Facilidades Cláusulas de Ejemplo

Facilidades. “La aerolínea” prestará toda clase de facilidades a los funcionarios y empleados de la Dirección General de Aviación Civil que, en cumplimiento de sus funciones, realicen inspecciones en tierra o en vuelo para verificar que las operaciones autorizadas, se efectúen con seguridad, eficiencia y de conformidad con lo establecido en el presente permiso de operación. ARTICULO 2.- “La aerolínea”, en el ejercicio del servicio de transporte aéreo autorizado por el presente instrumento, queda obligada al estricto cumplimiento de todas y cada una de las leyes y reglamentos de aeronáutica civil que rigen en el país, así como de las resoluciones y disposiciones del Consejo Nacional de Aviación Civil y de la Dirección General de Aviación Civil, particularmente lo determinado en el Art. 36 de la Codificación de la Ley de Aviación Civil y Art. 99 de la Codificación del Código Aeronáutico. Así mismo, la compañía deberá cumplir con lo que estipula la Resolución DGAC-YA-2020-0029-R de 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2020, emitida por la Dirección General de Aviación Civil, que atañe a la obligación en la entrega de información estadística. Esta información estadística aerocomercial deberá ingresar la aerolínea en el sistema SEA DGAC WEB. ARTÍCULO 3.- Los itinerarios de “la aerolínea” deberán sujetarse a las rutas y frecuencias establecidas en este permiso de operación y serán presentados a la Dirección General de Aviación Civil para su aprobación, con por lo menos treinta (30) días de anticipación a la fecha en la que entrarán en vigencia. ARTÍCULO 4.- El presente permiso de operación se mantendrá vigente por el plazo fijado, a menos que la autoridad aeronáutica lo dé por terminado antes de su vencimiento por cualquiera de las siguientes causas: a) En aplicación y sujeción a los términos de cualquier tratado o convenio aplicable, o enmienda de ellos, que limiten o alteren sustancialmente la ruta autorizada; b) De comprobarse que la aerolínea no tenga su domicilio principal en la República del Ecuador; c) En caso de sustituirse la designación a favor de otra aerolínea por parte del gobierno del gobierno de los Emiratos Árabes Unidos; d) En general, por violación o incumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias de aeronáutica civil ecuatoriana, a las resoluciones y disposiciones del Consejo Nacional de Aviación Civil y de la Dirección General de Aviación Civil, así como por las causales constantes en el presente permiso de operación; y, e) Si la necesidad o conveniencia pública as...
Facilidades. La dirección de la Corporación RTVE facilitará el lícito ejercicio de la actividad sindical de los comités de empresa, delegados y delegadas de personal, delegados y delegadas sindicales y su difusión informativa en cada uno de sus centros de trabajo. Dentro de sus posibilidades la Corporación RTVE permitirá el uso de los medios necesarios para el cumplimiento de dichos objetivos.
Facilidades. LA MUNICIPALIDAD, se compromete a través de la Unidad de Infraestructura y Desarrollo Urbano a dar las facilidades necesarias para la buena ejecución de la labor del Locador de Servicios en su condición de Consultor.
Facilidades. Garantías...........................................................
Facilidades. Para facilitar la cooperación en el marco del presente Acuerdo, ambas Partes convienen en conceder las facilidades necesarias para la realización de sus funciones a los expertos y a los funcionarios debidamente autorizados encargados de llevar a cabo la cooperación, de conformidad con las legislaciones, las normas internas y las normativas de ambas Partes.
Facilidades. Con sujeción a su legislación y de conformidad con el derecho internacional aplicable, cada Parte otorgará a los nacionales de la otra facilidades para la reali- zación de actividades lucrativas, ya sean laborales o profesionales, como empleados o por cuenta propia, en condiciones de igualdad con los nacionales del Es- tado receptor, siempre que se hubieran concedido los permisos de residencia y de trabajo necesarios para el ejercicio de dichas actividades. Las respectivas autoridades garantizarán el efectivo goce de las facilidades mencionadas sobre la base del principio de reciprocidad.
Facilidades. La dirección de la CRTVE facilitará el lícito ejercicio de la actividad sindical de los comités de empresa, delegados de personal, delegados sindicales y sindicatos y su difusión informativa en cada uno de sus centros de trabajo. Dentro de sus posibilidades, CRTVE permitirá el uso de los medios necesarios para el cumplimiento de dichos objetivos.
Facilidades. EL CONTRATANTE brindará todo tipo de facilidades a El PROFESIONAL con el propósito de que cumpla las funciones que le corresponden. El PROFESIONAL, cuando lo requiera, contará con la colaboración de los otros profesionales, auxiliares, técnicos, asistentes o demás personal administrativo de LA CONTRATANTE.
Facilidades. El POSTOR y/o CONTRATISTA deberá considerar en sus Costos todas las facilidades, entre ellas y sin ser limitativo: equipos, materiales, consumibles, oficina, agua para beber, energía eléctrica, transporte, movilidad, alimentación, alojamiento, hospitalización, enfermería, SS.HH., comunicación (teléfono, fax, correo electrónico, radio ó cualquier otro medio de comunicación), fotocopiado, etc. PETROPERU brindará sólo las facilidades expresamente indicadas. RESPONSABILIDADES El CONTRATISTA ejecutará las prestaciones a su cargo en estricta observancia de las Especificaciones Técnicas y demás consideraciones que se encuentran contenidas en las Bases, así como mantener la calidad de las mismas durante la vigencia del presente Contrato. El CONTRATISTA efectuará el servicio a conformidad y satisfacción de PETROPERU cumpliendo sus normas y buenas prácticas de ingeniería. El CONTRATISTA durante la ejecución de los trabajos deberá contar con bidones de agua para el consumo del personal CONTRATISTA. El CONTRATISTA no subcontratará a otra Empresa parte de las prestaciones del Servicio, sin la autorización expresa de PETROPERU de acuerdo con el articulo 38° de la Ley y 120° del Reglamento, caso contrario será causal de anulación del Contrato. PETROPERÚ autorizará la subcontratación solo en actividades distintas al objeto del contrato. El CONTRATISTA se obliga al mantenimiento, reparación y/o custodia de todos sus equipos, a fin de mantenerlos óptimamente operativos durante toda la vigencia del Contrato, corriendo por su cuenta y cargo los gastos de instalación, reparación, seguros, transporte a cualquier centro de reparación o mantenimiento, etc. La participación de PETROPERU en la Coordinación, Inspección y Administración del Servicio no libera de responsabilidad al CONTRATISTA respecto a la correcta ejecución de los trabajos. PETROPERU se reserva el derecho de detener, suspender y proseguir los servicios que crea conveniente, que no cumplan con las Bases y especificaciones técnicas y/o condiciones de seguridad. Las instalaciones temporales a cargo del CONTRATISTA que sean necesarias tales como caseta del servicio, almacén, servicios higiénicos, primeros auxilios, etc. deben satisfacer las condiciones de seguridad e higiene requeridas. EL CONTRATISTA proporcionará todos los equipos y herramientas necesarias para la prestación del servicio, y su costo estará incluido en el Monto del Contrato. El CONTRATISTA deberá tener en el lugar de ejecución de trabajos, una copia de...
Facilidades son los “productos de software” conexos al servicio “Internet ▇▇ ▇▇▇▇▇ Ancha de ERT” de conformidad con el Plan escogido, tales como: correo web, correo POP3, PWP y Direcciones IP.