DOMICILIO DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

DOMICILIO DEL CONTRATISTA. Será a todos los efectos el que figure en la proposición presentada a licitación, en tanto que, no se señale otro distinto.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. A todos los efectos a que hubiese lugar, el Contratista constituirá domicilio legal en la R.A. o en la R.O.U. según corresponda.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El Contratista deberá constituir domicilio legal en la Ciudad de Santa Fe. En caso de modificarse el domicilio legal del contratista durante la ejecución del contrato, aquel está obligado a comunicar en el plazo de dos (2) días corridos, en forma fehaciente al comitente su nuevo domicilio, el que deberá constituirse en la jurisdicción que se establezca en el Pliego de Condiciones Complementarias.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El Contratista estará obligado a comunicar a S.F.M. en un plazo de 15 días contados a partir de la fecha en que haya recibido notificación de la adjudicación definitiva, y a efectos de notificaciones, su domicilio o en su caso, el de su representante o delegado, debiendo comunicar asimismo al mismo órgano y en el mismo plazo cualquier cambio futuro. SFM podrá exigir que tal domicilio se fije en la ciudad xx Xxxxx.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El domicilio del Contratista será el establecido en su oferta. Mientras el Contratista no señale otro distinto y notifique el cambio por escrito al Contratante, el manifestado en la oferta se tendrá como domicilio contractual para comunicar toda clase de notificaciones.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. Las comunicaciones de la Administración al contratista se dirigirán al domicilio señalado en la solicitud de participación. A tal efecto, el contratista estará obligado a comunicar por escrito a la Administración los cambios producidos en el mismo.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. Para todos los efectos legales derivados del contrato, el contratista constituirá domicilio especial en la ciudad de Quilpué, debiendo prorrogarse competencia para ante sus tribunales de justicia.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El Contratista deberá constituir domicilio físico legal en la Ciudad de Santa Fe. Así mismo deberá constituir un domicilio electrónico a donde será únicamente notificado de las resoluciones, comunicaciones y toda disposición que emita la universidad en relación a la contratación. Conforme a la Ordenanza Nº6/19, la Empresa se considerará notificada desde la fecha de confirmación de la recepción del correo electrónico o en su caso desde el primer martes o viernes hábil subsiguiente a la emisión de la misma por parte de la universidad, lo que ocurra antes. En caso de modificarse tanto el domicilio físico como el electrónico, el contratista está obligado a comunicar su nuevo domicilio al comitente, en el plazo de dos (2) días corridos, contado a partir de la modificación.
DOMICILIO DEL CONTRATISTA. El Contratista deberá constituir domicilio legal en la Capi- tal Federal. Sin embargo, cuando se trate de obras a efectuarse en el in- terior, las Cláusulas Especiales podrán aceptar la constitu- ción de domicilio dentro de la zona de ejecución de los tra- bajos.