DE LOS INSTRUMENTOS Cláusulas de Ejemplo

DE LOS INSTRUMENTOS. 3.1. La transferencia de los INSTRUMENTOS a INTERBANK se realizará mediante el endoso o cesión de derechos, según corresponda a la naturaleza de los INSTRUMENTOS y la normatividad vigente y, la entrega física de los INSTRUMENTOS por parte de EL CLIENTE a INTERBANK. En el caso que la factura comercial genere una factura negociable, será obligatorio además que se verifique el cumplimiento de los siguientes supuesto (i) que la factura negociable se haya emitido a fecha fija y una sola armada, (ii) que contenga por parte del adquirente y/o usuario, la aceptación expresa de la conformidad de los bienes y/o servicios adquiridos. La factura negociable será indesligable de la factura comercial. 3.2. EL CLIENTE cederá a favor de INTERBANK los derechos y acreencias representados en LOS INSTRUMENTOS, incluyendo los derechos accesorios, privilegios y garantías reales y/o personales que respaldan su pago. 3.3. EL CLIENTE conserva las obligaciones y deberes que se han originado y pudieran derivarse de los INSTRUMENTOS con los DEUDORES. 3.4. INTERBANK efectuará la cobranza de los INSTRUMENTOS a los DEUDORES, directamente o mediante terceros, quedando facultado para conceder prórrogas, renovaciones, admitir pagos a cuenta y conceder cualquier otra posibilidad de pago a los DEUDORES, sin requerir el consentimiento previo de EL CLIENTE. 3.5. De considerarlo necesario, INTERBANK solicitará los servicios de una empresa especializada para verificar los datos del DEUDOR. EL CLIENTE acepta el cargo de este, autorizando a INTERBANK a cargar dicho costo en cualquiera de las cuentas bancarias que EL CLIENTE tenga o pudiera tener en INTERBANK, aún cuando ello implique un sobregiro. 3.6. Una vez aprobada la operación, INTERBANK abonará en la cuenta indicada por EL CLIENTE el VALOR DE DESEMBOLSO, deducidos las comisiones y gastos determinados por INTERBANK (establecidos en el Tarifario correspondiente y difundido de acuerdo x xxx) e impuestos xx xxx que sean de cargo de EL CLIENTE. Las comisiones y gastos podrán ser cobrados por INTERBANK posteriormente, realizando los descuentos respectivos en cualquiera de las cuentas EL CLIENTE tenga o pudiera tener en INTERBANK. 3.7. Los INSTRUMENTOS deberán reunir los siguientes requisitos: a) representar créditos vigentes, válidos y derivados de operaciones comerciales lícitas; b) que no han sido originados en operaciones de financiamiento con empresas del sistema financiero; c) que los DEUDORES no hayan presentado reclamo alguno sobre el conten...
DE LOS INSTRUMENTOS. 3.1. La Factura Negociable es un titulo valor a la orden transferible por endoso o un valor representado transferible mediante anotación en cuenta en una institución de Compensación y Liquidación de valores (ICLV), de acuerdo a la ley de la materia. Dicha transferencia mediante anotación en cuenta producirá los mismos efectos que el endoso a que se refiere el Titulo Cuarto de la Sección Segunda de la Ley N° 27287, Ley de Títulos Valores. Para efectos de su anotación en cuenta, la Factura Negociable originada en un comprobante de pago electrónico además de la información requerida por la SUNAT para dicho comprobante de pago, debe contener, cuando menos, la información señalada en los literales b)., c).,d), e) y f). del artículo 3 de la Ley N° 29623. Los literales son los siguientes: “b) Firma y Domicilio del proveedor de bienes o servicios, a cuya orden se entiende emitida. En este caso y para efectos de lo señalado en el presente literal, la firma del proveedor puede ser: La Clave SOL, cuando en su función de firma electrónica vincula al proveedor con la factura comercial emitida de manera electrónica a través de SUNAT virtual, a partir de la cual se origina la Factura Negociable, o la firma electrónica u otra forma de manifestación de voluntad válida que permita que se autentique y vincule al proveedor con la Factura Negociable, de acuerdo a lo que señalen las disposiciones pertinentes de la SMV. La clave SOL a la que se refiere el artículo en mención es la regulada por la SUNAT. Asimismo SUNAT Virtual es el portal de la SUNAT, cuya dirección electrónica es; xxx.xxxxx.xxx.xx. c).Domicilio real o domicilio fiscal del adquiriente del bien o usuario del servicio, a cuyo cargo se emite. d).Fecha de vencimiento conforme a lo establecido en el artículo 4, el artículo 4 indica que la fecha de vencimiento solo puede ser señalado a cierto Plazo o plazos desde la fecha de emisión de la factura comercial. A falta de indicación de la fecha de vencimiento en la Factura Negociable, se entiende que vence a los treinta (30) días calendario siguiente a la fecha de emisión. e).El monto neto pendiente de pago de cargo del adquiriente del bien o usuario del servicio. f).La fecha de pago del monto señalado en el literal e). Que puede ser en forma total o en cuotas. En este último caso, debe indicarse las fechas respectivas de pago de cada cuota.” En caso de Facturas Negociables Electrónicas, la transferencia contable de las Facturas Negociables registradas bajo titularidad de...
DE LOS INSTRUMENTOS. Los instrumentos serán adquiridos por Modo Escénico SPA durante toda la duración del Proyecto, y pasarán a propiedad del establecimiento una vez terminada la vigencia del Contrato. Los instrumentos serán encargados a los alumnos ejecutores, pudiendo, previo análisis de factibilidad y adquirido el compromiso, hacerse cargo del traslado y cuidado de éstos, decisión que será coordinada con la dirección del establecimiento o la persona designada por esta. El proyecto incluye un stock de emergencia en la casa central de Modo Escénico SPA en caso de reposiciones de instrumentos, previo análisis de cada caso.

Related to DE LOS INSTRUMENTOS

  • Aclaración de los Documentos de Licitación 7.1 Todo Oferente potencial que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá comunicarse con el Comprador por escrito a la dirección del Comprador que se suministra en los DDL. El Comprador responderá por escrito a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicitudes sean recibidas al menos veintiún (21) días antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. El Comprador enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Comprador. Si como resultado de las aclaraciones, el Comprador considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 8 y Subcláusula 24.2, de las IAO.

  • Otros documentos Al licitador que resulte seleccionado para su contratación se le concederá un plazo xx xxxx días hábiles para que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y con la Seguridad Social, mediante aportación de los correspondientes certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas. • Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de las relaciones jurídicas derivadas del presente procedimiento, tanto frente a la CÁMARA o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto a desarrollar, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. • Presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su caso, del último recibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación. • Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por Autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad. Los documentos que se presenten deberán ser originales o copias previamente autentificadas.

  • Contenido de los Documentos de Licitación 9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades/ Calendario de Actividades Sección X Formularios de Garantías……

  • Secciones de los Documentos de Licitación 6.1 Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.

  • Embalaje y Documentos 23.1 El Proveedor embalará los Bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el Contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse. 23.2 El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el Contrato, y cualquier otro requisito, si lo hubiere, especificado en las CEC y en cualquiera otra instrucción dispuesta por el Comprador.

  • DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA Todos los Formularios de la propuesta, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas. Los documentos que deben presentar los proponentes son: Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a). Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de noventa (90) días calendario y que cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. En ningún caso se aceptará una garantía emitida por la misma Entidad Aseguradora Certificado Único emitido por la APS vigente, en fotocopia simple. En el caso de Asociaciones Accidentales de Coaseguro de Entidades Aseguradoras, los documentos deberán presentarse, diferenciando los que corresponden a la Asociación y los que correspondan a cada Entidad Aseguradora que integra la Asociación. La documentación conjunta a presentar, es la siguiente: Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1). Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2b). Garantía de Seriedad de Propuesta, en original, equivalente al uno por ciento (1%) del precio referencial de la contratación, con una vigencia de noventa (90) días calendario. Esta Garantía podrá ser presentada por una o más Entidades Aseguradoras que conforman la Asociación Accidental de Coaseguros, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. En ningún caso se aceptará una garantía emitida por cualquiera de las Entidades Aseguradoras que conforman la Asociación Accidental de Coaseguros. Cada Asociado en forma independiente deberá presentar la siguiente documentación: Formulario de Identificación de Integrantes de la Asociación Accidental (Formulario A-2c). Certificado Único emitido por la APS vigente, en fotocopia simple.

  • SALVAMENTOS Pérdida Total en el siniestro.- Las partes convienen que cuando ocurra el siniestro y el vehículo asegurado sea considerado Pérdida Total, la Compañía pagará la cantidad correspondiente a la indemnización y, en su caso, el importe correspondiente al valor de adquisición del salvamento, el cual será determinado mediante valuación pericial, como lo prevé el artículo 116 de la Ley sobre el Contrato de Seguro o mediante análisis de la pérdida que la Compañía tenga implementada. La suma de la indemnización y del valor de adquisición del salvamento no deberá exceder el importe asegurado estipulado en la carátula de la Póliza. El deducible operará de acuerdo con lo estipulado en las condiciones generales de la misma Xxxxxx y sobre la suma de estos dos valores anteriormente referidos. Para efectos de esta cláusula, se considerará Pérdida Total del vehículo siniestrado con base en lo estipulado en el numeral 7 de la Cláusula 7ª BASES DE VALUACIÓN E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS de las presentes Condiciones Generales. El valor del salvamento no podrá exceder de la diferencia entre la suma asegurada y el importe equivalente al porcentaje del daño tomado en cuenta para determinar la pérdida total del vehículo por parte de la Compañía. Salvo que las partes pacten lo contrario, al pagar el valor del salvamento al Asegurado, la Compañía será la propietaria de dicho salvamento y dispondrá de éste, con excepción del equipo especial que no estuviere asegurado, como lo estipula el artículo 116 de la Ley sobre el Contrato del Seguro. Robo Total.- En caso de que ocurra un siniestro que afecte a la cobertura 2. Robo Total, la Compañía indemnizará al Asegurado la suma asegurada estipulada en la carátula de la Póliza, con su respectivo descuento del deducible contratado para dicha cobertura. En términos del artículo 111 de la Ley sobre el Contrato de Xxxxxx, al pagar la indemnización, la Compañía se subrogará hasta la cantidad pagada, en todos los derechos y acciones contra terceros que por causa del daño sufrido correspondan al Asegurado. Además, si se diera la recuperación del vehículo, éste se considerará propiedad de la Compañía, con excepción del equipo especial que no estuviere asegurado, como lo establece el artículo 116 de la Ley sobre el Contrato del Seguro.

  • Enmiendas a los Documentos de Licitación 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante.

  • De la Presentación de Documentos En caso de ser adjudicado, para la formalización de la contratación, me comprometo a presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia legalizada, salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los incisos: a), e), h), j) y cuando corresponda k). Certificado XXXX que respalde la información declarada en su propuesta. Carnet de identidad para personas naturales. Documento de Constitución de la empresa. Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un representante legal, no deberán presentar este Poder. Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) válido y activo, salvo lo previsto en el subnumeral 25.4 del presente DBC. Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones, excepto personas naturales. Si corresponde, en el caso de empresas unipersonales, que no cuenten con dependientes, deberá presentar el Formulario de Inscripción de Empresas Unipersonales sin Dependientes - FIEUD. Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato y en caso de Micro y Pequeñas Empresas del 3.5%. En el caso de Asociaciones Accidentales esta Garantía por ciento (7%) del monto del contrato podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante. Certificado que acredite la condición de Micro y Pequeña Empresa (cuando el proponente hubiese declarado esta condición). Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.

  • DOCUMENTOS Entre otros, los documentos que a continuación se relacionan se consideran para todos los efectos parte integrante del presente contrato y en consecuencia producen sus mismos efectos u obligaciones jurídicas y contractuales: 1.) Los estudios previos, pliego de condiciones y sus anexos, adendas, formularios de preguntas y respuestas. 2.) Propuesta del contratista en aquellas partes aceptadas por LA ENTIDAD. 3.) Demás documentos que suscriban las partes.