Common use of FORMA DE COTIZAR Clause in Contracts

FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓN, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexa. Los precios cotizados (unitario y total) deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional (PESOS ARGENTINOS) y deberá cotizarse con hasta dos decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES. El Oferente deberá presentar junto con la Oferta la estructura integral de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También, se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA o el organismo que la reemplace o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de precios del contrato. La falta de algunos de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-

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FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes deberán cotizar obligatoriamente indicando El Oferente deberá cotizar, obligatoriamente, un ÚNICO PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓN(unitario y total), conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexapor renglón. Los precios cotizados (unitario y total) deberán incluir, indefectiblemente, incluir indefectiblemente el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional (PESOS ARGENTINOS) y deberá cotizarse con hasta dos DOS (2) decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES. El Oferente oferente deberá presentar junto con la Oferta Cotización, la estructura integral real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También, También se deberá indicar el índice/precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA GCABA o el organismo Organismo que la reemplace reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. La falta Además, el oferente deberá presentar las estructuras de algunos costos de cada uno de los elementos señalados precedentementeítems, implicará la inmediata descalificación de la Ofertaen formato EXCEL. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes Cada Oferente deberá presentar su cotización conforme el Anexo II del presente Xxxxxx. Se deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓN, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexatodos los renglones. Los precios cotizados (unitario Asimismo los adquirentes deberán completar la oferta económica a través de los formularios disponibles en el sistema BAC. La oferta económica deberá ser formulada y total) deberán incluir, indefectiblemente, el importe correspondiente ajustada en un todo a la alícuota forma establecida en el presente Xxxxxx. PLIEG-2020-22128279-GCABA-AGC Todos los importes deberán expresarse en pesos, moneda nacional, consignados en números y letras. A los efectos emergentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Todos los importes deberán expresarse , el Gobierno reviste la condición de Exento, motivo por el cual la propuesta económica que el interesado presente junto a las ofertas no deberá discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluirse el mismo en moneda nacional (PESOS ARGENTINOS) y deberá cotizarse con hasta dos decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALESel precio cotizado. El Oferente asumirá e incluirá en la cotización, la provisión y reposición de todo el material, insumos y recursos humanos necesarios para la prestación del Servicio, disponiendo en todo momento de los recursos materiales necesarios para su ejecución. A su vez, el oferente deberá presentar junto con la Oferta cotización, la estructura integral real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertadoofertado según el Anexo III. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva impositiva, cargas sociales y la utilidad prevista. También, También se deberá indicar el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costosincluidos en el mencionado Anexo. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)Censos, la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA GCABA o el organismo que la reemplace reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contratoContrato. La falta El oferente deberá presentar la planilla de algunos cotización, análisis de precios o la estructura de costos de cada uno de los elementos señalados precedentementerenglones, implicará la inmediata descalificación de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-en formato EXCEL.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes Las propuestas económicas deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓNser efectuadas en Pesos de curso legal en la República Argentina, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexano admitiéndose cotizaciones en otras monedas. La presentación de cada oferta se hará en un (1) sobre o paquete debidamente cerrado, identificado con el número de Licitación sin ninguna otra inscripción exterior que identifique al oferente. Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano. Los precios cotizados (unitario y total) deberán incluirque consignen los oferentes en sus propuestas serán netos, indefectiblementees decir incluirán las pertinentes incidencias de impuestos, el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto tasas, ingresos brutos, contribuciones, impuesto al Valor Agregado valor agregado (IVA), derechos nacionales y locales y los que afecten la actividad, vigentes al momento de formular las mismas. Todos Asimismo contemplarán los importes deberán expresarse en moneda nacional (PESOS ARGENTINOS) sueldos y deberá cotizarse con hasta dos decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES. El Oferente deberá presentar junto con la Oferta la estructura integral honorarios de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componensu personal, la incidencia impositiva en los mismos por las cargas sociales y la utilidad previstalos seguros de accidentes de trabajo correspondientes. TambiénTambién contemplarán los gastos en los cuales se deba incurrir con motivo de fletes, pólizas de seguro y todo otro gasto directo o indirecto que corresponda. Es decir, toda tarea inherente a los servicios a prestar y/o bienes a entregar y que no posea ítem de pago, se deberá indicar considerará incluida en el precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), la Dirección de Estadística dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA o el organismo que la reemplace o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de precios del contrato. La falta de algunos de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601Cuando existan diferencias en un precio consignado en números y su trascripción en letras, se tendrá por válido el importe expresado en letras. Los oferentes, podrán cotizar ofertas Alternativas, pudiendo mejorar y/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inco ampliar las condiciones técnicas de las unidades objeto de la presente licitación, siempre que no se desnaturalice el destino de las mismas. C).-No se admitirán ofertas que contengan cláusulas condicionadas No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma, que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas.

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Samples: Pliego De Especificaciones Tecnicas Servicio De Mantenimiento De Estaciones De Bicicleta

FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes Se deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓN, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexa. Los precios cotizados (unitario Precio Unitario y total) deberán incluir, indefectiblementePrecio Total del renglón y/o renglones que se solicitan en el presente pliego, el importe correspondiente a cual debe consignarse en el Procedimiento BAC. PLIEG-2019-04607981-GCABA-AGIP Se podrán cotizar los dos renglones indistintamente o solo uno de ellos. No obstante ello la alícuota preadjudicación se efectuara según el Artículo N° 28 del presente pliego. La oferta deberá cotizarse en pesos, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional , con un máximo de dos (PESOS ARGENTINOS2) y deberá cotizarse con hasta dos decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES. El Oferente oferente deberá presentar junto con la Oferta Cotización, la estructura integral real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También, También se deberá indicar el índice/precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA GCABA o el organismo Organismo que la reemplace reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. La falta A fin de algunos viabilizar el procedimiento de los elementos señalados precedentementeredeterminación de precios el contratista deberá presentar junto con su oferta, implicará la inmediata descalificación de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-siguiente documentación:

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas

FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes El oferente deberá cotizar el total del renglón detallando precio unitario (mensual) y precio total por los doce meses del servicio. Las ofertas deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓNser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexa. Los precios cotizados (unitario y total) el GCABA reviste calidad de exento, por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán incluir, indefectiblemente, discriminar el importe correspondiente a la alícuota incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Todos los importes deberán expresarse impuesto, debiendo incluir el mismo en moneda nacional (PESOS ARGENTINOS) y deberá cotizarse con hasta dos decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALESel precio cotizado. El Oferente oferente deberá presentar junto con la Oferta Cotización, la estructura integral real de costos mensual que respalda el precio de cada del renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También, También se deberá indicar el índice/precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA GCABA o el organismo Organismo que la reemplace reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. La falta contrato Además, el oferente deberá presentar las estructuras de algunos costos de cada uno de los elementos señalados precedentementeítems, implicará la inmediata descalificación de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-en formato EXCEL.”

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FORMA DE COTIZAR. Los Oferentes OFERENTES deberán cotizar obligatoriamente indicando PRECIO UNITARIO Y TOTALIDAD DEL RENGLÓNel Precio Unitario y el Monto Total de cada Renglón. La cotización deberá incluir la totalidad de los servicios solicitados en cada renglón, conforme PLANILLA DE COTIZACIÓN anexade acuerdo con los alcances del servicio definido en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Los precios cotizados (unitario y total) deberán incluirLa oferta deberá cotizarse en pesos, indefectiblemente, incluyendo el importe correspondiente a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional , con un máximo de dos (PESOS ARGENTINOS2) y deberá cotizarse con hasta dos decimales. NO SERÁN CONSIDERADAS LAS OFERTAS QUE NO SE AJUSTEN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE COTIZACIÓN PRECEDENTEMENTE ESTABLECIDO Y NO SE ACEPTARÁN COTIZACIONES PARCIALES. El Oferente oferente deberá presentar junto con la Oferta Cotización, la estructura integral real de costos que respalda el precio de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También, También se deberá indicar el índice/precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que caPdLaIEGun-2o01d9e-0l3o6s85c5o3n5c-ep-tDoGs UqIuAeF componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA GCABA o el organismo Organismo que la reemplace reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el Comitente comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. La falta Además, el oferente deberá presentar las estructuras de algunos costos de cada uno de los elementos señalados precedentementeítems, implicará en formato EXCEL. Se deberán cotizar todos los Renglones. La adjudicación se hará al oferente que proponga la inmediata descalificación oferta técnica y económica más conveniente para el Gobierno de la Oferta. (RESOLUCIÓN 601/MHGC/2014 – ANEXO I – Artículo 4° inc. C).-Ciudad autónoma de Buenos Aires.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Part Iculares