EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Las obligaciones de la Compañía quedarán extinguidas por efecto del incumplimiento de las obligaciones del Asegurado, por las causas señaladas en las cláusulas: Prima, Otros seguros, Agravación del Riesgo, Subrogación de derechos y Procedimientos en caso de siniestro. Por ser la base para la apreciación del Riesgo a contratar, es obligación del contratante y/o Asegurado o representante de éstos, declarar por escrito todos los hechos importantes que conozca o deba conocer al momento de la celebración del contrato. En caso de omisiones, falsas declaraciones, actuación dolosa o fraudulenta del contratante y/o Asegurado y/o representante de estos, al declarar por escrito en las solicitudes de la Compañía o en cualquier otro documento, ésta podrá rescindir el contrato de pleno derecho en los términos de lo previsto en el artículo 47 en relación con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
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Samples: Residential Insurance Policy, Insurance Policy
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidas se extinguirán, por efecto del incumplimiento de las obligaciones del Contratante y/o Asegurado, beneficiario o representante de éstos, por las causas señaladas en las cláusulas: Primaprima, Otros obligación de comunicar la existencia de otros seguros, Agravación agravación del Riesgoriesgo, Subrogación subrogación de derechos y Procedimientos procedimientos en caso de siniestro. Por ser la base para la apreciación del Riesgo riesgo a contratar, es obligación del contratante Contratante y/o Asegurado o representante de éstos, éstos declarar por escrito todos los hechos importantes que conozca o deba conocer al momento de la celebración del contrato. En caso de omisiones, falsas declaraciones, actuación dolosa o fraudulenta del contratante Contratante y/o Asegurado Asegurado, beneficiario y/o representante de estos, al declarar por escrito en las solicitudes de la La Compañía o en cualquier otro documento, ésta podrá rescindir el contrato de pleno derecho en los términos de lo previsto en el artículo 47 y 70 en relación con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro. En los casos de dolo o mala fe, el Asegurado perderá las primas pagadas anticipadamente.
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Samples: Equipo De Contratista Con Responsabilidad Civil, Insurance Policy
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidas se extinguirán, por efecto del incumplimiento de las obligaciones del Asegurado, por las causas señaladas en las cláusulas: Primaprima, Otros obligación de comunicar la existencia de otros seguros, Agravación agravación del Riesgoriesgo, Subrogación subrogación de derechos y Procedimientos procedimientos en caso de siniestro. Por ser la base para la apreciación del Riesgo riesgo a contratar, es obligación del contratante Contratante y/o Asegurado o representante de éstos, éstos declarar por escrito todos los hechos importantes que conozca o deba conocer al momento de la celebración del contrato. En caso de omisiones, falsas declaraciones, actuación dolosa o fraudulenta del contratante Contratante y/o Asegurado y/o representante de estos, al declarar por escrito en las solicitudes de la La Compañía o en cualquier otro documento, ésta podrá rescindir el contrato de pleno derecho en los términos de lo previsto en el artículo 47 y 70 en relación con los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
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EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidas se extinguirán, por efecto del incumplimiento de las obligaciones del de El Asegurado, por las causas señaladas en las cláusulas: Primaprima, Otros obligación de comunicar la existencia de otros seguros, Agravación agravación del Riesgoriesgo, Subrogación subrogación de derechos y Procedimientos procedimientos en caso de siniestro. Por ser la base para la apreciación del Riesgo riesgo a contratar, es obligación del contratante y/o Asegurado o representante de éstos, éstos declarar por escrito todos los hechos importantes que conozca o deba conocer al momento de la celebración del contrato. En caso de omisiones, falsas declaraciones, actuación dolosa o fraudulenta del contratante y/o Asegurado y/o representante de estos, al declarar por escrito en las solicitudes de la La Compañía o en cualquier otro documento, ésta podrá rescindir el contrato de pleno derecho en los términos de lo previsto en el artículo Artículo 47 en relación con los artículos Artículos 8, 9 y 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
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Samples: Condiciones Generales De Seguro
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE LA COMPAÑÍA. Las obligaciones de la La Compañía quedarán extinguidas se extinguirán, por efecto del incumplimiento de las obligaciones del de El Asegurado, por las causas señaladas en las cláusulas: Primaprima, Otros obligación de comunicar la existencia de otros seguros, Agravación agravación del Riesgoriesgo, Subrogación subrogación de derechos y Procedimientos procedimientos en caso de siniestro. Por ser la base para la apreciación del Riesgo riesgo a contratar, es obligación del contratante y/o El Asegurado o representante de éstos, éstos declarar por escrito todos los hechos importantes que conozca o deba conocer al momento de la celebración del contrato. En caso de omisiones, falsas declaraciones, actuación dolosa o fraudulenta del contratante y/o El Asegurado y/o representante de estos, al declarar por escrito en las solicitudes de la La Compañía o en cualquier otro documento, ésta podrá rescindir el contrato de pleno derecho en los términos de lo previsto en el artículo Artículo 47 en relación a las obligaciones con los artículos Artículos 8, 9 y 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.
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Samples: Condiciones Generales De Seguros