Common use of Falta de pago de los Servicios Clause in Contracts

Falta de pago de los Servicios. La falta de pago o pago parcial de un Servicio correspondiente a los VDF, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá incumplimiento. Transcurridos sesenta (60) días desde el pago realizado en la última Fecha de Pago de Servicio sin que existan fondos suficientes para cancelar la totalidad de los Servicios adeudados a los VDF, se configurará un Evento Especial de acuerdo a lo previsto en el Anexo I Eventos Especiales del presente Contrato, y se procederá conforme a lo dispuesto en el Anexo I Consecuencias de un Evento Especial. Durante dicho período, en cuanto hubiera fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria de Cobranzas, el Fiduciario procederá a realizar pagos a los VDF. Dichos pagos, en cuanto fueren parciales, se efectivizarán con una periodicidad mínima de quince (15) días, y siempre que los fondos disponibles para ello no fueran inferiores a $ 150.000 (Pesos ciento cincuenta mil). No obstante, dichos pagos parciales nunca excederán una periodicidad máxima de noventa (90) días, aún si los fondos disponibles no alcanzaren el monto mínimo mencionado. Cancelados totalmente los Servicios de Interés correspondientes a los VDF, de haber remanente se procederá al pago del Capital de los VDF. Cancelado totalmente el Capital de los VDF, de haber remanente se procederá al pago de los Certificados de Participación. Sin perjuicio de lo expuesto, en el Artículo 4.5 del Reglamento, cuando se produzca una merma en el Flujo de Fondos Teórico, y esto afecte, sin llegar a constituir un Evento Especial, el Cuadro de Pagos Estimados de Servicios, el Fiduciante podrá adelantar los fondos al Fideicomiso a fin de mantener el Flujo de Fondos Teórico.

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Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso

Falta de pago de los Servicios. La falta de pago o pago parcial de un Servicio servicio de capital correspondiente a los VDF, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá incumplimientoun Evento Especial hasta tanto hayan transcurrido ciento veinte (120) días corridos desde la última Fecha de Pago de Servicios. Tanto durante dicho período como una vez vencido el mismo, los VDF continuarán devengando intereses compensatorios sobre el saldo de capital. En los términos de lo dispuesto por el artículo 770 inc. a) del Código Civil y Comercial de la Nación, los intereses compensatorios se capitalizarán con una periodicidad no inferior a seis meses y se acumularán al capital adeudado. En ningún supuesto, los VDF devengarán intereses moratorios ni punitorios. La falta de pago de un servicio de interés correspondiente a los VDF, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá un Evento Especial hasta tanto hayan transcurrido sesenta (60) días corridos desde la última Fecha de Pago de Servicios. Transcurridos sesenta (60) o ciento veinte (120) días desde el pago realizado en la última Fecha de Pago de Servicio Servicios sin que existan fondos suficientes para cancelar la totalidad de los Servicios de interés o capital, según corresponda, adeudados a los VDF, se configurará un Evento Especial de acuerdo a lo previsto en el Anexo I Eventos Especiales del presente Contrato, y se procederá conforme a lo dispuesto en el Anexo I Consecuencias de un Evento EspecialArtículo 4.11 del presente Contrato. Durante dicho período, en cuanto hubiera fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria de CobranzasFiduciaria, el Fiduciario procederá a realizar pagos conforme las condiciones de emisión de los VDF y en el orden de subordinación establecido. Luego de dichos pagos, de haber remanente, se aplicarán fondos a las distribuciones a favor de los VDF. Dichos pagos, en cuanto fueren parciales, se efectivizarán con una periodicidad mínima de quince sesenta (1560) días, y siempre que los fondos disponibles para ello no fueran inferiores a $ 150.000 50.000 (Pesos ciento cincuenta mil). No obstante, dichos pagos parciales nunca excederán una periodicidad máxima de noventa (90) días, aún si los fondos disponibles no alcanzaren el monto mínimo mencionado. Cancelados totalmente los Servicios de Interés correspondientes a los VDF, de haber remanente se procederá al pago del Capital de los VDF. Cancelado totalmente el Capital de los VDF, de haber remanente se procederá al pago de los Certificados de Participación. Sin perjuicio de lo expuesto, en el Artículo 4.5 del Reglamento, cuando se produzca una merma en el Flujo de Fondos Teórico, y esto afecte, sin llegar a constituir un Evento Especial, el Cuadro de Pagos Estimados de Servicios, el Fiduciante podrá adelantar los fondos al Fideicomiso a fin de mantener el Flujo de Fondos Teórico.

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Samples: www.rosfid.com.ar

Falta de pago de los Servicios. La falta de pago o pago parcial de un Servicio correspondiente a los VDFServicio, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá incumplimiento, devengándose en su caso el interés sobre los montos y conceptos impagos. El monto que no haya podido pagarse a los Beneficiarios en cada Fecha de Pago de Servicios por ser insuficiente lo recaudado, será pagado cuando el Flujo de Fondos efectivamente percibido lo permita. Transcurridos sesenta (60) días desde el pago realizado en la última Fecha de Pago de Servicio Servicios sin que existan fondos suficientes para cancelar la totalidad de los Servicios adeudados a los VDFVRD A, se configurará un Evento Especial el Fiduciario requerirá a Beneficiarios que representen la mayoría absoluta del valor nominal en circulación de acuerdo a lo previsto los VRD A le instruyan sobre la reestructuración, prórroga o liquidación del Fideicomiso, en el Anexo I Eventos Especiales los términos del presente Contrato, y se procederá conforme a lo dispuesto en el Anexo I Consecuencias artículo 24 de un Evento Especialla Ley 24.441. Durante dicho períodoNo obstante, en cuanto hubiera fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria de CobranzasFiduciaria, el Fiduciario procederá a realizar pagos a los VDF. VRD A. Dichos pagos, en cuanto fueren parciales, se efectivizarán con una periodicidad mínima de quince (15) treinta días, y siempre que los fondos disponibles para ello no fueran inferiores a $ 150.000 (Pesos ciento cincuenta mil). No obstante, dichos pagos parciales nunca excederán una periodicidad máxima de noventa (90) días, aún si los fondos disponibles no alcanzaren el monto mínimo mencionado. Cancelados totalmente los Servicios de Interés correspondientes a los VDF, de haber remanente se procederá al pago del Capital de los VDF. Cancelado totalmente el Capital de los VDFVRD A, de haber remanente se procederá al pago de los Servicios correspondientes a los VRD B, y de haber remanente, se procederá al pago de los Servicios bajo los Certificados de Participación. Sin perjuicio de lo expuesto, en el Artículo 4.5 del Reglamento, cuando se produzca una merma en el Flujo Teórico de Fondos Teóricolas Cobranzas, y esto afecte, sin llegar a constituir un Evento Especial, el Cuadro de Pagos Estimados de Servicios, el Fiduciante podrá adelantar y el Fiduciario podrán acordar que el Fiduciante adelante los fondos al Fideicomiso a fin de mantener el Flujo de Fondos Teórico.

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Samples: Contrato Suplementario De Fideicomiso Cartasur Serie

Falta de pago de los Servicios. La falta de pago o pago parcial de un Servicio correspondiente a los VDFValores de Deuda Fiduciaria, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá incumplimiento. Transcurridos sesenta (60) días desde el pago realizado en la última Fecha de Pago de Servicio sin que existan fondos suficientes para cancelar la totalidad de los Servicios adeudados a los VDFValores de Deuda Fiduciaria, se configurará un Evento Especial de acuerdo a lo previsto en el Anexo I Artículo 3.8 “Eventos Especiales Especiales” del presente Contrato, y se procederá conforme a lo dispuesto en el Anexo I Artículo 3.8 “Consecuencias de un Evento Especial. Durante dicho período, en cuanto hubiera fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria de Cobranzas, el Fiduciario procederá a realizar pagos a los VDFValores de Deuda Fiduciaria, según corresponda. Dichos pagos, en cuanto fueren parciales, se efectivizarán con una periodicidad mínima de quince sesenta (1560) días, y siempre que los fondos disponibles para ello no fueran inferiores a $ 150.000 100.000 (Pesos ciento cincuenta cien mil). No obstante, dichos pagos parciales nunca excederán una periodicidad máxima de noventa (90) días, aún si los fondos disponibles no alcanzaren el monto mínimo mencionado. Cancelados totalmente los Servicios de Interés correspondientes a los VDFValores de Deuda Fiduciaria y restituidos los adelantos de fondos otorgados al Fideicomiso por los Fiduciantes, de haber remanente se procederá al pago del Capital de a entregar el mismo a los VDFFideicomisarios. Cancelado totalmente el Capital de los VDF, de haber remanente se procederá al pago de los Certificados de Participación. Sin perjuicio de lo expuesto, en el Artículo 4.5 del Reglamento, cuando Cuando se produzca una merma en el Flujo de Fondos Teórico, y esto afecte, sin llegar a constituir un Evento Especial, el Cuadro de Pagos Estimados de Servicios, el Fiduciante podrá los Fiduciantes podrán adelantar los fondos al Fideicomiso a fin de mantener el Flujo de Fondos Teórico, los cuales le serán devueltos de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 3.9 del presente Contrato de Fideicomiso.

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Samples: www.allaria.com.ar

Falta de pago de los Servicios. La falta de pago o pago parcial de un Servicio correspondiente a los VDFservicio de capital, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá incumplimientoun Evento Especial hasta tanto hayan transcurrido ciento veinte (120) días corridos desde la última Fecha de Pago de Servicios. Tanto durante dicho período como una vez vencido el mismo, los VDF continuarán devengando intereses compensatorios sobre el saldo de capital. En los términos de lo dispuesto por el artículo 770 inc. a) del Código Civil y Comercial de la Nación, los intereses compensatorios se capitalizarán con una periodicidad de seis meses y se acumularán al capital adeudado. En ningún supuesto, los VDF devengarán intereses moratorios ni punitorios. La falta de pago de un servicio de interés, por insuficiencia de fondos fideicomitidos, no constituirá un Evento Especial hasta tanto hayan transcurrido sesenta (60) días corridos desde la última Fecha de Pago de Servicios. Transcurridos sesenta (60) o ciento veinte (120) días desde el pago realizado en la última Fecha de Pago de Servicio Servicios sin que existan fondos suficientes para cancelar la totalidad de los Servicios de interés o capital, según corresponda, adeudados a los VDF, se configurará un Evento Especial de acuerdo a lo previsto en el Anexo I Eventos Especiales del presente Contrato, y se procederá conforme a lo dispuesto en el Anexo I Consecuencias de un Evento EspecialArtículo 4.12 del presente Contrato. Durante dicho período, en cuanto hubiera fondos disponibles en la Cuenta Fiduciaria de CobranzasFiduciaria, el Fiduciario procederá a realizar pagos conforme las condiciones de emisión de los VDF y en el orden de subordinación establecido. Luego de dichos pagos, de haber remanente, se aplicarán fondos a las distribuciones a favor de los VDF. Dichos pagos, en cuanto fueren parciales, se efectivizarán con una periodicidad mínima de quince sesenta (1560) días, y siempre que los fondos disponibles para ello no fueran inferiores a $ 150.000 50.000- (Pesos ciento cincuenta mil). No obstante, dichos pagos parciales nunca excederán una periodicidad máxima de noventa (90) días, aún si los fondos disponibles no alcanzaren el monto mínimo mencionado. Cancelados totalmente los Servicios de Interés correspondientes a los VDF, de haber remanente se procederá al pago del Capital de los VDF. Cancelado totalmente el Capital de los VDF, de haber remanente se procederá al pago de los Certificados de Participación. Sin perjuicio de lo expuesto, en el Artículo 4.5 del Reglamento, cuando se produzca una merma en el Flujo de Fondos Teórico, y esto afecte, sin llegar a constituir un Evento Especial, el Cuadro de Pagos Estimados de Servicios, el Fiduciante podrá adelantar los fondos al Fideicomiso a fin de mantener el Flujo de Fondos Teórico.

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Samples: Contrato De Fideicomiso Financiero