General. La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor de forma solidaria, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor. 2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. 3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida. 4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
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Samples: Contrato De Viaje Combinado, Contrato De Viaje Combinado
General. La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor de forma solidariaconsumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinadoviaje. Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
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General. 1.a. Una vez a bordo el cliente debe reconocer y aceptar las reglas y leyes marítimas. Asimismo, debe aceptar la máxima autoridad del patrón de la embarcación.
1.b. El yate contiene toda la documentación en regla, así como seguros de navegación.
1.c. La Agencia responsabilidad de Viajes Organizadora menores de edad embarcados recaerá en los padres o adulto responsable durante el periodo de alquiler.
1.d. El Arrendatario deberá informar a la empresa de cualquier enfermedad o minusvalía física o mental, que pudiera comprometer la seguridad a bordo, de las personas que ocupen la embarcación según el presente contrato.
1.e. Correrá por cuenta del Arrendatario todos los gastos de avituallamiento, carburantes, lubricantes, gas, hielo, amarres en puertos y marinas, impuestos y de manera general todo lo necesario de carácter consumible para el buen cuidado xxx xxxxx durante el periodo de arrendamiento a excepción de los casos en que así se especifique.
1.f. La empresa arrendadora no se hace responsable de los robos o hurtos que durante el periodo de alquiler pudieran sufrir el arrendatario y/o los pasajeros de la Detallista vendedora final embarcación.
1.g. El embarque xx xxxxx, estupefacientes, productos que pudieran contravenir la legislación española y animales, queda totalmente prohibido.
1.h. En caso de infracción a las ordenanzas de Aduanas y Hacienda por parte del viaje combinado responderán frente al consumidor contratante, éste se hará cargo de todas las sanciones, multas, etc En caso de precinto xxx xxxxx alquilado, el arrendatario o contratante deberá abonar el valor xxx xxxxx a la arrendadora.
1.i. El Cliente deberá tener especial cuidado en el uso y manejo del inodoro para evitar cualquier avería o atasco del mismo. No podrá tirar, papel higiénico, elementos de higiene intima, algodones, papel tisúes o de manos, ni cualquier otro elemento que pueda atascar el mismo SOLO SE PUEDEN TIRAR AL INODORO LO QUE ANTES HAYA PASADO POR EL ESTOMAGO. Así mismo no deberá mover o cambiar de posición las válvulas de los tanques de aguas grises. Cualquier incumplimiento de estas reglas que produzca un atasco de cualquier naturaleza en el WC, durante el periodo de alquiler xxx xxxxx, el cliente deberá abonar el importe de 300 € por los daños ocasionados a la empresa de chárter.
1.j. En este acto, EL CLIENTE presta su consentimiento para que sus datos de carácter personal sean integrados por Vidamarinera en ficheros automatizados con los límites previstos en la legislación sobre protección de datos y bajo su responsabilidad. Los datos podrán ser tratados de forma solidariaautomatizada y conservarlos, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo acuerdo con los términos de gestión del viaje combinadola ley, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del teniendo EL CLIENTE derecho de acceso a los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista odatos y, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superarpedir su rectificación o cancelación.
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Samples: Rental Agreement
General. La Agencia de Viajes Organizadora 19.1. DIGI podrá modificar el presente Contrato y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor de forma solidariasus Condiciones generales y particulares, incluidas las cuotas y tarifas, en función cualquier momento, por razones legales, por motivos técnicos, por cambios en la prestación de los Servicios o en las características técnicas de las obligaciones que les correspondan redes o equipos, o por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de variaciones en las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas condiciones económicas existentes en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que momento de contratar los defectos aludidos se deban a motivos Servicios, así como modificaciones que pudieran derivarse de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista códigos tipo aplicables o, en su caso, por decisiones corporativas estratégicas, comunicándolo al Cliente con una antelación mínima de 1 mes, e informando expresamente al Cliente de su derecho a resolver anticipadamente el OrganizadorContrato sin penalización alguna. Si transcurrido el plazo de 1 mes desde la notificación por DIGI, el Cliente no hubiese manifestado expresamente su disconformidad, o bien el Cliente utilizara los Servicios con posterioridad a la entrada en vigor de las modificaciones, se entenderá que acepta las mismas. La comunicación al Cliente podrá realizarse, entre otros medios, mediante SMS al número del Cliente, por correo postal o electrónico a la dirección aportada por el Cliente, y/o mediante la publicación de las nuevas Condiciones en xxx.xxxxxxxxx.xx, indicando la fecha de entrada en vigor de las modificaciones.
19.2. El presente Contrato se regirá por la Ley española. Ambas partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales del domicilio del Cliente, si éste fuese consumidor. Cuando el Cliente no fuera consumidor, y/o cuando la legislación aplicable lo permitiera, serán competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid. v.6.0 septiembre 2018 Las Tarifas de Servicios Móviles de DIGI (todas ellas, las “Tarifas de Servicios Móviles”) pueden ser contratadas por los Clientes finales de DIGI SPAIN TELECOM, S.L.U., con domicilio en Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, 14, 28108, Alcobendas (Madrid) y NIF B-84919760 (“DIGI”), de conformidad con las Condiciones Generales de los Servicios de Comunicaciones Móviles de DIGI (según la modalidad de pago contratada el Cliente, bien sea prepago o pospago) (las “Condiciones Generales”). Igualmente son de aplicación a las Tarifas de Servicios Móviles los aspectos de funcionamiento que se describen a continuación: El pago del importe de cada Tarifa dará derecho al Cliente a consumir el volumen determinado de datos y/o minutos y SMS incluido en dicha Tarifa (los "Servicios") para navegar en España, y/o para realizar/recibir llamadas, o enviar/recibir mensajes, desde España a los destinos especificados en el detalle de la Tarifa contratada, por un periodo que va, en la modalidad de prepago, desde el momento de la activación hasta las 23:00 horas (horario peninsular) del trigésimo día desde la activación; y en la modalidad de pospago, por el periodo correspondiente al ciclo de facturación mensual conforme a las Condiciones Generales. Solicitada la contratación, los Servicios incluidos en la Tarifa estarán disponibles una vez el Cliente reciba la correspondiente confirmación de activación de la Tarifa en su Tarjeta SIM DIGI. Las Tarifas contratadas en la modalidad de prepago disponen de una funcionalidad que permite que, al término de su duración, se active una nueva Tarifa de forma automática. La reactivación de la Tarifa se producirá a las 23:00 horas (horario peninsular) del trigésimo día desde la activación y será necesario que el Cliente tenga saldo suficiente, de lo contrario, si al momento de la renovación no dispone de saldo suficiente, esta funcionalidad se desactivará. También se puede desactivar esta funcionalidad en los medios anunciados por DIGI en xxx.xxxxxxxxx.xx. La tarificación de los minutos se realiza por segundos desde el primer segundo. El coste de establecimiento de llamada está incluido en las llamadas realizadas dentro de los minutos y hacia los destinos incluidos en la Tarifa contratada. Las llamadas y/o SMS a destinos no incluidos en la Tarifa contratada serán tarificados conforme al precio por minuto o por SMS y al precio de establecimiento de llamada correspondientes. Puedes consultar estos precios en xxx.xxxxxxxxx.xx. La velocidad máxima estimada de acceso a Internet móvil para la tecnología 4G puede ser entre 20 y 40 Mbps en bajada, y entre 6 y 12 Mbps en subida. Para la tecnología 3G la velocidad máxima estimada puede ser entre 8 y 16 Mbps en bajada, y entre 3 y 5,7 Mbps en subida. Estas velocidades son estimadas y dependerán de factores sobre los que DIGI no tiene control, tales como, el terminal del Cliente y la tecnología de dicho terminal, la cobertura del operador de red de DIGI, las frecuencias y tecnología disponibles en la zona de conexión, el estado y situación de carga de Internet, la distancia del Cliente respecto a las celdas, el número de clientes registrados en dichas celdas, si el Cliente se encuentra en el exterior o en el interior de un edificio, así como, del propio servicio o contenido al que accede el Cliente, o la existencia de errores o virus en servidores de terceros. El volumen de datos es acumulable a los datos de la Tarifa contratada para el siguiente mes. Los datos acumulados tienen validez de un mes. El volumen de datos no es reembolsable. El volumen no consumido de minutos y SMS de una Tarifa no es reembolsable ni acumulable a los minutos y SMS de otra Tarifa. Una vez consumido el volumen máximo de datos incluido en la Tarifa, el Cliente podrá contratar un volumen adicional de datos. Si no contrata un volumen adicional, podrá seguir navegando a baja velocidad por el volumen de datos a baja velocidad indicado para cada Tarifa. Consumido también el volumen de datos a baja velocidad, el Cliente no podrá seguir navegando, salvo que se contrate un volumen adicional de datos. Los datos a baja velocidad se ponen a disposición del Cliente a modo de facilidad del Servicio, para que el Cliente pueda seguir conectado, sin coste adicional, tras haber consumido el volumen máximo de datos incluido en la Tarifa. El volumen de datos a baja velocidad no es acumulable. Las Tarifas están disponibles en el número español, y, en su caso, en el número rumano. El consumo correspondiente al Servicio Call Forward (CFW) o de reenvío de llamadas desde la Tarjeta SIM del Cliente entre el número español y el rumano, o hacia un destino incluido en la Tarifa, también se descontará del volumen de minutos de la Tarifa contratada. Están excluidas de todas las Tarifas, y por tanto se cobrarán a precio por minuto, las llamadas o SMS a números de tarifas especiales (ej. 80X, 90X, 118, números de tarificación adicional o SMS Premium), y las llamadas o SMS a destinos nacionales o internacionales no expresamente incluidos en las Tarifas. Los datos, llamadas y SMS en roaming están sujetos a las Condiciones Particulares de Roaming disponibles en xxx.xxxxxxxxx.xx. Asimismo, a pesar efectos de haber puesto toda la diligencia necesariatarificación, por razones técnicas, no podía prever ni superarse considerarán llamadas o SMS entre números DIGI las llamadas o SMS entre países donde está presente DIGI (España, Rumanía o Italia) cuando el número de destino no pertenezca a los rangos de numeración asignados al operador del grupo DIGI del país de destino. Las Tarifas se ofrecen al Cliente en su condición de usuario/consumidor final de los Servicios, quedando estrictamente prohibido el uso excesivo o no razonable de las Tarifas. Un uso excesivo o no razonable es aquél que se encuentra significativamente por encima del uso medio de los Servicios, y que particularmente está definido como un uso que supera: (i) 30 veces la media del consumo de minutos cada mes por un cliente final; y/o (ii) los 150 números de teléfono diferentes en un mismo mes (un cliente suele llamar a unos 15 o 20 números de teléfono distintos al mes). Las Tarifas que incluyen llamadas ilimitadas (nacionales o de DIGI a DIGI) permitirán realizar llamadas ilimitadas a esos destinos siempre y cuando se respete la prohibición de uso excesivo o no razonable de la Tarifa. En caso de detectarse un uso excesivo o no razonable de las Tarifas, o de los Servicios de DIGI, o un uso que pueda considerarse Fraude (definido en las Condiciones Generales), o cualquier otro incumplimiento, DIGI podrá adoptar las medidas correspondientes establecidas en las Condiciones Generales.
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General. 12.1. En caso de que el Comercio no cumpla con los Términos y Condiciones, responderá por los daños y perjuicios que pueda haberle ocasionado a PDSA, sus controlantes, controladas, filiales o subsidiarias, funcionarios, empleados, directores, agentes, y/o empleados, a cuyos efectos PDSA se reserva el derecho de iniciar las acciones judiciales o extrajudiciales que estime pertinentes.
12.2. Los Términos y Condiciones detallan todos los derechos, responsabilidades y obligaciones de Usted y de PDSA. Usted declara que ha leído, conoce y acepta los Términos y Condiciones, los cuales son obligatorios y vinculantes para las Partes. En caso de no estar de acuerdo con los Términos y Condiciones, por favor absténgase de utilizar el Servicio que se ofrece. La Agencia utilización por Usted del Servicio se entenderá como aceptación plena y sin reservas de Viajes Organizadora los Términos y Condiciones aquí establecidos. Usted expresamente acepta que la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor documentación e información relacionada con estos Términos y Condiciones será provista únicamente en formato digital.
12.3. En caso de forma solidaria, en función declararse la nulidad de alguna de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo cláusulas de gestión del viaje combinadoestos Términos y Condiciones, del correcto cumplimiento tal nulidad no afectará a la validez de las obligaciones derivadas del contratorestantes, con independencia las cuales mantendrán su plena vigencia y efecto.
12.4. Se deja expresamente aclarado que: (a) PDSA es un proveedor de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u servicios tecnológicos de distintas entidades financieras, y otros prestadores de serviciosservicios de pago; y (b) PDSA: (i) no se encuentra autorizado a operar como entidad financiera por el BCRA, (ii) no desarrolla intermediación financiera; y (iii) no presta al Consumidor y/o al Comercio ningún servicio bancario; En ningún caso PDSA será responsable por las distintas cuestiones que pudieran afectar la relación entre el Consumidor y/o el Comercio, y sin perjuicio la Entidad del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidorComercio.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
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Samples: Términos Y Condiciones Del Servicio De Aceptación De Pdsa
General. La Agencia III.1.- Responsabilidad por Xxxxx y Perjuicios del Usuario El Usuario se compromete a no utilizar personalmente ni mediante terceros los Servicios Sanitarios ni la Tecnología para una finalidad distinta a la indicada en los presentes Términos y Condiciones, así como a no posibilitar a ningún tercero la utilización fraudulenta de Viajes Organizadora los Servicios Sanitarios y/o la Tecnología. El Usuario se compromete a no grabar las videollamadas que puedan tener lugar con los profesionales médicos de Teladoc Health con objeto de la prestación de los Servicios Sanitarios entendiendo que ello puede suponer una vulneración de, entre otros, derechos de imagen de los profesionales sanitarios. El Usuario responderá por los daños y la Detallista vendedora final perjuicios que pudiera ocasionar por el incumplimiento e inobservancia Términos y Condiciones cuando hubiere mediado dolo, culpa o negligencia del viaje combinado responderán frente al consumidor Usuario o cualquier tercero que haga uso de los sistemas o credenciales del Usuario. Finalmente, el Usuario se compromete a utilizar los Servicios Sanitarios de buena fe, de forma solidariadiligente y adecuada, sin incurrir en función actividades que puedan ser consideradas ilícitas o ilegales, que infrinjan los derechos de Teladoc Health o de terceros, cumpliendo en todo momento con las reglas de buen comportamiento en la red y con las políticas de uso aceptables de las obligaciones redes frecuentadas, no haciendo uso fraudulento de la información ni de los contenidos existentes en ella. El Usuario se compromete expresamente a no llevar a cabo ninguna conducta tendente a deteriorar o sobrecargar el Servicio Sanitario como, por ejemplo, ceder consultas a terceros que les correspondan no cumplan las condiciones de Usuario/Beneficiario, no respetar las pautas del proceso de diagnóstico o del tratamiento o de prescripción indicadas por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia el profesional sanitario -sin perjuicio de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de serviciosno quiera continuar con el tratamiento o no presente una queja por los cauces adecuados-, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidoretc.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
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Samples: Términos Y Condiciones Generales
General. La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor consumi- dor de forma solidaria, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinadocombi- nado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras contra dichos prestadores pres- tadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:ejecu-
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
5. No obstante, en los supuestos de exclusión de responsaba- lidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el contrato de viajes combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se en- cuentre en dificultades.
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Samples: Contrato De Viajes Combinado
General. La Agencia El contenido del presente documento, aviso legal - contrato, tiene por objetivo la regulación de Viajes Organizadora las condiciones generales de uso de la aplicación informática denominada “MIOapp” (en adelante “MIOapp”), cuyo uso y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor explotación está licenciado por RAIZ PUBLICIDAD, S.L. de forma solidariaexclusiva x Xxxxxx Laboratories, S.A. en el territorio español. En cumplimiento de la obligación de información general del Art. 10 de la Ley española 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, facilitamos al usuario los datos del titular de los derechos de uso y explotación de la APP “MIOapp”. CIF. X00000000 Xxxx. xx Xxxxxx, 91 – 28050 - Madrid Registro Mercantil de Madrid: Tomo 4019, general 3248 s. 3ª del Libro de Sociedades, folio 1 y 25, hoja 31.053, inscripciones 1ª y 2ª. Xxxxxx Laboratories S.A. se reserva el derecho a modificar las presentes Condiciones de Uso con el objeto de adecuarlas a la legislación vigente aplicable en cada momento. Las presentes Condiciones de Uso no excluyen la posibilidad de que determinados Servicios de la aplicación, por sus características particulares, sean sometidos, además de a las Condiciones Generales de Uso, a sus propias condiciones particulares de uso. Xxxxxx Laboratories S.A. podrá, en función cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, realizar cambios y Actualizaciones de las obligaciones presentes Condiciones de Uso. Estos cambios serán publicados en la Web y en la Aplicación y serán efectivos desde el momento de su publicación. Como consecuencia de lo anterior, el Usuario deberá revisar periódicamente si hay cambios en estas Condiciones y, tanto si existe consentimiento expreso como si no, si el usuario de la aplicación continua usando el Servicio tras la publicación, ello implica la aceptación y aceptación de los mismos. En caso de que les correspondan por su ámbito respectivo no esté de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento acuerdo con las actualizaciones de las obligaciones derivadas del contratoCondiciones de uso, con independencia podrá renunciar dejando de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores de serviciosusar la aplicación. El Organizador manifiesta que asume las funciones acceso y descarga de organización y ejecución del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán la aplicación es gratuito salvo en lo relativo al coste de los daños sufridos la conexión a través de la red de telecomunicaciones suministrada por el consumidor como consecuencia proveedor de acceso contratado por los usuarios. La descarga y uso de la falta aplicación atribuye la condición de ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna usuario de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados la misma (en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su casoadelante, el Organizador‘Usuario') e implica la lectura, a pesar entendimiento y aceptación de haber puesto toda todos los términos y condiciones recogidas por la diligencia necesaria, no podía prever ni superarpresente.
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General. La Agencia Los organizadores y los detallistas de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado viajes combinados responderán frente al consumidor de forma solidariaconsumi- dor y usuario, en función de las obligaciones obligacio- nes que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones obligacio- nes derivadas del contrato, con independencia indepen- dencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de serviciosservi- cios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores orga- nizadores y Detallistas de repetición contras dichos detallistas a actuar contra di- chos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta La responsabilidad frente al consumidor se- rá solidaria de cuantos empresarios, sean organizadores o detallistas, concurran con- juntamente en el contrato cualquiera que asume sea su clase y las funciones relaciones que existan en- tre ellos, sin perjuicio del derecho de organización repeti- ción de quien responda ante el consumidor y ejecución usuario frente a quien sea imputable el in- cumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado. Los Organizadores organizadores y Detallistas responderán detallistas de viajes combinados responderán, asimismo, de los daños sufridos por el consumidor y usuario como consecuencia de la falta de no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad res- ponsabilidad cesará cuando concurra alguna algu- na de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución ejecu- ción del contrato sean imputables al consumidorcon- sumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones pres- taciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles imprevi- sibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado actua- do con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento aconte- cimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
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Samples: Condiciones Generales Del Contrato De Viaje Combinado
General. La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor de forma solidaria, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, servicios y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta La responsabilidad frente al consumidor será solidaria de cuantos empresarios, sean organizadores o detallistas, concurran conjuntamente en el contrato cualquiera que asume sea su clase y las funciones relaciones que existan entre ellos, sin perjuicio del derecho de organización repetición de quien responda ante el consumidor y ejecución usuario frente a quien sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado. Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la falta de no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. No obstante, en posibles supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
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Samples: Condiciones Generales De Contrato De Viaje Combinado