Excedencia. Las excedencias se regirán por el presente artículo, y en lo no previsto en él, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre del Estatuto de los Trabajadores/as, con las modificaciones introducidas en el mismo, y demás disposiciones concordantes que le sean de aplicación. Las excedencias pueden ser: Voluntarias, forzosas por cargo público o electivo sindical, por nacimiento, adopción o acogimiento, por cuidado de familiar y por pacto entre partes.
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Samples: Convenio Colectivo Para Las Industrias Siderometalúrgicas De La Provincia De Jaén Para Los Años 2023 2024 2025, Convenio Colectivo Para Las Industria Siderometalúrgica De La Provincia De Jaén Para Los Años 2018 2019, Convenio Colectivo Para Las Industria Siderometalúrgica De La Provincia De Jaén
Excedencia. Las excedencias se regirán por el presente artículo, y en lo no previsto en él, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre del Estatuto de los Trabajadores/as, con las modificaciones introducidas en el mismo, y demás disposiciones concordantes que le sean de aplicación. Las excedencias pueden ser: Voluntarias, forzosas por cargo público o electivo sindical, por nacimiento, adopción o acogimiento, por cuidado de familiar y por pacto entre partes.
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