DE SELECCIÓN Cláusulas de Ejemplo

DE SELECCIÓN. La adjudicación se realizará a favor de la oferta más conveniente para el Organismo Contratante. Los productos que reúnan calidades o prestaciones superiores a las requeridas, también serán evaluados y podrán ser objeto de adjudicación si la relación precio/ calidad/ prestación/ idoneidad del oferente fuese conveniente. Podrá adjudicarse todos o algunos de los renglones licitados o con la conformidad del oferente, adjudicar parcialmente el o los renglones, o dejar sin efecto la convocatoria en cualquier momento previo al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna a favor de los oferentes. Aquella empresa que tenga personas contratadas con discapacidad, al momento de la oferta deberá acreditarlo documentadamente, indicando si ocupa personal en esa situación y el porcentaje de ocupación. PUBLICIDAD DE LAS ADJUDICACIONES: La Universidad publicará las adjudicaciones en su sitio web xxx.xxx.xxx.xx, ingresando al enlace “Compras y Contrataciones” y accediendo a “Publicidad de Adjudicaciones” 14.GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Dentro de los 5 (CINCO) días hábiles administrativos de recibida la Orden de Compra o firma del Contrato, se integrará en concepto de garantía de cumplimento, el 10% (diez por ciento) del monto adjudicado en cualquiera de las formas previstas en la reglamentación vigente, pudiéndose utilizar pagaré solamente cuando el importe de la garantía no supere los $ 260.000. Dicha garantía será devuelta al emitirse la Recepción Definitiva. Vencido el plazo contractual sin la entrega de los bienes o la prestación del servicio, se declarará la rescisión del contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios emergentes de su incumplimiento.
DE SELECCIÓN. 4.1.–Sistema y méritos a valorar: El sistema selectivo será el de concurso, en que se valorará especificamente los méritos alegados por los aspirantes, en el período concedido al efecto, según se especifica a continuación. La puntuación máxima alcanzable será de 10 puntos.
DE SELECCIÓN. Fase de oposición: Cód. 2019-07500 1) Prueba test: Consistirá en la realización de un ejercicio test de 40 preguntas con tres alternativas de respuesta durante un tiempo máximo de 1 hora, de las cuales solamente una será la correcta. Estas preguntas versarán sobre el temario que se recoge en el anexo que se acompaña a las presentes bases. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, y será necesario para superarlo obtener, como mínimo 5 puntos. Las preguntas sin contestar, o contestadas erróneamente, o con más de una alternativa, no puntuarán ni serán objeto de penalización. Cada pregunta contestada correctamente se puntuará con 0,25 puntos, y será necesario tener al menos 20 preguntas correctamente contestadas para superar la prueba. 2) Caso Práctico: Consistirá en contestar por escrito uno o varios supuestos prácticos sobre el contenido del temario, durante un tiempo máximo de 1 hora. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos y será necesario obtener un mínimo de 5 para superarlo. En la fase de concurso, el tribunal calificará los méritos alegados (conforme anexo III) y debidamente acreditados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos establecido. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos con anterioridad a la fecha en que termine la admisión de instancias de la correspondiente convocatoria 1. Por mayor titulación. Hasta 1 punto. — diplomatura: 0,25 puntos — Licenciatura: 0,50 puntos — Máster: 1 punto. Caso de varias titulaciones tan sólo se valorará una de ellas, la de mayor puntuación. 2. Por cursos de formación. Hasta 1 punto. relacionados con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria. Los cursos de formación y perfeccionamiento de lo que los interesados posean certificado o credencial de asistencia, convocados u homologados por centro u organismo oficial de formación de empleados públicos (INAP, Diputación Provincial, IVAP...) con duración igual o superior a 15 horas, según escala: — Por cursos de 100 o más horas: 0,20 puntos. — Por cursos de 51 a 100 horas: 0,09 puntos. — Por cursos de 21 a 50 horas: 0,07 puntos. — Por cursos de 15 a 20 horas: 0,05 puntos. Solo se valorarán estos cursos si han sido convocados u organizados por organismos oficiales, Universidades, Admi- nistraciones Públicas, sindicatos, institutos o escuelas oficiales de funcionarios, u otras entidades públicas, siempre que en este último caso hubieran sido homologados por el Instituto Asturiano de Administración Pública (IAAP). 3. Servicios ...
DE SELECCIÓN. El proceso de selección constará de dos fases: a) oposición
DE SELECCIÓN. El proceso de selección constará de dos fases:
DE SELECCIÓN. Fase de oposición:
DE SELECCIÓN. Fase de oposición: ejercicio obligatorio y eliminatorio. Constará de dos pruebas que versarán sobre el temario que se recoge en el anexo.
DE SELECCIÓN. La Comisión de selección será de carácter colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
DE SELECCIÓN. La convocatoria de los ejercicios se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena y en su página web, indicando fecha, hora y lugar de celebración. El Tribunal calificador podrá en todo momento requerir a las personas aspirantes para que se identifiquen debidamente, a cuyo efecto habrán de concurrir a la realización de cada ejercicio de la oposición provistos/as del DNI o cualquier otro documento oficial, que a juicio del tribunal resulte suficientemente acreditativo de la identidad de la persona aspirante (pasaporte, permiso de conducir). Como norma general, se establecerá un plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la resolución del tribunal, para solicitar la revisión de exámenes realizados o para presentar reclamaciones sobre calificaciones de los mismos. En la realización de los ejercicios escritos el Tribunal adoptara´ las medidas oportunas para garantizar, siempre que sea posible, el anonimato de los y las aspirantes.
DE SELECCIÓN. El Tribunal de selección se constituirá de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del vigente Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, del TRL del Estatuto Básico del Empleado Público: