por val sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual del personal al servicio de los trabajadores/as, hombres o mujeresla Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónlos servicios públicos. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvocado. Durante el primer año período en que el trabajador o trabajadora permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho período se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. finalización; el personal laboral con contrato fijo, de trabajo no hace Finalizado el período de excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mismo, el trabajador o trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha rlo, pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadoresCon independencia del estado civil los/as trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración excedencia, no superior a tres años nueve años, para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, preadoptivo a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los dos años los/las trabajadores/as para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, apartado constituye un derecho individual de los trabajadores/as, trabajadores hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación esta Empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónorganizativa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el el/la trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el el/la trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la FundaciónEmpresa, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante los tres primeros años, en el primer año caso de excedencia para atender al cuidado de hijos, y dos años en el caso de la excedencia para atender al cuidado de un familiar, tendrá derecho a la reserva de su del puesto de trabajo. Transcurrido dicho el plazo máximo, en el caso de excedencia por cuidado de hijos, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente, preferentemente en su centro de origen. No obstanteEn el supuesto de agotamiento del período máximo de excedencia para atender al cuidado de un familiar, cuando el trabajador/a forme parte podrá solicitar, en su caso, el pase a situación de una familia excedencia voluntaria. El reingreso deberá solicitarse en un plazo mínimo de quince días hábiles anteriores a la finalización del período disfrutado. Transcurrido el mismo sin que tenga reconocida oficialmente el/la condición interesado/a hubiera presentado solicitud de familia numerosareingreso, quedará automáticamente extinguida la reserva relación laboral. Para la obtención de cualquier clase de excedencia, el/la trabajador/a deberá comunicar su puesto solicitud por escrito a la Empresa con quince días hábiles de trabajo se extenderá hasta un máximo antelación, como mínimo, a la fecha en que, en su caso hubiera de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialcomenzar a surtir efectos.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as 1. Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración excedencia, no superior a tres años 3 años, para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También Los sucesivos hijos darán derecho a nuevos periodos de excedencia que, en su caso, pondrán fin al que se viniera disfrutando. 2. En el caso de que fuese la mujer trabajadora la solicitante de la excedencia por nacimiento, el tiempo se computará desde la fecha del término de la licencia por causa de embarazo. 3. En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el periodo de suspensión previsto podrá iniciarse hasta 10 semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción. 4. Los trabajadores también tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres 3 años, los trabajadores/as para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y siempre que no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. 5. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación trabajadores generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario RTVE podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho Este apartado no será aplicable a un nuevo periodo los supuestos de adopción internacional. 6. Los trabajadores que se hallen en este tipo de excedencia podrán solicitar en cualquier momento el reingreso en RTVE. 7. Agotado el plazo de esta excedencia, sin que se produzca la reincorporación del trabajador, éste causará baja definitiva en RTVE, salvo que en el inicio de plazo del mes anterior a finalizar la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de solicitare y obtuviese excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialvoluntaria.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as 1.- Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia exceden- cia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente permanen- te como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. . 2.- También tendrán derecho a un periodo de excedencia, excedencia de duración no superior a tres añosun año, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad consan- guinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad en- fermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad ac- tividad retribuida. La . 3.- Esta excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio ejer- cicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundación. empresa. 4.- Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. . 5.- El periodo en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia excedencia, conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad antigüedad, y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación partici- pación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente especial- mente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto pues- to de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida re- ferida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de grupo profesional o categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialequivalente.

Appears in 1 contract

Samples: Iii Convenio Colectivo Estatal Para El Sector De Telemarketing

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as 1. Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración excedencia, no superior a tres años y medio, para atender el al cuidado de cada hijohijo menor de 12 años, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, . Dicha excedencia empezará a contar desde la fecha de nacimiento onacimiento, a la que se equiparan la resolución judicial o administrativa, o en su caso, desde la fecha del término de las licencias por maternidad/paternidad y lactancia. Los sucesivos hijos darán derecho a nuevos periodos de excedencia que, en su caso, pondrán fin al que se viniera disfrutando. Durante el tiempo de la excedencia se tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo y destino geográfico. 2. En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el período de suspensión previsto podrá iniciarse hasta diez semanas antes de la resolución judicial o administrativapor la que se constituye la adopción. 3. También Los trabajadores también tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres añosaños y medio, los trabajadores/as para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o y de tres años por para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado por afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y siempre que no desempeñe actividad retribuida. La Durante el tiempo de la excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período se tendrá derecho a la reserva de duración podrá disfrutarse su puesto de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujerestrabajo y destino geográfico. 4. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación trabajadores generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario CRTVE podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho Este apartado no será aplicable a un nuevo periodo los supuestos de adopción internacional. 5. Los trabajadores que se hallen en este tipo de excedencia podrán solicitar en cualquier momento el reingreso en CRTVE. 6. Agotado el plazo de esta excedencia, sin que se produzca la reincorporación del trabajador, éste causará baja definitiva en CRTVE, salvo que en el inicio de plazo del mes anterior a finalizar la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de solicitare y obtuviese excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialvoluntaria.

Appears in 1 contract

Samples: Ii Convenio Colectivo De La Corporación Rtve

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. Permisos retribuidos: Los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas siempre y cuando exista acuerdo entre el empresario y el trabajador. También será posible acumular la reducción en jornadas completas siempre y cuando exista acuerdo entre el empresario y el trabajador, en cuyo caso, la duración será de 14 días laborables. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx. Para el disfrute de este permiso se estará a lo previsto en el apartado 6 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. (*) La excedencia contemplada en el presente este apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as del personal al servicio de la misma Fundación Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. En el caso de que dos personas generasen este el derecho a disfrutar esta excedencia por el mismo sujeto causante, el empresario podrá causante la Administración puede limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de relacionadas con el funcionamiento de los servicios. (*) Párrafo modificado por Acuerdo de la FundaciónComisión Negociadora de 18/07/ 2018 (DOCM 159 de 14-08-2018) El disfrute fraccionado de esta excedencia podrá realizarse en periodos mínimos de 1 mes, debiendo transcurrir al menos 1 mes desde el reingreso del anterior periodo hasta el inicio del siguiente. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvocado. Durante el primer año periodo en que la trabajadora o el trabajador permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstantetrabajo, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho periodo se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. Finalizado el periodo de trabajo excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mismo el trabajador o la trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha finalización, sin perjuicio de su derecho al reingreso antes del vencimiento del periodo de excedencia. El personal laboral fijo que no solicite el reingreso en el plazo indicado pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los Los/las trabajadores/as del ayuntamiento de Torreorgaz tendrán derecho a un período de excedencia excedencia, de duración no superior a tres años 3 años, para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho los/las trabajadores/as a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres 3 años, los trabajadores/as para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, afinidad que por razones de edad, accidente, discapacidad enfermedad o enfermedad limitación física, psíquica o sensorial determinada, no pueda valerse por sí mismo, mismo y no desempeñe actividad retribuida. La concesión estará condicionada que concurran las circunstancias debidamente acreditadas y previo informe del órga- no competente cuando sea necesario. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse disfrrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadoreslos/las trabajado- res/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación trabajadores del Ayuntamiento generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario se podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas justifi- cadas de funcionamiento de la FundaciónAdministración. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo Los/las trabajadores/as en esta situación tendrán derecho a la reserva del puesto de trabajo y al cómputo del tiempo que hayan permanecido en la misma a efectos de antigüedad, si bien en el supuesto de que el/la trabajador/a permanezca sea personal laboral temporal se le reservará el puesto mientras se mantenga la vigencia del contrato bajo el que se le concedió la excedencia, y con el límite de la duración máxima de la misma. La permanencia en esta situación será incompatible con la realización de excedencia conforme cualquier activi- dad remunerada. El/la trabajador/a en esta situación deberá solicitar el reingreso con 1 mes de antelación a la fecha de reincorporación deseada o a la de finalización del período máximo de duración de la excedencia, o en el plazo de un mes a partir de la fecha de la desaparición de las circunstancias que dieron lugar a su concesión, en su caso. Si el/la trabajador/a laboral fijo no solicita el reingreso de acuerdo con lo establecido señalado en este artículoel párrafo anterior, será computable declarado de oficio en excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del/la trabajador/a efectos laboral temporal que no solicite el reingreso con 1 mes de antigüedad antelación a la finalización del plazo máximo de duración de la excedencia, o en el plazo de 1 mes a partir de la fecha de la desaparición de las circunstancia que dieron lugar a su concesión, se entenderá que renuncia al contrato y quedará extinguido el mismo. Durante este período el/la trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a participar en cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónforma- ción, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as tendrán Los trabajadores ten- drán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres añosun año, los trabajadores/as para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismomis- mo, y no desempeñe actividad retribuida. La concesión de esta excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres y sus efectos se hará extensiva al cuidado del cónyuge o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónconviviente debidamente acreditado. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable com- putable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación parti- cipación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año este período tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosanume- xxxx, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 quince meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 dieciocho meses si se trata de categoría especial. La excedencia contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa gene- rasen este derecho por el mismo sujeto causante, la dirección- gerencia podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones jus- tificadas de funcionamiento de la empresa. La excedencia por cuidado de familiar concedida a los traba- jadores con contrato temporal en el Ente Público Hospital de Fuenlabrada finalizará si cesara la causa que motivó el contrato de trabajo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con En cumplimiento de lo establecido dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as artículo 46 apartado 3 del ET.: “Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivopre adoptivo, aunque estos éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidadafinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadoresCon independencia del estado civil los/as trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración excedencia, no superior a tres años nueve años, para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, preadoptivo a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los dos años los/las trabajadores/as para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad ac- cidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, apartado constituye un derecho individual de los trabajadores/as, trabajadores hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación esta Em- presa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónorganizativa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el el/la trabajador/a permanezca en esta situación si- tuación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, Ar- tículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajadorel/la traba- jador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la FundaciónEmpresa, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante los tres primeros años, en el primer año caso de excedencia para atender al cuidado de hijos, y dos años en el caso de la ex- cedencia para atender al cuidado de un familiar, tendrá derecho dere- cho a la reserva de su del puesto de trabajo. Transcurrido dicho el plazo máximo, en el caso de excedencia por cuidado de hijos, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente, preferentemente en su centro de origen. No obstanteEn el supuesto de agotamiento del pe- ríodo máximo de excedencia para atender al cuidado de un familiar, cuando el trabajador/a forme parte podrá solicitar, en su caso, el pase a situación de una familia excedencia voluntaria. El reingreso deberá solicitarse en un plazo mínimo de quince días hábiles anteriores a la finalización del período disfrutado. Transcurrido el mismo sin que tenga reconocida oficialmente el/la condición interesado/a hubiera presentado solicitud de familia numerosareingreso, quedará automáti- camente extinguida la reserva relación laboral. Para la obtención de cualquier clase de excedencia, el/ la trabajador/a deberá comunicar su puesto solicitud por escrito a la Empresa con quince días hábiles de trabajo se extenderá hasta un máximo antelación, como mínimo, a la fecha en que, en su caso hubiera de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialcomenzar a surtir efectos.

Appears in 1 contract

Samples: Tarifas Máximas De Servicios De Autobuses

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, naturaleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativaadminis- trativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual del personal al ser- vicio de los trabajadores/as, hombres o mujeresla Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónlos servicios públicos. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvocado. Durante el primer año período en que el trabajador o trabajadora permanezca en situación de excedencia por cuidado de familiares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho período se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. Finalizado el período de trabajo excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mis- mo, el trabajador o trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha finaliza- ción; el personal laboral con contrato fijo, de no hacerlo, pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con En cumplimiento de lo establecido dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as artículo 46 apartado 3 del ET: «Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionalesguarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. cve: BOE-A-2021-20792 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx No obstante, cuando el trabajador/a la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 quince meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 dieciocho meses si se trata de categoría especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho meses.»

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. (Párrafo modificado por Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx). Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. (Párrafo añadido por la Ley 40/2003, de 18 de noviembre).

Appears in 1 contract

Samples: Iv Convenio Colectivo Del Sector De La Sanidad Privada De Valladolid

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as BOCM-20190601-1 Los trabajadores tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. B.O.C.M. Núm. 129 SÁBADO 1 XX XXXXX DE 2019 La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que Cuando el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. El periodo en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. Permisos retribuidos: Los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas siempre y cuando exista acuerdo entre el empresario y el trabajador. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx. Para el disfrute de este permiso se estará a lo previsto en el apartado 6 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con En cumplimiento de lo establecido dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as artículo 46 apartado 3 del ET.: «Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivopre adoptivo, aunque estos éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores/as trabajadores para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as trabajadores de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a trabajador permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónel empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.»

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido La excedencia contemplada en el Estatuto presente apartado constituye un derecho individual de los Trabajadorestrabajadores, los trabajadores/as tendrán hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento. El trabajador, hombre o mujer, tendrá derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años años, para atender el al cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán tendrá derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as el trabajador, hombre o mujer, para atender el al cuidado de un familiar, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundación. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a , hombre o mujer, permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a , hombre o mujer, tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, empresa especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante En caso de excedencia para atender al cuidado de hijo o hija y de excedencia para el primer año cuidado de familiar tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo durante los primeros dieciocho meses. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstanteTeletrabajo: Se incorpora en el artículo 92 un acuerdo de implantación de teletrabajo, cuando entendiendo las partes firmantes que la regulación de esta forma de trabajar supone una nueva medida de conciliación que los empleados que cumplan los requisitos establecidos podrán solicitar. Equiparación pareja de hecho a matrimonio: Se acuerda la equiparación entre cónyuge y persona en convivencia de hecho a efectos de: cve: BOE-A-2016-7841 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx – Licencia de quince días naturales ininterrumpidos a contar desde el trabajador/a forme parte día de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición inscripción en el registro oficial de familia numerosaparejas de hecho, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, con los siguientes límites y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.requisitos:

Appears in 1 contract

Samples: Xi Convenio Colectivo De Repsol Petróleo, s.a. –Refino–

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Las personas trabajadoras tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración excedencia, no superior a tres 3 años y medio, para atender el al cuidado de cada hijodescendiente de primer grado de consanguinidad menor de 12 años, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, . Dicha excedencia empezará a contar desde la fecha de nacimiento, a la que se equiparan la resolución judicial o administrativa, o en su caso, desde la fecha del término de las licencias por permiso de nacimiento oy cuidado del lactante. Los sucesivos descendientes de primer grado de consanguinidad, darán derecho a nuevos periodos de excedencia que, en su caso, pondrán fin al que se viniera disfrutando. Durante el tiempo de la excedencia se tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo y destino geográfico. En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado, el período de suspensión previsto podrá iniciarse hasta 10 semanas antes de la resolución judicial o administrativapor la que se constituye la adopción. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as 3 años y medio para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o y de igual duración para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado por afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, . Durante el tiempo de la excedencia se tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeresdestino geográfico. No obstante, si dos 2 o más trabajadores/as de la misma Fundación personas generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Corporación RTVE podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho Este apartado no será aplicable a un nuevo periodo los supuestos de adopción internacional. Las personas que se hallen en este tipo de excedencia podrán solicitar en cualquier momento el reingreso en la Corporación RTVE. Agotado el plazo de esta excedencia, el inicio sin que se produzca la reincorporación de la persona trabajadora, esta causará baja definitiva en la Corporación RTVE, salvo que en el plazo del mes anterior a finalizar la misma dará fin al que, solicitare y obtuviese excedencia voluntaria. cve: BOE-A-2020-16744 Verificable en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.xxxxx://xxx.xxx.xx

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as También tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as trabajadores o las trabajadoras para atender el al cuidado de un familiar, fa- miliar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo/a, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada Las excedencias contempladas en el presente apartadoartículo, cuyo período periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/aslas personas trabajadoras, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadorestrabaja- dores/as de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causantecau- sante, el empresario la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedenciaexce- dencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo período en que el trabajador/a personal empleado permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, artículo será computable a efectos de antigüedad antigüe- dad y el trabajador/a trabajador o la trabajadora tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundaciónorgani- zación, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a trabajador o la trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial. En estos casos deberá solicitarse siempre por escrito con una antelación de al menos 30 días a la fecha de su inicio, a no ser por causas demostrables, de ur- gente necesidad, debiendo recibir contestación escrita por parte del centro en el plazo de los 5 días siguientes. El trabajador/a excedente que quiera volver a reingresar en la organización de- berá solicitarlo por escrito, un mes antes de que termine su excedencia.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un período periodo de excedencia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionalesguarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la fecha de nacimiento o, o en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán derecho a un periodo de excedencia, excedencia de duración no superior a tres dos años, los trabajadores/as trabajadores y las trabajadoras para atender el al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, discapacidad enfermedad o enfermedad discapacidad, no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente este apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores/as, hombres o mujeres. No obstante, obstante si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónempresa. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, que en su caso, se viniera disfrutando. El En ambos casos el periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a tendrá trabajador o trabajadora tendrán derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónformación. Durante el primer y segundo año de excedencia se tendrá derecho a la reserva de su del puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidadogrupo profesional o categoría equivalente. No obstante, cuando el trabajador/a la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 quince meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 dieciocho meses si se trata de categoría especial. Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho meses. Todo lo anterior se entenderá de aplicación en los mismos términos y condiciones para las parejas de hecho debidamente justificado. Para acreditar la condición xx xxxxxx de hecho, el solicitante deberá aportar certificado del Registro que al efecto tenga la Administración, conforme estipula la legislación vigente.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Excedencia por cuidado de familiares. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, los trabajadores/as Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un período de excedencia exceden- cia de duración no superior a tres años para atender el cuidado de cada hijohijo o hija, tanto cuando lo sea por naturaleza, natu- raleza como por adopción, o en los supuestos de guarda legal o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque estos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa. También tendrán Asimismo, el personal laboral tendrá derecho a un periodo período de excedencia, de duración no superior a tres años, los trabajadores/as para atender el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cónyuge o pareja de hecho que por razones de edad, accidente, discapacidad o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida. La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo período de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual del personal al servicio de los trabajadores/as, hombres o mujeresla Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha. No obstante, si dos o más trabajadores/as de la misma Fundación personas trabajado- ras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario la Administración podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la Fundaciónlos servicios públicos. Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo período de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando. El periodo en que el trabajador/a permanezca en esta situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo, será computable a efectos de antigüedad y el trabajador/a personal laboral tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesionalformación, a cuya participación deberá ser convocado por la Fundación, especialmente con ocasión de su reincorporaciónconvo- cado. Durante el primer año período en que el trabajador o trabajadora permanezca en situación de excedencia por cuidado de famil- iares tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajotrabajo concreto y al cómputo de la antigüedad. Transcurrido dicho plazo la reserva quedará referida a un Al personal laboral con contrato de carácter temporal se le reservará el puesto de trabajo del mismo Xxxxx consolidado. No obstante, cuando el trabajador/a forme parte de una familia salvo que tenga reconocida oficialmente en dicho período se produjese la condición de familia numerosa, la reserva extinción de su puesto vínculo contractual. Finalizado el período de trabajo excedencia por cuidado de familiares o desaparecida la causa que dio lugar al mismo, el trabajador o trabajadora deberá solicitar su reingreso dentro del plazo de un mes desde dicha finalización; el per- sonal laboral con contrato fijo, de no hacerlo, pasará a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. En el caso del personal laboral temporal se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especialextinguirá su relación contractual.

Appears in 1 contract

Samples: Vi Convenio Colectivo Para El Personal Laboral