Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión. A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONCESIONARIO derivadas de la celebración del Contrato, el CONCESIONARIO hace entrega de una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión emitida a favor del CONCEDENTE y/o del REGULADOR a la fecha de suscripción del Contrato de Concesión de conformidad con lo establecido en el Literal e) de la Cláusula 3.3 del presente contrato EL REGULADOR podrá proceder a la ejecución de dicha garantía luego de lo cual deberá abonar el monto entregado por la entidad bancaria y/o financiera al CONCEDENTE. La garantía deberá permanecer vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato y en poder del CONCEDENTE. Esta garantía no cubre las obligaciones derivadas de la ejecución de las Obras de Construcción. La garantía permanecerá vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato, debiendo ser otorgada por períodos anuales y mantenerse y vigente durante todo el plazo de la Concesión en poder del CONCEDENTE. Dicha garantía deberá ser emitida por una Empresa Bancaria, autorizada de conformidad con lo establecido en el Apéndice 2 del Anexo Nº 2 de las Bases del Concurso. En caso dicha garantía sea emitida por una Entidad Financiera Internacional, autorizada de conformidad con el Apéndice 0 xxx Xxxxx 0 de las Bases del Concurso o alguna de sus filiales o sucursales deberá ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria. Alternativamente se podrá aceptar una Carta de Crédito stand – by la cual puede revestir la formalidad que emplee el banco que efectúe la operación, siempre que cumpla con los requerimientos que se establecerán en el modelo adjunto y sea emitida por un Banco Extranjero de Primera Categoría y confirmada por una empresa bancaria local. Dicha garantía deberá ser otorgada y mantenida durante todo el período de vigencia de la Concesión por un monto equivalente a Cuatro Millones y 00/100 Dólares Americanos (US$ 4,000,000.00) Dicho monto de la garantía antes referida será reajustado en la misma proporción en que se reajuste el XXXX, según la fórmula de ajuste indicada en el Anexo XIII.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión. A fin de Para garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones establecidas en el Contrato, incluyendo el pago de las penalidades, así como garantizar los niveles de calidad y servicio de las Obras, con excepción de aquellas obligaciones a cargo del CONCESIONARIO derivadas cubiertas con la Garantía de la celebración del ContratoFiel Cumplimiento de Construcción de Obras, el CONCESIONARIO hace entrega de entregará al CONCEDENTE una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión emitida que será incluida como Anexo 15, la misma que deberá presentarse de acuerdo a favor del CONCEDENTE y/o del REGULADOR los importes y la vigencia que se señala a la fecha de suscripción del Contrato de Concesión de conformidad con lo establecido en el Literal e) de la Cláusula 3.3 del presente contrato EL REGULADOR podrá proceder continuación: Un importe equivalente a la ejecución de dicha garantía luego de lo cual deberá abonar el monto entregado por la entidad bancaria y/o financiera al CONCEDENTE. La garantía deberá permanecer vigente hasta seis Ocho Millones Seis Cientos Ochenta y Siete Mil Ocho Cientos Veinte y Seis Dólares (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato y en poder del CONCEDENTEUS$ 8´687,826). Esta garantía no cubre las obligaciones derivadas deberá entregarse en la Fecha de Cierre, debiendo renovarse anualmente y mantenerse vigente hasta la culminación de la ejecución Etapa de las Ejecución de Obras con la conformidad del OSITRAN, y Un importe equivalente a Once Millones Quinientos Sesenta y Nueve Mil Cuatro Cientos Setenta y Nueve Dólares (US$ 11´569,479) que deberá estar vigente desde el inicio de Construcciónla Etapa de Operación debiendo renovarse anualmente hasta el vigésimo (20) Año de la Concesión. La garantía permanecerá Esta Garantía deberá entregarse dentro de los quince (15) Días anteriores al inicio de la Etapa de Operación. Un importe equivalente a Diez y Nueve Millones Dos Cientos Ochenta y Dos Mil Dos Cientos Treinta y Cuatro Dólares (US$ 19´282,234) que deberá estar vigente hasta seis desde el vigésimo primer (0621) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato, debiendo ser otorgada por períodos anuales y mantenerse y vigente durante todo el plazo Año de la Concesión en poder debiendo renovarse anualmente hasta doce (12) meses después de haber concluido la Concesión. Esta Garantía deberá entregarse dentro de los quince (15) Días anteriores al inicio del CONCEDENTE. Dicha garantía deberá ser emitida por una Empresa Bancaria, autorizada de conformidad con lo establecido en el Apéndice 2 del Anexo Nº 2 de las Bases del Concurso. En caso dicha garantía sea emitida por una Entidad Financiera Internacional, autorizada de conformidad con el Apéndice 0 xxx Xxxxx 0 de las Bases del Concurso o alguna de sus filiales o sucursales deberá ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria. Alternativamente se podrá aceptar una Carta de Crédito stand – by la cual puede revestir la formalidad que emplee el banco que efectúe la operación, siempre que cumpla con los requerimientos que se establecerán en el modelo adjunto y sea emitida por un Banco Extranjero de Primera Categoría y confirmada por una empresa bancaria local. Dicha garantía deberá ser otorgada y mantenida durante todo el período de vigencia vigésimo primer (21) Año de la Concesión por un monto equivalente a Cuatro Millones y 00/100 Dólares Americanos (US$ 4,000,000.00) Dicho monto de la garantía antes referida será reajustado en la misma proporción en que se reajuste el XXXX, según la fórmula de ajuste indicada en el Anexo XIIIConcesión.
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Samples: Concession Agreement, Concession Agreement
Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión. A fin Con el objeto de garantizar el correcto todas y oportuno cumplimiento cada una de las obligaciones que le corresponden al CONCESIONARIO de acuerdo al Contrato de Concesión, el Adjudicatario deberá entregar al Comité Especial en la Fecha de Cierre una fianza bancaria (la “Garantía de Fiel Cumplimiento”) que será solidaria, irrevocable, incondicional, sin beneficio de excusión ni división y de realización automática, a cargo favor de Protransporte por la suma de Nueve Millones y 00/100 Dólares Americanos (USD 9´000,000.00). La fianza tendrá un plazo mínimo de doce (12) meses y estará vigente desde la Fecha de Cierre hasta dos (2) años después del CONCESIONARIO derivadas término de la celebración Concesión, y en los términos del Contrato, modelo incluido como Anexo 9. La referida Garantía de Fiel Cumplimiento deberá ser renovada a fin de mantenerla vigente por el CONCESIONARIO hace entrega de una plazo establecido en este numeral. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión emitida a favor del CONCEDENTE y/o del REGULADOR a la fecha de suscripción del Contrato de Concesión de conformidad con lo establecido en el Literal e) de la Cláusula 3.3 del presente contrato EL REGULADOR podrá proceder a la ejecución de dicha garantía luego de lo cual deberá abonar el monto entregado por la entidad bancaria y/o financiera al CONCEDENTE. La garantía deberá permanecer vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato y en poder del CONCEDENTE. Esta garantía no cubre las obligaciones derivadas de la ejecución de las Obras de Construcción. La garantía permanecerá vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato, debiendo ser otorgada por períodos anuales y mantenerse y vigente durante todo el plazo de la Concesión en poder del CONCEDENTE. Dicha garantía deberá ser emitida por una Empresa Bancaria, autorizada Bancaria Nacional de conformidad con acuerdo a lo establecido en el Apéndice 2 del Anexo Nº 2 de las Bases del Concurso. En caso dicha garantía sea emitida por una Entidad Financiera Internacional, autorizada de conformidad con el Apéndice 0 xxx Xxxxx 0 de las Bases del Concurso o alguna de sus filiales o sucursales deberá ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria. Alternativamente se podrá aceptar una Carta de Crédito stand – by la cual puede revestir la formalidad que emplee el banco que efectúe la operación, siempre que cumpla con los requerimientos que se establecerán en el modelo adjunto y sea emitida por un Banco Extranjero de Primera Categoría de acuerdo a la Circular Nº 027-2007-BCRP y confirmada por una empresa bancaria local. Dicha garantía deberá ser otorgada y mantenida durante todo el período de vigencia Empresa Bancaria Nacional de la Concesión por un monto equivalente a Cuatro Millones y 00/100 Dólares Americanos (US$ 4,000,000.00) Dicho misma categoría. El monto de la garantía antes referida será reajustado Garantía de Fiel Cumplimiento se incrementará en función de la misma proporción en diferencia entre el Valor Tope del Precio de Recaudo por Pasajero Transportado y el Valor Licitado por Precio de Recaudo por Pasajero Transportado. El aumento de la Garantía para el Adjudicatario se determinará utilizando la siguiente formula: GFC = MG*(VTPp/VLPp)1.5 Donde: MG : Monto de la Garantía (USD 9´000,000.00) VT Pp : Valor Tope del Precio de Recaudo por Pasajero Transportado VL Pp : Valor Licitado del Precio de Recaudo por Pasajero Transportado.
2.) Respecto al numeral 7.6 Valor Tope de la Licitación, se comunica que este valor es:
3.) Respecto al numeral 4.7 “Revisión de los documentos de Precalificación”, este es eliminado
4.) Se modifica el numeral 8.2.6 como se reajuste el XXXX, según la fórmula de ajuste indicada en el Anexo XIII.indica:
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Samples: Concession Agreement
Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión. A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONCESIONARIO CONCESIONARIO, derivadas de la celebración del Contrato, el CONCESIONARIO hace entrega de una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión emitida a favor del CONCEDENTE y/o del REGULADOR REGULADOR, a la fecha de suscripción del Contrato de Concesión Concesión, de conformidad con lo establecido en el Literal e) de la Cláusula 3.3 del presente contrato EL Contrato. El REGULADOR podrá proceder a la ejecución de dicha garantía garantía, luego de lo cual deberá abonar el monto entregado por la entidad bancaria y/o financiera al CONCEDENTE. La garantía deberá permanecer vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato y en poder del CONCEDENTE. Esta garantía no cubre las obligaciones derivadas de la ejecución de las Obras de Construcción. La garantía permanecerá vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato, debiendo ser otorgada por períodos periodos anuales y mantenerse y vigente durante todo el plazo de la Concesión en poder del CONCEDENTE. Dicha garantía deberá ser emitida por una Empresa Bancaria, autorizada de conformidad con lo establecido en el Apéndice 2 del Anexo Nº N° 2 de las Bases del Concurso. En caso dicha garantía sea emitida por una Entidad Financiera Internacional, autorizada de conformidad con el Apéndice 0 xxx Xxxxx 0 de las Bases del Concurso o alguna de sus filiales o sucursales sucursales, deberá ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria. Alternativamente Alternativamente, se podrá aceptar una Carta de Crédito stand – - by la cual puede revestir la formalidad que emplee el banco que efectúe efectué la operación, siempre que cumpla con los requerimientos que se establecerán en el modelo que consta adjunto y sea emitida por un Banco Extranjero de Primera Categoría y confirmada por una empresa bancaria local. Dicha garantía deberá ser otorgada y mantenida durante todo el período periodo de vigencia de la Concesión por un monto equivalente a Cuatro Millones y 00/100 Dólares Americanos (US$ 4,000,000.00) US$. 4'000,000.00). Dicho monto de la garantía antes referida será reajustado en la misma proporción en que se reajuste el XXXX, según la fórmula de ajuste indicada en el Anexo XIII.
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Samples: Contrato De Concesión
Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión. A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONCESIONARIO derivadas de la celebración del Contrato, el CONCESIONARIO hace hará entrega de una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión emitida a favor del CONCEDENTE y/o del REGULADOR CONCEDENTE, a la fecha Fecha de suscripción Suscripción del Contrato de Concesión Concesión, de conformidad con lo establecido en el Literal e) de la Cláusula 3.3 del presente contrato EL Contrato. El REGULADOR podrá proceder se encuentra facultado a ejecutar dicha garantía, por los supuestos establecidos en el presente Contrato. En caso ejecute total o parcialmente la ejecución Garantía de dicha garantía luego Fiel Cumplimiento del Contrato de lo cual Concesión, el REGULADOR deberá abonar el monto entregado por la entidad bancaria y/o financiera al CONCEDENTE. La garantía deberá permanecer vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato y en poder del CONCEDENTE. La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión tendrá las características de solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática, sin beneficio de excusión, ni división. Esta garantía no cubre las obligaciones derivadas de la ejecución de las Obras de Construcción. La garantía permanecerá vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato, debiendo ser otorgada por períodos anuales y mantenerse y vigente durante todo el plazo de la Concesión en poder del CONCEDENTE. Dicha garantía deberá ser emitida por una Empresa Bancaria, autorizada de conformidad con lo establecido en el Apéndice 2 del Anexo Nº 2 de las Bases del Concurso. En caso dicha garantía sea emitida por una Entidad Financiera Internacional, autorizada de conformidad con el Apéndice 0 xxx Xxxxx 0 de las Bases del Concurso o alguna de sus filiales o sucursales deberá ser necesariamente confirmada por una Empresa Bancaria. Alternativamente se podrá aceptar una Carta de Crédito stand – by la cual puede revestir la formalidad que emplee el banco que efectúe la operación, siempre que cumpla con los requerimientos que se establecerán en el modelo adjunto y sea emitida por un Banco Extranjero de Primera Categoría y confirmada por una empresa bancaria local. Dicha garantía deberá ser otorgada por periodos anuales y mantenida durante todo el período de vigencia de la Concesión por un monto equivalente a Cuatro Millones y 00/100 Dólares Americanos 02 PAMO's (US$ 4,000,000.00cuotas trimestrales) Dicho incluido el IGV. El monto de la garantía antes referida será reajustado anualmente en la misma proporción en que se reajuste el XXXX, según la fórmula de ajuste indicada en el Apéndice IV del Anexo XIII11.1. Dicha garantía deberá ser emitida por un banco local, autorizado de conformidad con lo establecido en el Apéndice N° 2 del Anexo N° 2 de los Lineamientos Generales del Programa Xxxxx - Sierra contenidos en las Bases. En caso dicha garantía sea emitida por un banco extranjero, autorizado de conformidad con el Apéndice N° 1 del Anexo N° 2 de los Lineamientos Generales del Programa Xxxxx - Sierra contenidos en las Bases, o alguna de sus filiales o sucursales, deberá ser necesariamente confirmada por un banco local.
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Samples: Contrato De Concesión