Garantía de los medidores Cláusulas de Ejemplo

Garantía de los medidores cuando EPM suministre el medidor, este tendrá una garantía de buen funcionamiento por un período de tres (3) años, contado a partir de la fecha de su instalación. La garantía se limita a los daños que se produzcan en el uso normal y ordinario del medidor siempre y cuando el medidor no hubiese sido manipulado o utilizado para fines distintos a los previstos en este contrato y se hubieren seguido las recomendaciones previstas por el proveedor o fabricante. Se perderá la garantía por manipulación o uso indebido del medidor y/o equipo de medida. Parágrafo 1. En caso xx xxxxx o incorrecto funcionamiento durante dicho periodo, EPM repondrá el medidor defectuoso y su instalación no tendrá costo alguno para el USUARIO. Parágrafo 2. En el caso de que los medidores hubiesen sido suministrados por terceros, EPM no se hace responsable y el USUARIO deberá acudir al proveedor del equipo.
Garantía de los medidores. Cuando LAS EMPRESAS suministren el medidor, éste tendrá una garantía de buen funcionamiento por un período de tres (3) años contados a partir de la fecha de conexión del servicio, siempre y cuando, no haya sido manipulado o utilizado para fines distintos a los previstos en el contrato y se hayan seguido las recomendaciones previstas por el proveedor o fabricante. En caso xx xxxxx o de incorrecto funcionamiento, LAS EMPRESAS repondrán el medidor defectuoso a su xxxxx durante la vigencia de la garantía. En el caso de medidores suministrados por terceros, se aplicará el procedimiento previsto para reposición del medidor.
Garantía de los medidores. Cuando el equipo de medida sea suministrado por la empresa, se dará garantía del mismo por un periodo de tres años, contados a partir de la fecha de instalación; la garantía se limita a los daños que se produzcan en el uso normal y ordinario del medidor y con cobija aquellos daños intencionales o accidentales ocasionados por el usuario o suscriptor o terceros. Si el medidor es suministrado por el usuario y/o suscriptor, no aplicará garantía por la empresa. El costo de reposición del medidor estará a cargo del usuario, una vez expirado el periodo de garantía. Los medidores que instale la empresa, tendrán una garantía hasta la ocurrencia de uno de los siguientes dos eventos: 1. Transcurrido 3 años desde la instalación del medidor o 2. Acumulación de los metros cúbicos definidos en la siguiente tabla: DIÁMETRO MEDIDOR METROS CÚBICOS ACUMULADOS 1 1/2" 10,000m3 5.1.8.Control sobre el funcionamiento de los medidores: Tanto la Empresa como el suscriptor o usuario podrán verificar el estado de los instrumentos de medición que se utilicen para medir el consumo; y ambas partes deberán adoptar medidas eficaces para que no se alteren, tales como instalación de kits de seguridad, losetas de seguridad, llaves de seguridad o cualquier otro mecanismo que impida la alteración de los instrumentos de medición, para garantizar así una adecuada medición de los consumos. En caso de que la Empresa adopte cualquier dispositivo de seguridad, garantizará el derecho del suscriptor o usuario de verificar el estado de los instrumentos de medición. Los medidores o contadores serán del tipo volumétricos, chorro único o múltiple y transmisión magnética para diámetros de ½” a 1 ½”. Para diámetros mayores de 2” y hasta 8” serán del tipo electromagnético. Para medidores mayores de 8” se analizará el tipo más adecuado.
Garantía de los medidores cuando Aguas Regionales EPM suministre el medidor, este tendrá una garantía de buen funcionamiento por un período de tres (3) años, contado a partir de la fecha de su instalación. La garantía se limita a los daños que se produzcan en el uso normal y ordinario del medidor siempre y cuando el medidor no hubiese sido manipulado o utilizado para fines distintos a los previstos en este contrato y se hubieren seguido las recomendaciones previstas por el proveedor o fabricante. Se perderá la garantía por manipulación o uso indebido del medidor y/o equipo de medida.
Garantía de los medidores. Cuando el equipo de medida sea suministrado por la EMPRESA, se dará garantía del mismo por un período de tres (3) años, contados a partir de la fecha de instalación; la garantía se limita a los daños que se produzcan en el uso normal y ordinario del medidor y no cobija aquellos daños intencionales o accidentales ocasionados por el usuario o suscriptor o terceros.
Garantía de los medidores. Cuando las Empresas suministren el medidor, éste tendrá una garantía de buen funcionamiento por un período de tres (3) años contados a partir de la fecha de conexión del servicio, siempre y cuando, no haya sido manipulado o utilizado para fines distintos a los previstos en el contrato y se hayan seguido las recomendaciones previstas por el proveedor o fabricante. (Adicionada Decreto 1492 del 12 xx xxxx de 2005) DISPOSICIÓN FINAL. Hacen parte de este contrato, y se entienden incorporadas a él, la Ley 142 de 1994 de servicios públicos domiciliarios, y todas aquellas normas que la modifiquen o reglamenten, las cláusulas especiales que se pacten con los usuarios, y las normas del Código de Comercio y del Código Civil, en cuanto sean pertinentes. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS MEDIDORES PARA GRANDES CLIENTES (de
Garantía de los medidores cuando LAS EMPRESAS suministren el medidor, éste tendrá una garantía de buen funcionamiento por un período de tres (3) años contados a partir de la fecha de conexión del servicio, siempre y cuando, no haya sido manipulado o utilizado para fines distintos a los previstos en el contrato y se hayan seguido las recomendaciones previstas por el proveedor o fabricante.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.