Common use of GARANTÍA POR LOS ADELANTOS Clause in Contracts

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una Garantía, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, emitida por Entidad debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendario así como deberá ser renovada trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los servicios, en ambos casos a satisfacción de la DEP/MEM, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: Carta De Presentación Del Representante Del Postor Al Acto De Entrega Y Apertura De Propuestas

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una Garantía, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, emitida por Entidad debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Queda establecido que la DEP/MEM no aceptará garantías con condiciones generales y/o particulares. Asimismo, esta garantía deberá ser ejecutable en la ciudad de Lima. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendario así como deberá ser renovada trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los servicios, en ambos casos a satisfacción de la DEP/MEM, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: Contrato N° 07 085 Em/Dep

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una Garantía, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASdel GOBIERNO REGIONAL XX XXXX, emitida por Entidad debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Queda establecido que la REGIÓN no aceptará garantías con condiciones generales y/o particulares. Asimismo, esta garantía deberá ser ejecutable en la REGIÓN xx Xxxx. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendario así como deberá ser renovada trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los servicios, en ambos casos a satisfacción de la DEP/MEMREGIÓN, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM REGIÓN procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: docs.seace.gob.pe

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una GarantíaCarta Fianza, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASPUEBLO NUEVO, emitida por una Entidad debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Queda establecido que la MUNICIPALIDAD no aceptará garantías con condiciones generales y/o particulares. Asimismo, esta garantía deberá ser ejecutable en la ciudad de Chiclayo. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90120) días calendario así como deberá calendario, pudiendo ser renovada trimestralmente por renovada, de ser el monto pendiente de amortizar, caso hasta la amortización total del adelantoculminación de la obra. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los serviciosmismos, en ambos casos casos, a satisfacción de la DEP/MEMMUNICIPALIDAD, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM MUNICIPALIDAD procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: Contrato De Ejecucion De La Obra

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una Garantía, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA GENERAL DE PROYECTOS ELECTRIFICACIÓN RURAL DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, emitida por Entidad debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Queda establecido que la DGER no aceptará garantías con condiciones generales y/o particulares. Asimismo, esta garantía deberá ser ejecutable en la ciudad de Lima. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendario así como deberá ser renovada trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los servicios, en ambos casos a satisfacción de la DEP/MEMDGER, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM DGER procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: Carta De Propuesta Económica

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una Garantía, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASdel GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE, emitida por Entidad debidamente autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Queda establecido que el GR. XXXX no aceptará garantías con condiciones generales y/o particulares. Asimismo, esta garantía deberá ser ejecutable en la ciudad de Chiclayo. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendario así como deberá ser renovada trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los servicios, en ambos casos a satisfacción de la DEP/MEMdel GR. XXXX, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM el GR. XXXX procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: docs.seace.gob.pe

GARANTÍA POR LOS ADELANTOS. Los Adelantos serán otorgados previa presentación de una GarantíaCarta Fianza, en cada caso, a favor de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PROYECTOS DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASLA ENTIDAD, emitida por Entidad debidamente una empresa bancaria autorizada por y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca Banca, Seguros y SegurosAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar considerada en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú (BCR), en las condiciones de solidaria, incondicionada, irrevocable y de realización automática a sólo requerimiento por Carta Notarial, sin necesidad de exigencia judicial para su pago o ejecución, por el monto total del Adelanto. No se aceptará garantía en la condición de mancomunada. Queda establecido que LA ENTIDAD no aceptará garantías con condiciones generales y/o particulares. Asimismo, esta garantía deberá ser ejecutable en la ciudad de Lima. Esta Garantía deberá estar vigente por un plazo mínimo de noventa (90) días calendario así como deberá ser renovada trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto. Tratándose de los adelantos señalados en el inciso b) del numeral 10.1, la garantía se mantendrá vigente hasta la entrega de los materiales o insumos, o la utilización de los servicios, en ambos casos a satisfacción de la DEP/MEMLA ENTIDAD, pudiendo reducirse proporcionalmente conforme a lo señalado en el numeral 10.3. En caso de incumplimiento de la renovación, la DEP/MEM LA ENTIDAD procederá a la ejecución de la garantía correspondiente, en proporción al monto pendiente de amortizar del adelanto otorgado.

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Samples: docs.seace.gob.pe