Facultades del Fiduciario. El Fiduciario tendrá todos los poderes, derechos y facultades necesarios para llevar a cabo los Fines del Fideicomiso, en los términos establecidos por el artículo 391 de la LGTOC y gozará de poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, sin limitación alguna, con todas las facultades generales y aún las especiales que para su ejercicio requieran de poder o cláusula especial, en términos de los artículos 2554 y 2587 del Código Civil Federal y sus correlativos en los códigos civiles de los Estados de la República y la Ciudad de México, así como para suscribir, aceptar y endorsar títulos de crédito conforme al artículo 9o de la LGTOC, debiendo actuar en todo momento en los términos del Fideicomiso o conforme a las instrucciones que reciba del Estado y como lo haría un buen padre de familia y responderá civilmente por los daños y perjuicios que se causen por el incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente Fideicomiso.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Fideicomiso Público De Contratación De Financiamientos, Contrato De Fideicomiso Público De Contratación De Financiamientos
Facultades del Fiduciario. El Fiduciario tendrá todos los poderes, derechos y facultades necesarios para llevar a cabo los Fines del Fideicomiso, en los términos establecidos por el artículo 391 de la LGTOC y gozará de poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, sin limitación alguna, con todas las facultades generales y aún las especiales que para su ejercicio requieran de poder o cláusula especial, en términos de los artículos 2554 y 2587 del Código Civil Federal y sus correlativos en los códigos civiles Códigos Civiles de los Estados de la República y la Ciudad de México, así como para suscribir, aceptar y endorsar endosar títulos de crédito conforme al artículo 9o de la LGTOC, debiendo actuar en todo momento en los términos del Fideicomiso o Fideicomiso, conforme a las instrucciones que reciba del Estado y como según lo haría un buen padre establece el artículo 391 de familia y responderá civilmente por los daños y perjuicios que se causen por el incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente Fideicomisola LGTOC.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Fideicomiso Público De Contratación De Financiamientos, Contrato De Fideicomiso Público De Contratación De Financiamientos
Facultades del Fiduciario. El Fiduciario tendrá todos los poderes, derechos y facultades necesarios para llevar a cabo los Fines del Fideicomiso, en los términos establecidos por el artículo 391 de la LGTOC y gozará de poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, sin limitación alguna, con todas las facultades generales y aún las especiales que para su ejercicio requieran de poder o cláusula especial, en términos de los artículos 2554 y 2587 del Código Civil Federal y sus correlativos en los códigos civiles de los Estados de la República y la Ciudad de México, así como para suscribir, aceptar y endorsar endosar títulos de crédito conforme al artículo 9o de la LGTOC, debiendo actuar en todo momento en los términos del Fideicomiso o conforme a las instrucciones que reciba del Estado y como lo haría un buen padre de familia y responderá civilmente por los daños y perjuicios que se causen por el incumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente Fideicomiso.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Fideicomiso Público De Contratación De Financiamientos