Common use of FORMA DE COTIZAR Clause in Contracts

FORMA DE COTIZAR. Los oferentes deben formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el renglón. No será admitida la oferta que se aparte de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirá oferta alternativa ni oferta por parte del renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en el precio final –sin limitación- todos los costos relativos a la provisión de los elementos, repuestos, materiales, herramientas, traslados y mano de obra para la prestación del servicio. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la calidad de exento. El oferente deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de costos que respalda el precio del renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Se adjunta como Anexo I del presente pliego modelo de estructura de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, el GCABA reviste calidad de exento por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado. Las ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. La estructura de costos, aprobada al momento de la adjudicación, será la considerada en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.

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FORMA DE COTIZAR. Cada oferente deberá presentar su cotización conforme el Anexo I del presente PCP. Los oferentes deben formular oferta por deberán cotizar para cada uno de los renglones la totalidad de lo solicitado las tareas que se encuentran descriptas en el renglónPliego de Especificaciones Técnicas. No será admitida la oferta que se aparte Deberán cotizar de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirá oferta alternativa ni oferta por parte del renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en el precio final –sin limitación- manera obligatoria todos los costos relativos renglones pertenecientes a la provisión de los elementos, repuestos, materiales, herramientas, traslados y mano de obra para la prestación del servicio. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la calidad de exentouna misma zona. El oferente deberá presentar junto con la Cotización, dicha oferta económica la estructura real de costos que respalda el precio del renglón ofertado de cada categoría que conPfLoIrEmGa-2e0l18p-r1e9c7io45d2e6l9-ren-DgGlóEnV ofertado, conforme modelo obrante en el Anexo III. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la lo componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Se adjunta como costos (Anexo I del presente pliego modelo de estructura de costosIV). Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. AdemásEl GCABA podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario. El Oferente asumirá e incluirá en la cotización, la provisión y reposición de todo el material e insumos necesarios para la prestación del mantenimiento integral, mano de obra, equipos, herramientas disponiendo en todo momento de los recursos materiales necesarios para su ejecución. En referencia a las tareas complementarias por preciario, el oferente deberá presentar las estructuras de costos acompañar también a su propuesta económica la cotización de cada uno de los ítems, contenidos en formato EXCELel Anexo I del presente, bajo condición de rechazo de su oferta ante su falta de presentación. A El mencionado Anexo deberá ser incorporado en versión PDF y Excel. Deberá acompañar además los efectos del Impuesto al Valor Agregadoíndices/precios de referencia asociados en el caso de materiales y análisis de precios con los índices/precios de referencia asociados a los insumos que lo integran, en el GCABA reviste calidad caso de exento por tal motivolas tareas complementarias. La oferta económica deberá ser formulada y ajustada en un todo a la forma establecida en el presente Xxxxxx, las propuestas económicas presentadas dentro deberá expresar el total general de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuestopropuesta en letras, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado. Las ofertas deberán ser en pesos ($) números y moneda de curso legal legal. Todos los precios deberán incluir el impuesto al valor agregado. Todos los importes deberán expresarse en moneda nacional (PESOS), consignado en números y letras. No serán consideradas las ofertas que no se ajusten estrictamente al principio de cotización establecido. PLIEG-2018-19745269- -DGEV Lo mencionado precedentemente es según lo establecido por la República ArgentinaRESOLUCIÓN Nº 601- MHGC-14 – ANEXO I - ARTÍCULO 4° inc. La estructura de costosC”. SE DEJA CONSTANCIA QUE EN CASO DE DIFERIR EL VALOR CONSIGNADO, aprobada al momento de la adjudicaciónENTRE EL PRESUPUESTO DOCUMENTO ANEXO Y EL CARGADO EN EL BAC, será la considerada en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contratoSE ESTARÁ AL VALOR INGRESADO EN LA GRILLA DEL BAC.

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FORMA DE COTIZAR. Los oferentes deben formular oferta Art. 15°.- El Oferente deberá cotizar por la totalidad de lo solicitado en el cantidad total requerida para cada renglón. No será admitida la oferta que se aparte de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirá oferta alternativa ni oferta por parte del renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido aceptarán ofertas parciales en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en el precio final –sin limitación- todos los costos relativos a la provisión de los elementos, repuestos, materiales, herramientas, traslados y mano de obra para la prestación del serviciotal sentido. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA)Agregado, el GCBA GCABA reviste la calidad de exento. Por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado. A su vez Los precios que consignen los oferentes en sus propuestas deberán incluir las pertinentes incidencias de impuestos, tasas, ingresos brutos, contribuciones, derechos PLIEG-2019-05602519-GCABA-SECTRANS nacionales y locales y los que afecten la actividad, derechos de importación o exportación, derechos aduaneros, vigentes al momento de formular las mismas. Las ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. El oferente deberá presentar junto con la CotizaciónOferta, la estructura real de costos que respalda el precio del de cada renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Se adjunta como Anexo I del presente pliego modelo de estructura de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. Además, el oferente deberá presentar las estructuras La planilla de cotización y estructura de costos de que respalda la oferta con cada uno de los ítemsítems que la componen deberá presentarlo, en formato EXCEL. A los efectos del Impuesto , con apego al Valor Agregado, el GCABA reviste calidad formulario de exento por tal motivo, referencia que obra como ANEXO I de las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado. Las ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. La estructura de costos, aprobada al momento de la adjudicación, será la considerada en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contratopresentes cláusulas.

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FORMA DE COTIZAR. Los oferentes deben formular oferta deberán efectuar las cotizaciones de todos los ítems solicitados en la Planilla de Cotización, especificando el precio unitario y el monto total por renglón. La cotización deberá, de forma ineludible, incluir todo lo requerido en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Deberá cotizarse la totalidad de lo solicitado en el del renglón. No será admitida la oferta que , no se aparte de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirá oferta alternativa aceptarán cotizaciones parciales ni oferta por parte del renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en el precio final –sin limitación- los precios todos los costos relativos a la provisión los bienes a suministrar, instalación y puesta en funcionamiento, incluyendo el transporte hasta el lugar de los elementos, repuestos, materiales, herramientas, traslados y mano de obra para la prestación del servicioentrega. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA GCABA reviste la calidad de exento. El oferente deberá presentar junto con la Cotización, oferta económica la estructura real de costos (ANEXO I) que respalda el precio del renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Se adjunta como Anexo I del presente pliego modelo de estructura de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. Además, el El oferente deberá presentar las estructuras la planilla de oferta y estructura de costos de que respalda la oferta con cada uno de los ítemsítems que la componen deberá presentarlo en soporte magnético, en formato EXCEL. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, el GCABA reviste calidad de exento por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado. Las ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. La estructura de costos, aprobada al momento de la adjudicación, será la considerada en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.

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FORMA DE COTIZAR. Los oferentes deben formular oferta por deberán cotizar obligatoriamente UN ÚNICO PRECIO TOTAL MENSUAL POR RENGLÓN, que comprenda la realización de la totalidad de lo solicitado las tareas que se encuentran descriptas en el renglónPliego de Especificaciones Técnicas. No será admitida El Oferente deberá presentar por el sistema BAC, su cotización en un todo de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del presente Xxxxxx. En cuanto al modo de cotizar los servicios adicionales por preciario, se deberán discriminar de acuerdo a los ítems establecidos en la oferta que se aparte planilla Anexo II en el presente Xxxxxx. Tanto para el servicio básico como para los servicios adicionales por preciario, todos los importes deberán consignarse en PESOS ARGENTINOS (ARS) consignado en números y letras. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA revista la calidad de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirá oferta alternativa ni oferta por parte del renglónExento. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato. El oferente asumirá e incluirá en su cotización, estando incluido en el precio final –sin limitación- todos los costos relativos a la provisión y reposición de los elementos, repuestos, materiales, herramientas, traslados y mano de obra todo el material e insumos necesarios para la prestación del servicio. A Servicio disponiendo en todo momento de los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la calidad de exentorecursos materiales necesarios para su ejecución. El oferente deberá presentar junto con la Cotización, oferta la estructura real de costos (conforme planilla que obra como modelo a modo de ejemplo del Anexo III) que respalda el precio ofertado del renglón ofertadoy para cada uno de los ítems de los servicios adicionales por preciario. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva impositiva, cargas sociales y la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio de referencia asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Se adjunta como Anexo I del presente pliego modelo de estructura de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA GCBA o el Organismo organismo que la reemplace, o por otros organismos públicos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contratocontrato (art 5- Ley 2809 texto consolidado por la Ley 5666). Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, el GCABA reviste calidad de exento por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro de la oferta no deberán discriminar el importe correspondiente a la incidencia del impuesto, debiendo incluir el mismo en el precio cotizado. Las No serán admitidas ofertas deberán ser en pesos ($) moneda de curso legal en la República Argentina. La estructura de costos, aprobada al momento de la adjudicación, será la considerada en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contratoalternativas.

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FORMA DE COTIZAR. Los oferentes deben formular La presente licitación se divide en cinco (6) renglones correspondientes a cada una de las cinco (6) zonas que reúnen diferentes Establecimientos Educativos. El oferente podrá ofertar un máximo de 3 zonas. La Comisión Evaluadora de Ofertas pre- adjudicará, en cada zona, a la oferta por que obtenga el mayor Puntaje Ponderado Final. Cuando un mismo Oferente obtenga el mayor puntaje en dos (2) o más Zonas, la Comisión realizara una consulta con plazo de respuesta de (2) dos días hábiles a la empresa ganadora de las mismas zonas y esta tendrá la posibilidad de decidir en cual realizara los trabajos, en el caso de cumplirse las 48 hs y no obtener respuesta lo decidirá la comisión de acuerdo al resto de las ofertas recibidas. En el resto de las Zonas que haya obtenido el mayor puntaje se tomará el orden de mérito de cada oferta de acuerdo al puntaje final obtenido. Así sucesivamente hasta cubrir la totalidad de lo solicitado las Zonas licitadas. Si en una Zona no existieran otras ofertas válidas y/o convenientes a exclusivo criterio de la DPIE, se podrá adjudicar sólo en este caso particular, más de una zona a un mismo Oferente. En el renglón. No será admitida caso de superar las ofertas el 20 % de beneficio la oferta que se aparte de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirá oferta alternativa ni oferta por parte del renglón. Se considera que el oferente, antes de presentar su oferta, ha tenido en cuenta todo lo necesario para la plena y cabal ejecución del contrato, estando incluido en el precio final –sin limitación- todos los costos relativos a la provisión de los elementos, repuestos, materiales, herramientas, traslados y mano de obra para la prestación del servicio. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCBA reviste la calidad de exento. El oferente comisión deberá presentar junto con la Cotización, la estructura real de costos que respalda el precio del renglón ofertado. De ella debe surgir el detalle pedir reducción de los costos directos e indirectos a todos los oferentes, dándole (2) dos días hábiles para presentar la nueva oferta Los Oferentes deberán cotizar un único Coeficiente por renglón. El Coeficiente a cotizar es un factor por el cual se afectarán cada uno de los precios unitarios del Preciario Oficial para la correspondiente zona. El multiplicador global dará como resultado un nuevo preciario con el que se calculará la componen, venta de cada obra en particular. El contratista deberá ejecutar todos los trabajos que le fueran requeridos al valor del Preciario Oficial multiplicados por el coeficiente cotizado para la incidencia impositiva y la utilidad previstazona en donde sea requerido. También El Coeficiente ofertado se deberá indicar el índice/precio asociado aplicará a cada uno de los conceptos ítems que lo componen de manera uniforme. PLIEG-2018-01039881-GDEBA-DPIEDGCYE Los Oferentes, asimismo, deberán tener en cuenta en sus cotizaciones las distintas exigencias que se detallan en el presente Pliego, tales como movilidad, comunicaciones, etc. Rige para la estructura real de costos. Se adjunta como Anexo I del presente pliego modelo de estructura de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. Además, el oferente deberá presentar las estructuras de costos de cada uno de los ítems, en formato EXCEL. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, el GCABA reviste calidad de exento por tal motivo, las propuestas económicas presentadas dentro criterio de la oferta no deberán discriminar más conveniente. El oferente podrá ofertar un multiplicador igual, inferior o superior 1. La DPIE se reserva el importe correspondiente a derecho desestimar la incidencia del impuestooferta por temeraria, debiendo incluir vil o inconveniente para la Administración. En ningún caso el mismo en Contratista podrá alegar la imposibilidad de realizar trabajos por problemas de personal y/o equipos, pues es de su exclusiva responsabilidad proporcionar la dotación y el precio cotizadoequipamiento necesario para cumplir correctamente con la totalidad de las tareas que le fueran solicitadas. La presente contratación se licita bajo el sistema xx XXXXX SOBRE con la modalidad de PASA O NO PASA. Las ofertas deberán ser se recibirán, únicamente, el día y hora fijados para la apertura de sobres. Las ofertas se presentarán en pesos un único sobre ($sobre exterior), en cuyo interior se encontrarán el Sobre N° 1 y el Sobre N° 2. Dicho sobre, debe contener en su exterior la siguiente información: o Nº de licitación o Fecha y hora de apertura o Nombre del Oferente La documentación a presentar deberá estar encarpetada, foliada desde el número UNO (1) moneda de curso legal al que corresponda, en original soporte papel y digital, manteniendo el orden previsto. Toda la República ArgentinaPropuesta deberá tener firmadas todas sus fojas y copias respectivas por el Oferente o su Representante Legal. La estructura de costos, aprobada al momento de El SOBRE 1 debe contener la adjudicación, será la considerada en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.siguiente documentación:

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