Forma de Desembolso. El SENA realizará el desembolso de su aporte al convenio, de la siguiente manera: • Un primer desembolso equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Perfeccionamiento y ejecución del convenio. ✓ Suscripción del acta de inicio. ✓ Demostrar la relación contractual con el Director de Proyecto. ✓ Concertar con el SENA la transferencia de conocimiento y tecnología. ✓ Cronograma detallado aprobado. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en la ejecución a la fecha. ✓ Ejecución de mínimo el diez por ciento (10%) del cronograma. • Un segundo desembolso equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución del 100% del primer desembolso (En el caso de que no se haya realizado el primer desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval de la interventoría). ✓ Piezas gráficas aprobadas por el SENA. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios según avance académico. ✓ Ejecución académica y financiera de mínimo el sesenta por ciento (60%). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados a la fecha del desembolso. ✓ Reporte de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al corte del reporte. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por el pago de impuestos derivados del convenio, Pagos de seguridad social y parafiscales y cuota aprendices SENA. • Un desembolso final equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) restante, a la terminación de las acciones de formación del proyecto aprobado, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución del 100% del segundo desembolso (En el caso de que no se haya realizado el primer y/o segundo desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval de la interventoría o supervisión). ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios final. Este incluye la totalidad de beneficiarios formados, relacionando de igual manera los beneficiarios de transferencia de tecnología y conocimientos. (Los beneficiarios registrados en este reporte no podrán ser inferiores a los propuestos en el proyecto). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados y pagados a la fecha del desembolso. ✓ Reporte de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al 100% de ejecución. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por el pago de impuestos derivados del convenio, Pagos de seguridad social y parafiscal y cuota aprendices SENA. Para cada desembolso la interventoría validará los soportes y los remitirá al SENA en medio digital con el respectivo concepto. Los recursos aportados por el SENA sólo se podrán invertir para la ejecución del proyecto de formación, conforme al presupuesto aprobado. Para la verificación por parte de la interventoría se deberán tener a disposición de esta instancia todos los documentos que soporten la ejecución financiera del proyecto, soportes tales como contratos, facturas, comprobantes de gastos y demás relacionados con el cumplimiento del objeto del convenio.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Especial De Cooperación
Forma de Desembolso. El SENA realizará valor del fondo corresponde a CUATROCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($450.000.000) M/CTE, será desembolsado por la Secretaria General una vez perfeccionado el desembolso de su aporte al presente convenio, en la cuenta que el ICETEX tiene establecida para el manejo de los fondos en Administración, de conformidad con la programación de los recursos del Programa Anual de Caja PAC y a los recursos disponibles de la siguiente manera: • Un primer desembolso equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval Tesorería Distrital de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Perfeccionamiento y ejecución Secretaría General.
1. Aprobación del convenio. ✓ Suscripción del acta de inicio. ✓ Demostrar la relación contractual con el Director de Proyecto. ✓ Concertar con el SENA la transferencia de conocimiento y tecnología. ✓ Cronograma detallado aprobado. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en la ejecución a la fecha. ✓ Ejecución de mínimo el diez por ciento (10%) del cronograma. • Un segundo desembolso equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución del 100% del primer desembolso (En el caso de que no se haya realizado el primer desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval de la interventoría). ✓ Piezas gráficas aprobadas por el SENA. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios según avance académico. ✓ Ejecución académica y financiera de mínimo el sesenta por ciento (60%). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados a la fecha del desembolso. ✓ Reporte de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al corte del reporte. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por el pago de impuestos derivados del convenio, Pagos de seguridad social y parafiscales y cuota aprendices SENA. • Un desembolso final equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) restante, a la terminación de las acciones de formación del proyecto aprobado, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución del 100% del segundo desembolso (En el caso de que no se haya realizado el primer y/o segundo desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval de la interventoría o supervisión). ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios final. Este incluye la totalidad de beneficiarios formados, relacionando de igual manera los beneficiarios de transferencia de tecnología y conocimientos. (Los beneficiarios registrados en este reporte no podrán ser inferiores a los propuestos en el proyecto). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados y pagados a la fecha del desembolso. ✓ Reporte de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al 100% de ejecución. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por el pago de impuestos derivados del convenio, Pagos de seguridad social y parafiscal y cuota aprendices SENA. Para cada desembolso la interventoría validará los soportes y los remitirá al SENA en medio digital con el respectivo concepto. Los recursos aportados por el SENA sólo se podrán invertir para la ejecución del proyecto de formación, conforme al presupuesto aprobado. Para la verificación Reglamento Operativo por parte de la interventoría Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y el ICETEX. El Reglamento Operativo se entenderá aprobado una vez se suscriba por parte de La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.: de la Subsecretaria Técnica y el Director Distrital de Desarrollo Institucional y; por parte del ICETEX, el Vicepresidente de Fondos en Administración. Parágrafo Tercero: Los rendimientos financieros generados por los dineros desembolsados por parte de la Secretaría General y los saldos no utilizados a la finalización del convenio deberán tener ser consignados a disposición la Tesorería Distrital – Secretaria de esta instancia todos Hacienda Parágrafo Cuarto: En el evento en que sean incrementados los documentos que soporten la ejecución financiera recursos del proyectoFONDO, soportes tales como contratosconsecuencia de los nuevos aportes, facturas, comprobantes el desembolso para dichos dineros se llevara a cabo de gastos y demás relacionados conformidad con el cumplimiento monto que haya sido dispuesto para tal efecto en el presupuesto aprobado por el constituyente en la vigencia correspondiente y bajo las mismas condiciones establecidas para el desembolso inicial. Parágrafo Quinto: Los recursos para amparar el convenio provienen del objeto Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), expedido por Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Rubro 133011605560000007868 DESARROLLO INSTITUCIONAL PARA UNA GESTIÓN PÚBLICA EFICIENTE Concepto del convenio.Gasto 1030102680 Realización de cursos, simposios, seminarios en temas de interés para la Secretaría General, Fondo 1-100-F001 VA-Recursos distrito así:
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Interadministrativo
Forma de Desembolso. De acuerdo con los dineros aportados por cada entidad, el valor del convenio se cancelará de la siguiente forma: Una vez celebrado el Convenio, la empresa GASUR SA ESP deberá abrir una cuenta especial en una entidad bancaria o corporación financiera para el manejo de los recursos del presente convenio; la que se denominará: “FORTALECIMIENTO AL SERVICIO DE GAS NATURAL COMPRIMIDO MEDIANTE SUBSIDIOS DE DERECHOS DE CONEXIÓN E INSTALACIÓN INTERNA PARA LOS HABITANTES DE LAS VEREDAS LA XXXXX Y EL HATILLO DE ESTRATOS 1 Y 2 DEL MUNICIPIO DE SOATÁ - DEPARTAMENTO DE BOYACÁ.”, los recursos se girarán a la entidad ejecutora así: El SENA realizará Departamento de Boyacá trasferirá a la Empresa GASUR SA ESP, el desembolso valor de su aporte al convenio, los subsidios otorgados para los derechos de conexión e instalaciones internas de la siguiente manera:
a). Mediante actas parciales de acuerdo con el avance en la conexión al servicio Publico de Gas domiciliario de los hogares beneficiados del proyecto, en las que se verifiquen conexiones no inferiores a 100 instalaciones operativas debidamente verificadas y aprobadas por la Supervisión del proyecto, aprobación del informe parcial al que deberá adjuntarse copia del certificado de satisfacciones emitido en la revisión técnica avalando las instalaciones en servicio y recibidas por el usuario; lo anterior hasta el 90% de ejecución de los subsidios asignados para las veredas objeto del proyecto.
b). Pago final: • Un primer desembolso equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENAmomento de liquidar el convenio, previo aval previa presentación por parte de la Interventoría, una vez cumpla Empresa GASUR SA ESP del informe final de ejecución aprobado por la supervisión con el 100% de las actividades desarrolladas y relación de gastos con los siguientes requisitosrespectivos soportes, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Perfeccionamiento informe de supervisión y ejecución acreditación del conveniocumplimiento del Art. ✓ Suscripción del acta de inicio. ✓ Demostrar la relación contractual con el Director de Proyecto. ✓ Concertar con el SENA la transferencia de conocimiento y tecnología. ✓ Cronograma detallado aprobado. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en la ejecución a la fecha. ✓ Ejecución de mínimo el diez por ciento (10%) del cronograma. • Un segundo desembolso equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval 50 de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución ley 789 de 2002 y del 100% del primer desembolso (En el caso de que no se haya realizado el primer desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval artículo 23 de la interventoría). ✓ Piezas gráficas aprobadas por el SENA. ✓ Hojas ley 1150 de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios según avance académico. ✓ Ejecución académica y financiera de mínimo el sesenta por ciento (60%). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados a la fecha del desembolso. ✓ Reporte de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al corte del reporte. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por el pago de impuestos derivados del convenio, Pagos 2007 sistema general de seguridad social y parafiscales y cuota aprendices SENAparafiscales. • Un desembolso final equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) restante, PARAGRAFO: Los desembolsos del presente acto contractual estarán sujetos a la terminación disponibilidad del Plan Anual de las acciones de formación del proyecto aprobadoCaja PAC. Los informes, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con los siguientes requisitos verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución del 100% del segundo desembolso (En el caso de que no se haya realizado el primer y/o segundo desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval de la interventoría o supervisión). ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios final. Este incluye la totalidad de beneficiarios formados, relacionando de igual manera los beneficiarios de transferencia de tecnología certificaciones y conocimientos. (Los beneficiarios registrados en este reporte no podrán ser inferiores a los propuestos en el proyecto). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y demás soportes de ejecución causados y pagados deberán adjuntarse a la fecha carpeta del desembolsoconvenio que reposa en la dirección de contratación. ✓ Reporte Nota: En el porcentaje de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al 100% de ejecución. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por avance para realizar el pago de impuestos derivados del convenioactas parciales se debe evidenciar el aporte de la empresa en el porcentaje de avance, Pagos mediante sabana de seguridad social y parafiscal y cuota aprendices SENAcantidades. Para cada desembolso la interventoría validará los soportes y los remitirá al SENA en medio digital con el respectivo concepto3.13. Los recursos aportados por el SENA sólo se podrán invertir para la EJECUTOR: La ejecución del proyecto de formación, conforme al presupuesto aprobado. Para la verificación por parte presente convenio estará a cargo de la interventoría se deberán tener a disposición de esta instancia todos los documentos que soporten la ejecución financiera del proyecto, soportes tales como contratos, facturas, comprobantes de gastos y demás relacionados con el cumplimiento del objeto del convenioGOBERNACION DE BOYACÁ.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio De Cofinanciación
Forma de Desembolso. La Corporación pagará al Conveniante, previa presentación de un informe de avance mensual donde relacione las actividades realizadas. El SENA último pago se realizará cuando el desembolso de su aporte al conveniocontratista entregue un informe final que recopile el cumplimiento, de la siguiente manera: • Un primer desembolso equivalente correspondiente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval de la Interventoría, 25% una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Perfeccionamiento el municipio formalice la etapa contractual y ejecución del conveniose entregue el primer informe de avance de obra. ✓ Suscripción del acta de inicio. ✓ Demostrar la relación contractual con el Director de Proyecto. ✓ Concertar con el SENA la transferencia de conocimiento y tecnología. ✓ Cronograma detallado aprobado. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en la ejecución a la fecha. ✓ Ejecución de mínimo el diez por ciento (10%) del cronograma. • Un segundo desembolso equivalente correspondiente al CUARENTA POR CIENTO (40%) del aporte SENA, previo aval de la Interventoría, 25% una vez cumpla con los siguientes requisitos, verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución se presente una ejecución física del convenio del 50% y se entregue el segundo informe de avance de obra. Un tercer desembolso correspondiente al 25% una vez se presente una ejecución física del convenio del 75% y se entregue el tercer informe de avance de obra. Un cuarto y último desembolso correspondiente al 25% una vez se presente una ejecución física del convenio del 100% del primer desembolso (En %. De igual manera se podrán realizar pagos en porcentajes diferentes a los anteriormente descritos, según el caso avance de que no se haya realizado el primer desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval las actas de la interventoría). ✓ Piezas gráficas aprobadas obra certificadas por el SENAmunicipio. ✓ Hojas de vida aprobadas de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios según avance académico. ✓ Ejecución académica y financiera de mínimo el sesenta por ciento (60%). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados a Nota 1: la fecha del desembolso. ✓ Reporte de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al corte del reporte. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal factura deberá ser presentada por el pago de impuestos derivados conveniante al supervisor del convenio, Pagos el cual, si es del caso, dará el visto bueno de seguridad social y parafiscales y cuota aprendices SENA. • Un desembolso final equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) restante, la misma para proceder a la terminación radicación del documento en el Centro de Administración Documental – CAD. Nota 2: las acciones de formación del proyecto aprobado, previo aval de la Interventoría, una vez cumpla con facturas correspondientes a los siguientes requisitos verificados y/o aprobados por ésta: ✓ Ejecución del 100% del segundo desembolso (En pagos estipulados en el caso de que no se haya realizado el primer y/o segundo desembolso, se podrá aceptar la causación como ejecución, previo aval de la interventoría o supervisión). ✓ Hojas de vida aprobadas convenio serán canceladas dentro de los capacitadores que intervinieron en esa ejecución. ✓ Registro de beneficiarios final. Este incluye la totalidad de beneficiarios formados, relacionando de igual manera los beneficiarios de transferencia de tecnología y conocimientos. treinta (Los beneficiarios registrados en este reporte no podrán ser inferiores a los propuestos en el proyecto). ✓ Reporte de Ejecución Financiera y soportes de ejecución causados y pagados 30) días calendario siguiente a la fecha del desembolso. ✓ Reporte autorización de Ejecución Técnica y listados de asistencia de las acciones de formación desarrolladas a las fechas correspondientes al número de grupos ejecutados y terminados al 100% de ejecución. ✓ Formato de Indicadores de Ejecución mensuales como aplique a la fecha corte de la solicitud de desembolso. ✓ Certificaciones de revisor fiscal por el pago de impuestos derivados del convenio, Pagos de seguridad social y parafiscal y cuota aprendices SENA. Para cada desembolso la interventoría validará los soportes y los remitirá al SENA en medio digital con el respectivo concepto. Los recursos aportados por el SENA sólo se podrán invertir para la ejecución del proyecto de formación, conforme al presupuesto aprobado. Para la verificación expedida por parte de la interventoría se deberán tener Supervisión del convenio. Nota 3: la Corporación a disposición de esta instancia todos los documentos través del supervisor, deberá verificar que soporten la ejecución financiera del proyectoel conveniante esté dando cumplimiento a sus obligaciones laborales y, soportes tales como contratosen especial, facturas, comprobantes de gastos y demás relacionados las relacionadas con el cumplimiento régimen de seguridad social de sus trabajadores, según lo establecido en el numeral 1 del objeto artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. El supervisor aprobará el pago de aquellas actividades que sean comprobables y efectivamente soportadas. Nota 4: el conveniante presentará la factura con el cumplimento de los requisitos exigidos en el artículo 617 del convenioEstatuto Tributario, además, para efectos de liquidación del impuesto de Industria y Comercio, el conveniante deberá allegar la factura en forma detallada, discriminando concepto, valor y municipio, de forma tal que permita la aplicación de la respectiva retención de ICA en razón a su territorialidad.
Appears in 1 contract
Samples: Interadministrative Agreement