FRANQUICIA A CARGO DEL ASEGURADO Cláusulas de Ejemplo

FRANQUICIA A CARGO DEL ASEGURADO. Se podrá pactar que el Asegurado participe en todo y cada siniestro en un porcentaje de la indemnización que pudiera corresponder por aplicación de las presentes Condiciones Específicas, el cual se indica en las Condiciones Particulares o en el Certificado de Incorporación, según corresponda. De igual forma, se podrá establecer un valor mínimo y máximo para la referida franquicia a cargo del Asegurado, también indicados en las Condiciones Particulares o en el Certificado de Incorporación, según corresponda.
FRANQUICIA A CARGO DEL ASEGURADO. Contrariamente a lo establecido en el Artículo 3 - Riesgo Cubierto de las Condiciones Generales, el Asegurado participará en las indemnizaciones debidas por evento y/o por Asegurado/Piloto al mando cubierto hasta el porcentaje expresado en el Frente de Póliza.
FRANQUICIA A CARGO DEL ASEGURADO. Queda entendido y conformado que de acuerdo con el premio abonado por el asegurado, este seguro está sujeto a una FRANQUICIA, a cargo del Asegurado, deducible del monto de cada siniestro, la cual está estipulada en las Condiciones Particulares y deducirá del monto de cada siniestro que corresponda a Daños al Vehículo, Incendio o Robo.
FRANQUICIA A CARGO DEL ASEGURADO. El Asegurador, en todo siniestro (salvo los producidos por robo, incendio, rayo y explosión), indemnizará, hasta el límite de la suma asegurada el 90% de las pérdidas y en consecuencia el Asegurado participará con el 10% del perjuicio sufrido, importe que no podrá ser inferior a 1/5 xxx xxxxxxx mensual mínimo y que bajo pena de nulidad de esta póliza no podrá ser cubierto por otro seguro. Conste además, que algunas de las mencionadas EXCLUSIONES, se podrán cubrir opcionalmente, debiendo estar expresamente detallada/s en las CONDICIONES PARTICULARES (frente de Póliza y/o Anexo 99, taxativamente o por el/los número/s de la/s Cláusula/s respectiva/s). ANEXO EA - EXCLUSIÓN DE ASBESTOS Queda entendido y convenido que se encuentran expresamente excluidos de la cobertura que otorga la presente póliza cualquier y toda clase de daños sufridos por:

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  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • Ley Sobre el Contrato de Seguro El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.

  • DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días siguientes al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se consideran aceptadas las condiciones contenidas en la póliza o sus modificaciones.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Comité de Seguridad y Salud El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales. En las empresas que cuenten con varios centros de trabajo dotados de Comité de Seguridad y Salud podrán acordar con sus trabajadores y trabajadoras la creación de un Comité Intercentros, con las funciones que el acuerdo le atribuya. Las partes negociadoras firmantes de este Convenio recomiendan esta práctica con el fin de mejorar las relaciones laborales en esta materia. Los acuerdos tomados por los Comités de Seguridad y Salud serán vinculantes para las partes si así se establece en las normas de funcionamiento del propio comité.