FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS. En virtud de la estructura administrativa-contable de la UNCUYO, se podrán constituir garantías en las siguientes formas o mediante combinaciones de ellas, las que deberán estar nominada a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO CUIT: 30-54666946-3, sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx, Provincia xx Xxxxxxx: 1. En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería de la UNCUYO, e incluir en la propuesta el correspondiente recibo oficial, o giro postal o bancario. 2. Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque, dentro de los plazos que rijan para estas operaciones, en la Dirección General de Tesorería de la UNCUYO e incluir en la propuesta el correspondiente recibo oficial. 3. Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la UNCUYO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación. 4. Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO (CUI 30-54666946-3) y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. La UNCUYO podrá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Deberá incluirse también expresamente la aceptación de la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la Provincia xx Xxxxxxx y la renuncia a cualquier otro que pudiera corresponderle. 5. Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($260.000,00.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección. 6. La garantía se deberá constituir en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta.
Appears in 2 contracts
Samples: Contratación Directa, Contratación Directa
FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS. En virtud de la estructura administrativa-contable de la UNCUYO, se podrán constituir garantías en las siguientes formas o mediante combinaciones de ellas, las que deberán estar nominada a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO CUIT: 30-54666946-3, sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx, Provincia xx Xxxxxxx:
1. En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería de la UNCUYO, e incluir en la propuesta el correspondiente recibo oficial, o giro postal o bancario.
2. Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque, dentro de los plazos que rijan para estas operaciones, en la Dirección General de Tesorería de la UNCUYO e incluir en la propuesta el correspondiente recibo oficial.
3. Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la UNCUYO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
4. Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO (CUI 30-54666946-3) y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. La UNCUYO podrá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Deberá incluirse también expresamente la aceptación de la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la Provincia xx Xxxxxxx y la renuncia a cualquier otro que pudiera corresponderle.
5. Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($260.000,00.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
6. La garantía se deberá constituir en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta.
Appears in 1 contract
Samples: Contratación Directa
FORMAS DE CONSTITUIR GARANTÍAS. En virtud de la estructura administrativa-contable de la UNCUYO, se podrán constituir garantías en las siguientes formas o mediante combinaciones de ellas, las que deberán estar nominada a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO CUIT: 30-54666946-3, sita en Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxxx, Provincia xx Xxxxxxx:
1. En efectivo, mediante depósito en la Dirección General de Tesorería de la UNCUYO, e incluir en la propuesta el correspondiente recibo oficial, o giro postal o bancario.
2. Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la jurisdicción o entidad contratante. La jurisdicción o entidad deberá depositar el cheque, dentro de los plazos que rijan para estas operaciones, en la Dirección General de Tesorería de la UNCUYO e incluir en la propuesta el correspondiente recibo oficial.
3. Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la UNCUYO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión, así como al beneficio de interpelación judicial previa, en los términos de lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
4. Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO (CUI 30-54666946-3) y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. La UNCUYO podrá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido. Deberá incluirse también expresamente la aceptación de la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la Provincia xx Xxxxxxx y la renuncia a cualquier otro que pudiera corresponderle.
5. Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA MIL ($260.000,00.-). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo. Las garantías de mantenimiento de la oferta serán constituidas por el plazo inicial y sus eventuales renovaciones. Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
6. La garantía se deberá constituir en la misma moneda en que se hubiere hecho la oferta.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Privada