Evaluación Oferta Económica El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado. Sección IV Adjudicación
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Los servicios de limpieza incluirán las tareas generales descritas a lo largo del presente PPT con la periodicidad que se indica, teniendo un carácter de mínimo a realizar. Ocasionalmente se puede requerir al personal de limpieza para la preparación de ciertos actos o para realizar una limpieza tras la celebración de los mismos. Para ello se utilizará una bolsa de horas que los licitadores deben ofertar en su propuesta económica. Cuando esta bolsa de horas incluida en el precio del contrato se agote se podrán solicitar a la empresa horas adicionales, por lo que los licitadores también deben ofertar el precio/hora de un/a limpiador/a en su propuesta económica, siendo objeto de valoración. La conserjería se realizará con las prescripciones que se establecen en el presente pliego. El mantenimiento a que se refiere el presente pliego es el de los 2 campos de fútbol de titularidad municipal. Será por cuenta del adjudicatario la contratación del personal necesario para la realización del servicio, así como el pago de salarios, seguridad social y cualquier otro coste que devengue el personal, obligándose al estricto cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y seguridad en el trabajo. El adjudicatario dotará al personal adscrito al contrato del vestuario adecuado para el desarrollo de sus funciones, quienes deberán llevar el uniforme durante el desarrollo de toda su jornada laboral. El personal de limpieza deberá dispensar un trato correcto a todos los empleados públicos, así como a los ciudadanos que acudan a los edificios y, en general, a cualquier usuario de los mismos. Será por cuenta del adjudicatario la aportación de todos los medios auxiliares, maquinaria, herramientas, así como el suministro de todos los productos de limpieza necesarios para una correcta prestación del servicio. A modo de lista no exhaustiva se incluyen los detergentes, abrillantadores, desinfectantes, bolsas de basura y, en general, todo tipo de productos necesarios para llevar a cabo las tareas de limpieza objeto de contratación. Respecto a los productos para el tratamiento de los campos de fútbol (abonos, semillas, fitosanitarios, etc., serán de cuenta del Ayuntamiento, el cual los suministrará previa solicitud del contratista y una vez analizada la procedencia de su suministro. La empresa adjudicataria deberá reponer algunos productos de uso higiénico suministrados por el Ayuntamiento: papel higiénico, toallitas seca manos y jabón líquido. Será responsabilidad de la empresa mantener en perfecto estado de uso los dispensadores de estos productos, teniendo que proceder a su reposición o reparación cuando sea necesario. Los que haya que substituir por el deterioro debido al uso deberán ser de características similares o superiores a los existentes, procurando mantener la armonía del conjunto. El contratista deberá suministrar los escobilleros de baño. Será responsabilidad de la empresa el mantenerlos en perfecto estado de uso y limpieza, teniendo que proceder a su reposición cuando sea necesario. Los que haya que substituir deberán ser de características similares o superiores a los existentes, procurando mantener la armonía del conjunto. Deberán suministrarse contenedores higiénicos para los aseos femeninos, encargándose de su limpieza con la periodicidad necesaria, manteniéndolos en todo momento en óptimas condiciones higiénicas. Será responsabilidad de la empresa mantener en perfecto estado de funcionamiento los secamanos eléctricos y equipos basterioestáticos instalados o que se instalen en los aseos, procediendo a su reparación o substitución cuando se averíen. De igual modo, se encargarán del suministro y reposición de consumibles cuando sea necesario. La empresa adjudicataria retirará los residuos de cada uno de los centros respetando los criterios de clasificación de los contenedores de reciclaje existentes o futuros, conforme a la normativa de 3 protección medioambiental que resulte de aplicación. Concretamente se instalarán contenedores debidamente identificados para la recogida selectiva de pilas, tapones de plástico, papel, tóner y cartuchos de tinta, gestionando su vaciado con la periodicidad necesaria con empresas u organizaciones que se dediquen a la retirada de este tipo de desechos. El personal que preste el servicio deberá vigilar el apagado xx xxxxx, radiadores, cierre de ventanas, etc., con el objeto de preservar al máximo el ahorro energético en los edificios. Las labores de limpieza, como norma general, se efectuarán en horario de tarde con el fin de interferir lo menos posible en el funcionamiento de los servicios. Las empresas contratistas deberán elaborar un programa de limpieza para los diferentes centros contemplados en la presente contratación, indicando las tareas a realizar y frecuencia de las mismas, detallando personal, maquinaria y utensilios a utilizar. Dicho programa será objeto de valoración durante el proceso de licitación y vinculante tras la adjudicación.
FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS Prerrogativas de la Administración.
Informe de Evaluación A más tardar treinta (30) Días contados a partir de la terminación del Período de Evaluación para cualquier Descubrimiento, el Contratista deberá entregar a la CNH un informe de todas las actividades de Evaluación llevadas a cabo durante dicho Período de Evaluación, de conformidad con la Normatividad Aplicable.
LABORAL 10.1 El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la Entidad Contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del CONSULTOR. Sin perjuicio de lo cual, la Entidad Contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.
PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE .-El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar, por razones de interés público, los contratos, y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en los artículos 210 y 211 del TRLCSP y en el RGLCAP. Los acuerdos que dicte el Órgano de Contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación, los actos enumerados en el apartado 2º del artículo 40 del TRLCSP en los contratos señalados en el apartado 1º del citado artículo. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos serán resueltos por el Órgano de Contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Para resolver las divergencias y controversias que pudieran surgir, con motivo de la interpretación, significado y alcance de las cláusulas contractuales, el contratista se somete a los Fueros de la Ciudad xx Xxxxxx, con expresa renuncia al suyo propio, si lo tuviere.
PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.