Common use of General Clause in Contracts

General. Previo al inicio de los trabajos, el Contratista deberá presentar los seguros necesarios para mantener indemne a SBASE y a su personal por cualquier reclamo o contingen- cia durante la vigencia del Contrato. La contratista será responsable por los daños y perjuicios que causare a SBASE, su personal y/o a terceros, debiendo responder por cualquier reclamo que directa o indirectamente esté relacionado con la ejecución de los trabajos, incluyendo las costas causídicas y honorarios profesionales que deba afrontar judicial o extrajudicialmente. Las obligaciones del Contratista se extienden a todas las que determine la legislación de la República Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Convencio- nes Colectivas de Trabajo, aún cuando fueran establecidas con posterioridad a la fe- cha de la Oferta. El costo de los seguros se considerará incluido en los precios del Contrato. Estarán también a cargo del Contratista las franquicias y/o costos por exclusiones de cobertu- ras y/o conceptos que eventualmente las pólizas no contemplen o los importes nece- sarios cuando las indemnizaciones fuesen insuficientes. El incumplimiento del Contratista respecto de la contratación y mantenimiento de las pólizas, como así también de las obligaciones a su cargo, será considerado como “fal- ta grave” de negligencia a los efectos de la aplicación de las sanciones y penalidades establecidas en el presente Pliego. Los términos de las pólizas, como así también las compañías aseguradoras, deberán ser aprobadas por SBASE. El Contratista deberá presentar los informes de la Super- intendencia de Seguros de la Nación en los que se indique el estado patrimonial y de solvencia de la compañía propuesta, si lo requiriera la DO.

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Samples: Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales, Pliego De Condiciones Generales

General. Previo al inicio de los trabajos, el Contratista deberá presentar los seguros necesarios para mantener indemne a SBASE y a su personal por cualquier reclamo o contingen- cia contingencia durante la vigencia del Contrato. La contratista será responsable por los daños y perjuicios que causare a SBASE, su personal y/o a terceros, debiendo responder por cualquier reclamo que directa o indirectamente esté relacionado con la ejecución de los trabajos, incluyendo las costas causídicas y honorarios profesionales que deba afrontar judicial o extrajudicialmenteextrajudicial- mente. Las obligaciones del Contratista se extienden a todas las que determine la legislación de la República Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Convencio- nes Colectivas Convenciones Co- lectivas de Trabajo, aún aun cuando fueran establecidas con posterioridad a la fe- cha fecha de la Oferta. El costo de los seguros se considerará incluido en los precios del Contrato. Estarán también a cargo del Contratista las franquicias y/o costos por exclusiones de cobertu- ras coberturas y/o conceptos concep- tos que eventualmente las pólizas no contemplen o los importes nece- sarios necesarios cuando las indemnizaciones fuesen insuficientes. El incumplimiento del Contratista respecto de la contratación y mantenimiento de las pólizaspóli- zas, como así también de las obligaciones a su cargo, será considerado como “fal- ta falta grave” de negligencia a los efectos de la aplicación de las sanciones y penalidades establecidas en el presente Pliego. Los términos de las pólizas, como así también las compañías aseguradoras, deberán ser aprobadas por SBASE. El Contratista deberá presentar los informes de la Super- intendencia Superintendencia de Seguros de la Nación en los que se indique el estado patrimonial y de solvencia de la compañía propuesta, si lo requiriera la DODP.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones

General. Previo al inicio de los trabajos, el Contratista Consultor deberá presentar los seguros necesarios para pa- ra mantener indemne a SBASE y a su personal por cualquier reclamo o contingen- cia durante contingencia du- rante la vigencia del Contrato. La contratista El Consultor será responsable por los daños y perjuicios que causare a SBASE, su personal per- sonal y/o a terceros, debiendo responder por cualquier reclamo que directa o indirectamente indirecta- mente esté relacionado con la ejecución de los trabajos, incluyendo las costas causídicas causídi- cas y honorarios profesionales que deba afrontar judicial o extrajudicialmente. Las obligaciones del Contratista Consultor se extienden a todas las que determine la legislación de la República Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Convencio- nes Colectivas Convenciones Co- lectivas de Trabajo, aún aun cuando fueran establecidas con posterioridad a la fe- cha fecha de la Oferta. El costo de los seguros se considerará incluido en los precios del Contrato. Estarán también tam- bién a cargo del Contratista Consultor las franquicias y/o costos por exclusiones de cobertu- ras coberturas y/o conceptos que eventualmente las pólizas no contemplen o los importes nece- sarios necesarios cuando las indemnizaciones fuesen insuficientes. El incumplimiento del Contratista Consultor respecto de la contratación y mantenimiento de las pólizaspóli- zas, como así también de las obligaciones a su cargo, será considerado como “fal- ta gravefalta gra- ve” de negligencia a los efectos de la aplicación de las sanciones y penalidades establecidas estable- cidas en el presente Pliego. Los términos de las pólizas, como así también las compañías aseguradoras, deberán ser aprobadas por SBASE. El Contratista Consultor deberá presentar los informes de la Super- intendencia Superintenden- cia de Seguros de la Nación en los que se indique el estado patrimonial y de solvencia de la compañía propuesta, si lo requiriera la DOel Representante del Comitente.

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Samples: www.buenosaires.gob.ar

General. Previo al inicio de los trabajoscada etapa, el Contratista deberá presentar los seguros necesarios ne- cesarios para mantener indemne a SBASE y a su personal por cualquier reclamo recla- mo o contingen- cia contingencia durante la vigencia del ContratoContrato tanto en la República Argen- xxxx como en el xxxxx de España. La contratista será responsable por los daños y perjuicios que causare a SBASE, su personal y/o a terceros, debiendo responder res- ponder por cualquier reclamo que directa o indirectamente esté relacionado con la ejecución de los trabajos, incluyendo las costas causídicas y honorarios profesionales pro- fesionales que deba afrontar judicial o extrajudicialmente. Las obligaciones del Contratista se extienden a todas las que determine la legislación legis- lación de la República Argentina, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Convencio- nes Colectivas de Trabajoambos países, aún cuando fueran establecidas con posterioridad a la fe- cha fecha de la Oferta. El costo de los seguros se considerará incluido en los precios del Contrato. Estarán Es- tarán también a cargo del Contratista las franquicias y/o costos por exclusiones de cobertu- ras coberturas y/o conceptos que eventualmente las pólizas no contemplen o los importes nece- sarios necesarios cuando las indemnizaciones fuesen insuficientes. El incumplimiento del Contratista respecto de la contratación y mantenimiento de las pólizas, como así también de las obligaciones a su cargo, será considerado conside- rado como “fal- ta falta grave” de negligencia a los efectos de la aplicación de las sanciones san- ciones y penalidades establecidas en el presente Pliego. Los términos de las pólizas, como así también las compañías aseguradoras, deberán ser aprobadas por SBASE. El Contratista deberá presentar los informes infor- mes de la Super- intendencia Superintendencia de Seguros de la Nación en los que se indique el estado patrimonial y de solvencia de la compañía propuesta, si lo requiriera la DOSBASE.

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Samples: www.buenosaires.gob.ar