Aviso Cláusulas de Ejemplo
Aviso. Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización, conforme a este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de comunicarlo por escrito a la Compañía, a más tardar, dentro de las 24 horas siguientes a partir del momento en que tenga conocimiento del hecho, salvo caso de fuerza mayor. La falta oportuna de este aviso podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiera importado el siniestro, si la Compañía hubiere tenido pronto aviso sobre el mismo.
Aviso. 16.1 Aviso. Cualquier aviso u otra comunicación significativa dada a usted con respecto a los Términos será por escrito, dirigida a cualquier dirección de correo electrónico o dirección que usted haya proporcionado a HostPapa al adquirir su primer Servicio (o actualizado de acuerdo con la sección 3.2) y enviada a usted por correo electrónico o por un servicio mensajería del día siguiente reconocido nacionalmente según aplique. Cualquier aviso u otra comunicación significativa proporcionada a HostPapa con respecto a los TDS será por escrito y enviada a HostPapa a la dirección que en ese momento aparezca en el Sitio en la sección de Póngase en Contacto con Nosotros por fax o servicio de mensajería nacionalmente reconocido. Se considerará que los avisos han sido recibidos un día hábil después de: (i) transmisión del correo electrónico por HostPapa para usted, (ii) depósito con una servicio de entrega del día siguiente globalmente reconocido, todos los cargos de entrega prepagados o (iii) transmisión si fue enviado por fax y confirmación de recibido emitida por la máquina de fax utilizada.
Aviso. Cualquier evento que pueda ser motivo de indemnización deberá ser notificado a la Compañía dentro de los cinco (5) días siguientes a su realización.
Aviso. El Asegurado deberá comunicar por escrito a la Aseguradora, dentro de los cinco (5) días siguientes al momento en que tenga conocimiento de la ocurrencia de un siniestro que pudiera dar lugar a una indemnización de conformidad con esta Póliza, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debiendo darlo tan pronto como desaparezca el impedimento, además, le remitirá los documentos o copia de los mismos que procedan. La falta oportuna de este aviso podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida a la cantidad que originalmente hubiere importado el siniestro si la Aseguradora hubiera tenido pronto aviso del mismo.
Aviso. Este documento es un resumen de la póliza destinado a ser distribuido en su totalidad a Tarhetahabientes. Si un emisor utiliza extractos o porciones de este material para ser distribuido a Tarjetahabientes lo hace bajo su propio riesgo. **Hijos a cargo: El monto del beneficio está sujeto a las leyes locales. Si las lesiones corporales ocasionan la muerte o la pérdida de un miembro del cuerpo, incluyendo pérdida de la vista, el habla o la audición, los beneficios se abonarán según se describe a continuación: Este es un resumen de las exclusiones. La lista completa de las exclusiones está incluida en la póliza archivada en Visa Inc. La cobertura descripta en el presente puede ser modificada o cancelada sin previo aviso. Este seguro tiene validez a partir de lo que acontezca en última instancia de entre el 1 de julio de 1997, la fecha en que el emisor de su tarjeta eligió esta cobertura, o la fecha de emisión de su tarjeta y caducará en la fecha de vencimiento de la póliza. La descripción de esta cobertura no constituye contrato de seguro y solo 100% 50% 25% reviste el carácter de declaración informativa general de la cobertura que Visa Inc. brinda a toda América Latina y el Caribe. En algunos casos, de conformidad con las disposiciones de la póliza válida del lugar emitido en la jurisdicción donde se emitió su tarjeta Visa internacional, los montos de los beneficios expresados en dólares estadounidenses se convertirán al equivalente en moneda local y determinados detalles de la cobertura pueden ser distintos de los delineados en este documento. La totalidad de las disposiciones correspondientes a este plan de seguro están incluidas en la póliza archivada en Visa Inc., Latin America and Caribbean Region, Miami, florida. En caso de diferencia entre la descripción de la cobertura y cualquier cláusula de la póliza, regirá lo dispuesto en las disposiciones de la póliza válida del lugar Si el Asegurado sufre lesiones múltiples como consecuencia de un solo accidente, la Compañía abonará el monto de beneficio mayor que corresponda. El beneficio por fallecimiento se abonará al beneficiario designado por el Asegurado, o si no se ha realizado dicha designación, al primer beneficiario supérstite incluido en la póliza, de la siguiente manera: Cónyuge, o, de no haber, Por pérdidas que deriven de la exposición inevitable del Asegurado a los elementos que ocasionan el accidente, los beneficios se abonarán como si resultaran de una Lesión. La pérdida debe producirse dentro d...
Aviso. La persona individual o jurídica inscrita, está obligada a dar aviso por escrito al Registro de Precalificados de Obras, dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la aprobación del contrato, de toda licitación o cotización que se le adjudique o cualquier obligación que contraiga relacionada con el giro de sus negocios ya sean éstas en el sector público o en el privado.
Aviso. El siguiente aviso debe publicarse en cada establecimiento abierto al público, en un lugar visible, en los puntos de pago y en el área de atención al cliente. Los números telefónicos de contacto de esta Superintendencia deben permanecer actualizados.
Aviso. El Asegurado deberá informar inmediatamente por escrito, telefónicamente o en persona a la Aseguradora, dentro de un plazo de cinco (5) días a partir de la fecha en que haya tenido conocimiento de la existencia de una pérdida. La falta oportuna de este aviso podrá dar lugar a que la indemnización sea reducida, a la cantidad que originalmente hubiere importado el siniestro, si la Aseguradora hubiere tenido inmediato aviso sobre el mismo. Si el Asegurado incumple las obligaciones mencionadas en los puntos 1.1. y 1.2, la Compañía podrá reducir la indemnización hasta el valor a que ascendería si dichas obligaciones se hubieran cumplido, pero no perderá el derecho a la indemnización.
Aviso. Todas las notificaciones se realizarán por escrito y se considerarán entregadas cuando lleguen a la dirección especificada en un Formulario de Pedido. Las notificaciones de SAP al Contratista Principal pueden realizarse mediante una notificación electrónica al representante o administrador autorizado del Contratista Principal.
Aviso. Si cualquiera de las Partes, a pesar de todos los esfuerzos razonables por parte de la Parte afectada para minimizar o evitar la misma, se ve o se verá impedida de cumplir cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato como resultado (directo o indirecto) de Fuerza Mayor, la parte afectada deberá notificar por escrito a la otra Parte dentro de los diez (10) días calendario posteriores a la primera ocurrencia del evento de Fuerza Mayor, especificando, hasta donde se conozca, el tiempo probable y el grado en que la Parte afectada no podrá cumplir con sus obligaciones en virtud del Contrato y adjunte la documentación de respaldo pertinente que esté razonablemente disponible.